Trabajando en Excel

Planilla Excel para liquidar a Empleados de Comercio

El día 30 de abril se firmo el acuerdo salarial por el cual los trabajadores pertenecientes al Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75 Empleados de Comercio a partir de abril de 2009 debe percibir una suma fija No Remunerativa de $300.- dicho acuerdo fue homologado por el Ministerio de Trabajo bajo el Numero 570/2009 el día 15  de mayo de 2009, si bien todavía no fue publicado el pago puede hacerse efectivo ya que la resolución dice que basta con que el mismo, se publique por cualquier medio. El acuerdo dice que las sumas No Remunerativas que los trabajadores venían cobrando mantendrán ese carácter hasta el 31 de diciembre de 2009,  pasando a los básicos a partir del 1º de […]

El día 30 de abril se firmo el acuerdo salarial por el cual los trabajadores pertenecientes al Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75 Empleados de Comercio a partir de abril de 2009 debe percibir una suma fija No Remunerativa de $300.- dicho acuerdo fue homologado por el Ministerio de Trabajo bajo el Numero 570/2009 el día 15  de mayo de 2009, si bien todavía no fue publicado el pago puede hacerse efectivo ya que la resolución dice que basta con que el mismo, se publique por cualquier medio.

El acuerdo dice que las sumas No Remunerativas que los trabajadores venían cobrando mantendrán ese carácter hasta el 31 de diciembre de 2009,  pasando a los básicos a partir del 1º de enero de 2010. Los $300.- se deberán abonar con el carácter de suma No Remunerativa con la denominación «Acuerdo colectivo abril 2009» hasta el 31 de enero de 2010 pasando a incorporar los básicos de convenio a partir del 1º de febrero de 2010.

Los $300.- se pagarán si el trabajador realiza la jornada completa de lo contrario recibirá la suma en proporción a su jornada laboral

Los trabajadores recibirán además con el sueldo del mes de junio un importe del 50% del acuerdo abril 2008 y un 25% del acuerdo abril 2009 y con el sueldo del mes de diciembre una suma del 50% de ambos conceptos. Como aguinaldo.

A los  trabajadores  beneficiados con este acuerdo se les deberá retener por única vez la suma fija de $30.- cuando cobren el importe del mes de abril de 2009, por trabajador  sin importar la jornada laboral que realicen ni si pertenece o no la obra social OSECAC, los cuales deberá el empleador depositar con el objeto de garantizar el normal funcionamiento del sistema solidario de salud que brinda a los empleados de comercio OSECAC, y enmarcado en la emergencia sanitaria para la cobertura médica asistencial.

Como lo venimos prometiendo  publicamos la siguiente planilla Excel para que liquidar tu sueldo, la planilla adjunta puede ser bajada a tu computadora y modificada, la categoría y  la antigüedad según corresponda a tu caso en particular. Esperamos tu comentario para saber si la misma te resulta de utilidad y fácil manejo.

Bajar planilla Excel Recibo Sueldo Comercio abril-2009

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38 comentarios en “Planilla Excel para liquidar a Empleados de Comercio”

  1. Puedo tomar un empleado y pagarle 4horas por 3 días a la semana, es porsible pagarle por horas???
    Gracias

  2. HOLA GRACIELA EN LA DECLARACION ONLINE LOS 30 PESOS DE LA OBRA SOCIAL DONDE SE COLOCA?
    SALUDOS

  3. Graciela,
    Hago una aclaración cuando menciono los $300, me refiero a los de abril, por las dudas de que no haya sido claro. Por lo que sería $600 (abril+mayo).

    Saludos,
    Mariela

    1. Mariela

      Estoy tratando de ver como puedo hacer una planilla para solucionar el tema de los que cobraron abril/2008 como remunerativo, pero si te tiene que pagar los 300.- mes de mayo y tiene que hacer un retroactivo de abril en el recibo de mayo, es eso lo que estoy tratando de sacar una planilla

  4. Graciela,

    Te hago una consulta, estaba mirando la planilla de excel con la liquidacion. Para los q no cobramos el mes pasado los $300 xq aún no se había homologado, habría que agregarlos verdad? Porq es retroactivo. Por lo menos eso me explicaron en el SEC (que era retroactivo).
    A su vez, a mi el mes pasado me realizaron todos los descuento como si el acuerdo de abril/08 se hubiera vuelta remunerativo como era en un principio, por lo que deberían devolverme esa diferencia tambien, no?.
    Espero tu respuesta.
    Muchas gracias.
    Saludos,
    Mariela

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