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Rigen nuevos Controles para la compra de Dólares

Desde hoy rigen nuevos controles para la compra de dólares y aquellos argentinos que vacacionen en el exterior para llevar las monedas para utilizar en los gastos de los países a visitar  previamente deberán pedir la autorización a la Administración Federal de los ingresos Públicos, AFIP, según lo establece la flamante circular A 5261. Hasta la actualidad el concepto de turismo y viajes se encontraba no alcanzado por la normativa de consulta de los clientes. A partir de hoy, los bancos y casas de cambio están obligados a la consulta a la AFIP por la compra de divisas extranjeras de los clientes, aún bajo el código del concepto turismo y viaje, que antes no requería de validación previa. La Circular […]

Desde hoy rigen nuevos controles para la compra de dólares y aquellos argentinos que vacacionen en el exterior para llevar las monedas para utilizar en los gastos de los países a visitar  previamente deberán pedir la autorización a la Administración Federal de los ingresos Públicos, AFIP, según lo establece la flamante circular A 5261. Hasta la actualidad el concepto de turismo y viajes se encontraba no alcanzado por la normativa de consulta de los clientes.

A partir de hoy, los bancos y casas de cambio están obligados a la consulta a la AFIP por la compra de divisas extranjeras de los clientes, aún bajo el código del concepto turismo y viaje, que antes no requería de validación previa.

La Circular A 5261, dirigida a las entidades financieras y casas de cambio, establece que se requerirá la previa validación en el programa de consulta de operaciones cambiarias implementado por la AFIP cada vez que se desee cursar por el mercado local de cambios las ventas de moneda extranjera a clientes en concepto de turismo y viajes.

Contemplando, solamente tres excepciones:

  1. Bancos, que realicen transferencias al exterior que deben hacer para pagar los consumos realizados por los argentinos con tarjetas de crédito en el lugar de destino y por retiros de cajeros en el exterior.
  2. Ventas de dólares a los no residentes.
  3. Operadores de turismo y viajes que están registrados como tales ante la AFIP.

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