En repuesta al pedido de nuestros visitantes es que anticipamos la planilla Excel para liquidar las vacaciones a los Empleados de Comercio regulados por el Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, durante el mes de enero de 2012, ya que muchos trabajadores comienzan sus periodos de descanso anuales durante este mes. Las maneras de liquidación son diversas y cada cual dispone como hacerlo, pero al final el resultado debe ser aproximado y sin mucha diferencia. En esta oportunidad realizaremos la liquidación teniendo en cuenta que la salida es a partir del 9 de Enero.
El caso planteado, trabajador que sale de vacaciones el día lunes 9 de enero de 2012 y que tiene catorce 814) días de vacaciones, se puede liquidar todo en un mismo recibo o en recibos separados, yo opto por hacerlo en uno solo. Los ocho (8) días que restan del mes se van a liquidar a fin de mes.
Recordamos que el CCT Nº 130/75 de los Empleados de Comercio indica que se deben conceder las vacaciones que fija la Ley de Contrato de Trabajo, LCT, Nº 20.744, con sus disposiciones, por lo tanto de acuerdo a la antigüedad de cada trabajador le corresponden los siguientes días:
- Si la antigüedad no excede los 5 años – 14 días corridos.
- Si está entre los 5 y los 10 años – 21 Días corridos.
- Si esta entre los 10 y los 20 años – 28 días corridos.
- Si excede los 20 años – 35 días corridos.
Para poder hacer uso de la totalidad del periodo de vacaciones deberán haber trabajado mínimamente la mitad del año, de los días hábiles comprendidos en el año calendario, caso contrario se deberá computar cada 20 días reales trabajados 1 días de vacaciones.
Explicado lo anterior, pasamos a indicarle la planilla Excel para liquidar el mes de enero del 2012 y las vacaciones anuales del año 2011.
Persona que desee realizar su liquidación utilizando nuestra planilla de cálculos debe primeramente bajarla a su computadora, el consejo es que no es para nada difícil y con solamente modificar unas celdas, que las detallamos más abajo se puede hacer sin necesidad de ser un experto de liquidaciones en Sueldos y Jornales.
El ejemplo planteado en nuestra planilla es la de un Empleados de Comercio con una categoría de Administrativo “A” con 3 años de antigüedad en la empresa. Por tener menos de 5 años de antigüedad corresponden 14 días corridos de vacaciones.
Mirando el almanaque vemos que el trabajador sale el lunes 9 de enero de 2012 por lo que en la liquidación corresponde el pago de ocho (8) días trabajados y catorce (14) de la licencia anual, por lo tanto considerando un mes de 30 días menos los 8 y menos 14, restan liquidar para enero del 2012 ocho (8) días, que se liquidaran a fin de mes. Y Vacaciones desde el 9 de enero hasta el día 22 de enero de 2012, reincorporándose a sus tareas el lunes 23 de enero de 2012.
Para interpretar la liquidación de la Planilla Excel:
Una vez que bajo la planilla a su PC debe mirar y comprobar que celdas o ítems no concuerdan con los de su caso a liquidar:
- Celda: C61 Categoría.
- Celda: E61 Poner importe del básico indicado en la planilla del Sindicato, no equivocarse poner Escala Junio 2010, puede copiarlo haciendo clic aquí.
- Celda D12 Poner días trabajados según cálculo: mes 30 días menos los de vacaciones del mes de diciembre.
- Celda D13 Poner días de vacaciones anuales, que le corresponde según explicación párrafo cuarto de este articulo.
- Celda C14 Poner años de antigüedad en la empresa.
Se consideran meses de 30 días cada uno sin importar la cantidad indicada en el calendario, así por ejemplo enero 30 días menos los días de las vacaciones, ejemplo 14 días, resta liquidar 16 días trabajados. Se deberá tener en cuenta que a fin de enero deberá cobrar 8 días trabajados.
Anímate y veras que puedes no es difícil con sólo modificar algunas pocas celdas de la planilla Excel ya tendrás la liquidación y como de costumbre quedamos a la espera de tu comentario o duda para saber si te fue de utilidad.
Bajar Planilla Excel Empleados de Comercio Enero de 2012 y Vacaciones anuales.
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Graciela podés subir la planilla de enero/2012 de comercio con vacaciones jornada reducida. Muchas gracias
Olga
Hola Graciela, gracias por tu excelente trabajo como siempre. Quisiera saber si vas a publicar la planilla de enero 2012 con vacaciones para Empleados de Comercio con jornada reducida. Saludos
Hola Graciela,
te agradezco mucho tu respuesta y disculpá mi insistencia.
Las cobranzas que realizo son las correspondientes a la facturación de los clientes de la empresa. Creo que es la categoría de Administrativa C. La cantidad de horas mensuales trabajadas son 130 y mi fecha de ingreso 22/01/2003 (antiguedad de 8 años)
Muchas Gracias por tu atención! Saludos
Hola Graciela:
te escribo nuevamente porque no veo si he tenido repuesta a la consulta hecha el 16/01. Te preguntaba en qué categoría debería encuadrarme ya que estoy fuera de convenio desde hace 8 años, en una empresa de serviciones informáticos. Mis tareas son de secretaria, recepeción, facturacion, administrativa contable, cobranzas, soporte a clientes, etc. Quisiera tener un estimativo de la suma a percibir teniendo en cuenta que trabajo 6:30 hs. diarias.
Muchisimas Gracias y saludos!
marcela
Cobranzas que tipo? Fijate vos en las categoría y encuadrate dentro de la que hace más remunerada. Por tus dichos me parece que es la de Administrativa C, te paso la C y la d
oficial de primera: recaudadores-facturistas; calculistas; responsables de cartera de
turno (estaciones de servicio); secretarios/as de jefatura (no de dirección); corresponsales
con redacción propia; liquidadores y/o controladores de operaciones no regidas por tablas;
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tenedores de libros principales; cuenta-correntistas; liquidadores de sueldos y jornales;
ayudantes de cajera en entidades financieras; operadores de máquinas de contabilidad de
registro directo; preparadores del estado del redescuento que tienen las Cajas de Crédito
Cooperativas ante el Banco Central;
d) especializado: liquidacionistas (confecciona liquidaciones para su remisión y entrega a
clientes de semillerías); compradores; ayudantes de contador; especialistas en leyes
sociales y/o en asuntos aduaneros y/o en asuntos impositivos; liquidadores de derechos
de autos; presupuestistas; compradores de bienes muebles para locaciones; auxiliares
principales a cargo de asuntos legales; analistas de imputaciones contables según normas;
controles y análisis de legajos de clientes; controles de garantías y valores negociados; taquidactilógrafos;
operadores de máquinas de contabilidad de registro directo con salida de
cinta; personal administrativo de las empresas y/o instituciones, afines a servicios fúnebres
(cementerios privados, remiserías, velatorios);
luego formula la pregunta completa con categoría dias y horas que trabajas, fecha de ingreso, etc. recorda que siempre las preguntas deben estar COMPLETas, O SEA NO REFERIDAS A COMENTARIO Y RESPUESTAS ANTERIORES
Buenas noches Graciela.
Tendrás una plantilla de liquidacion de sueldos de los vigiladores?
Por otro lado te pregunto.
Cuando se liquida el sueldo, se descuentan las vacaciones, pero que pasa con los aportes NO remunerativos?
Muchas gracias
Gabriel
Por ahora no tengo planilla especifica para vigiladores? que convenio? No entiendo lo del descuento de las vacaciones?