La Ley Nº 26.682 sancionada en el mes de mayo pasado que regula a las empresas de la Medicina Prepaga, debía ser reglamentada por el Ministerio de Salud antes de los 120 días, y ya venció el plazo y todavía no lo fue. Por lo tanto, vencido el plazo y sin haber sido reglamentada debidamente ya se anticipan más juicios de afiliados. Según los fallos judiciales y varios especialistas, la Ley ya se encuentra vigente, pero hay varios artículos que necesitan la intervención estatal para tener plena operatividad y evitar que los reclamos terminen en los tribunales.
El gobierno no reglamento la Ley Nº 26.682 y si bien prácticamente esta vigente hay en ella, algunos artículos que es necesario que sea reglamentada por el Ministerio de Salud para evitar futuros juicios.
Según publicación del portal Profesional.com, expertos y empresarios del sector, explicaron que aún hay muchos puntos por resolver y definir concretamente a través de la reglamentación.
Destacando algunos que consideran son los más controvertidos como por ejemplo:
- Afiliados con enfermedades preexistentes.
- La consideración de la edad, a los efectos de acceder y usar la cobertura de salud, como así también a los fines de definir cuánto corresponde pagar.
- Aplicar los aumentos de las cuotas.
Sucede que como aún falta la reglamentación algunas empresas consideran que no se debe aplicar la Ley y rechacen los pedidos de afiliación por enfermedades preexistentes, consideren a la edad del afiliado para brindarle el servicio o incrementen el valor de la prestación.
Sobre este último punto hace apenas unos días se genero la preocupación de los afiliados, que comenzaron a recibir las notificaciones de los aumentos en las cuotas.
En la actualidad la mayor cantidad de afiliados del mercado un 75% esta repartido en cinco empresas principales. El sistema privado da cobertura a más de 4.5 millones de beneficiarios.
Pero directamente, este aumento afectará a unos 2 millones de personas, ya que las restantes están adheridas alas prepagas pero como una obra social y reciben los pagos directamente de las contribuciones y aportes que se ajustan con los salarios.
José Cano, senador radical y presidente de la comisión de Salud, indicó que: «La demora en la reglamentación no condice con el discurso del Gobierno de controlar a las prepagas. Por eso, vamos a presentar una denuncia contra el Ejecutivo por este tema».
Lo que queda claro es que cuando se afilien personas con una enfermedad preexistente y tengan cumplidos los 65 años o más, deberán pagar una cuota superior al resto de los afiliados, la cual será calculada en base a la patología que presenten o su edad. Resta aún estipular cómo se determinarán.
Es por eso, que se necesita que la norma se reglamente ya que cualquier vacío normativo o su falta de reglamentación genera de por sí una mayor judicialización de estos puntos controvertidos.
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La prepaga de mi madre de 88 años y veinte años de permanencia en la entidad, no cumple con el art.12 de la ley 26.682, cobrándole una cuota superior a la de una afiliado mayor de 65 años. Efectué la denuncia a la Superintendencia pero al momento sin resultado.
Hola, yo ya recibi la nota de aumento. Que saben al respecto? hay que pagarlo? porque segun me dijeron tengo que pagar en diciembre el mismo importe que venia pagando.- Garcias!