El Poder Ejecutivo mediante la Resolución Nº 1.993/2011 ya publicada en el Boletín Oficial, elaboró y dio a conocer el documento que deberán llenar los usuarios que no puedan pagar la factura de servicios públicos, luz, gas, o agua en su totalidad, denominado «Declaración Jurada sobre la necesidad del subsidio». En principio quienes serán subsidiados por el Estado en los consumos, son los jubilados y pensionados y los que cobran los planes sociales.
El Gobierno ya oficializó el Formulario que deberán presentar aquellos que necesiten seguir recibiendo la factura de servicios, luz, gas o agua con los subsidios estatales.
Sepa como debe proceder y realizar al trámite.
El usuario que quiera y necesite seguir percibiendo el beneficio, deberá contestar el formulario con unas 12 preguntas entre las que se encuentran:
- Si se acredita una enfermedad crónica que implique un mayor consumo del servicio.
- Si el usuario percibe como único ingreso previsional una jubilación y/o pensión equivalente a un haber mínimo.
- Si el usuario percibe Pensiones No Contributivas.
- Si el interesado es beneficiario de algún Plan o Programa Social (Asignación Universal por Hijo, Subsidios Por Desempleo, Plan Familias, etc.).
- Si tiene el domicilio afectado por actividades de índole social (Institutos, comedores comunitarios, centros de recuperación, etc).
- Si percibe alguna asignación familiar o si cuenta con un certificado de discapacidad.
- Si el usuario posee ingresos familiares insuficientes para afrontar el pago de la tarifa plena, si se encuentra exento del pago de ABL.
- Si la vivienda posee características edilicias desfavorables que impliquen la utilización de un mayor consumo de otro servicio (vivienda precaria con familia numerosa, vivienda precaria carente de alguno de los servicios -gas o agua, etc).
- Si la vivienda posee un local anexo destinado a la actividad comercial (pequeños comercios, talleres de oficio, etc.) o si conviven múltiples hogares.
Según lo que indica la resolución publicada ayer:
«aquellos titulares que se encuentran bajo algunas de estas condiciones continuarán percibiendo el subsidio del Estado Nacional, realizando el trámite correspondiente en cada una de sus distribuidoras».
«Es importante recordarle que la política pública de quita de subsidios tiene como fundamentos la equidad y la inclusión social, los fondos que no se utilicen para aplicar subsidios serán destinados a obras para todos aquellos que aún no han podido acceder a los servicios básicos de luz, gas y agua».
Además, es importante que en el lapso menor a los 30 días de la fecha de recepción, lo responda y lo envíe a través del Correo Argentino.
Después, una asistente social se acercará al domicilio del solicitante para verificar la información e iniciar el trámite de exención.
Es importante tener en cuenta que la no contestación del formulario implica la quita del subsidio que se aplica sobre la factura.
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NO SWE ENTIENDE NADA Y ELK FORMULARIO?
Ana, ¿qué subsidio querés? Si es el de luz, se aplica directamente siempre y cuando cumplas con los requisitos de la Tarifa Social que se detallan en este enlace: http://www.econoblog.com.ar/37635/requisitos-de-tarifa-social-con-subsidio-de-luz-de-edenor-y-edesur/
Buenas tardes quiero saber como mantener los subsidios de Luz,Gas y AYSA. Soy jubilada de bolsillo cobro 4.100.– pesos tengo un departamento y persivo un alquiler de 4.400,– pesos vivo en la casa familiar y mis 2 hermanos poseen certificado de discapacidad. Agradecerè su respuesta
Maria del Carmen Es automático podes ver si estas en la lista antes de hacer el reclamo
http://www.econoblog.com.ar/37892/tramitar-tarifa-social-de-luz-con-subsidio-en-edenor/#more-37892
http://www.econoblog.com.ar/37897/tramitar-tarifa-social-de-luz-con-subsidio-en-edesur/#more-37897
maria del carmen, por ser jubilada percibiendo menos de dos haberes mìnimos le corresponderia el sistema del REGISTRO DE EXCEPTUADOS, no hacen menciòn a la discapacidad de los convivientes! cada uno de los organismos EDESUR,puede llamar directamente al 0810-222-0200y la operadora con su nùmero de cliente que figura en la factura le dirà SI YA ESTA EXCEPTUADA, de lo contrario ingresa a edesur.com.ar y debe completar el formulario de excenciòn! , en cuanto a AYSA le paso directamente el linck para acceder al beneficio..REPITO SI YA LO POSEE AL BENEFICIO NO ES NECESARIO QUE LO SOLICITE, SE LO MANTIENEN aysa.com.ar lo mismo para el gas natural, primero corroborar con la operadora..si ya su beneficio consta en sus registros, de lo contrario en cada pagina, encuentra el formulario para solicitarlo…..Suerte!
Somos matrimonio de jubilados, ambos discapacitados con certificado de discapacidad, como solicitamos los subsidios
Federico
http://www.econoblog.com.ar/37777/consultar-si-tengo-aplicada-la-tarifa-social-de-luz-en-edesur/#more-37777
Buenas tardes quiero saber como mantener los subsidios de Luz Gas y AYSA. Soy jubilada cobro
$ 4.100.00 pesos tengo un departamento alquilado y persivo $ 4.400,00 pesos en la casa familiar vivo con un hermano con discapacidad el otro tambien es discapacitado por ende no se pueden ocupar de pagar dichos servicios e impuestos. Agradecerè su respuesta
Maria del Carmen si tenes dos propiedades no te van a dar el subsidio
buenas tardes, tengo CD no abono ABL, cumplo con los requisitos para incluirme en el benficio social,no se adonde sale el fromulario, tengo q imprimirlo de algun sitio, esperar q me lo manden. no comprendo- grcs
Buenas tardes! Mi consulta es para saber como debo hacer para continuar con el subsidio, ya que percibo un salario mínimo y por enfermedad crónica tengo certificado de discapacidad. Utilizo medicación que debe conservarse en la heladera.