Desde la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, se especula con que desde el mismo mes de enero de 2012 los contribuyentes, empresas y particulares comienza a realizar las presentaciones de las Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias en forma anticipada, o sea las que vencen en el mes de abril. El Fisco Nacional lo considera de esa manera ya que cree que son muchos los que subfacturaron sus ingresos o inflaron sus costos y ahora tienen dificultades para comprar dólares.
Con las nuevas disposiciones impuestas por el Gobierno Nacional en lo relacionado a la compra de divisa extranjera, la AFIP aguarda que en enero de 2012 comiencen las presentaciones anticipadas de ganancias, ya que los contribuyentes buscan elevar el cupo mensual de la adquisición de dólares.
La determinación de la autorización por parte de la AFIP para comprar dólares se basa en las presentaciones de las empresas y las personas. Según los ingresos menos los gastos determina la cantidad que se les permite comprar.
Según publicación del Diario Clarín, algunas compañías y personas que para pagar menos impuestos a las Ganancias, subfacturon ingresos o elevaron los costos, actualmente cuentan con menos margen autorizado por la AFIP para comprar dólares.
El matutino señala que fueron varios los estudios contables que visitaron las oficinas del titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, para avisarle que presentarán las declaraciones en forma anticipada.
Algunos que ingresaron en estos últimos días a realizar la consulta a la página Web de la AFIP, se encontraron con que estaban autorizados a comprar un tope más alto que lo averiguado anteriormente, desde el organismo aseguran que el esquema es acumulativo.
Lo que quiere decir que el monto se va actualizando mensualmente y no anualmente. Por lo que aquellos, que no compraron durante el mes, cuentan con ese excedente para el siguiente. Por ejemplo, si un individuo, en noviembre podía comprar el equivalente a $2.000 pero no lo hizo, en diciembre estará en condiciones de adquirir por $4.000.
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Ok, o sea que le corresponde el período completo de vacaciones, en su caso 16 ds corridos y NO 1 x cada 20 trabajados
Hola Graciela, quisiera saber si en el caso de un empleado que ingresó el 01-04-11 (CCT Utedyc) le corresponden 16 dias corridos de vacaciones, ya que se considera tendría más de la mitad de los días habiles trabajados al 31-12-11 ????
Gracias !!!
Maria
Se considera mas de la mitad de los días trabajados