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AFIP Recategorizará de Oficio a los Monotributistas

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, prepara intimaciones para los Monotributistas que de acuerdo a los registros del fisco se encuentren evadiendo impuestos. Prestando atención en aquellos que declaren una condición inferior a la que surge luego de analizar sus consumos en tarjetas, movimientos bancarios, inversiones en fideicomisos, gastos de expensas y cuotas de colegios privados, entre otros indicadores que se encuentran en poder del organismo recaudador. Luego de que la AFIP reciba y procese la información de las recategorizaciones y Declaraciones Juradas Informativas que vencen este mes de las empresas y particulares adheridos al Monotributo, comenzará la avanzada de intimar y recategorizar de oficio. El próximo viernes vence la recategroiarción de los Monotributistas y a partir del 26 […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, prepara intimaciones para los Monotributistas que de acuerdo a los registros del fisco se encuentren evadiendo impuestos. Prestando atención en aquellos que declaren una condición inferior a la que surge luego de analizar sus consumos en tarjetas, movimientos bancarios, inversiones en fideicomisos, gastos de expensas y cuotas de colegios privados, entre otros indicadores que se encuentran en poder del organismo recaudador.

Luego de que la AFIP reciba y procese la información de las recategorizaciones y Declaraciones Juradas Informativas que vencen este mes de las empresas y particulares adheridos al Monotributo, comenzará la avanzada de intimar y recategorizar de oficio.

El próximo viernes vence la recategroiarción de los Monotributistas y a partir del 26 de enero la presentación de las Declaraciones Juradas Informativas para aq1uellos que ganan más de $6.000.- donde entre otros datos deberán declarar: la energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados durante el último cuatrimestre del año.

Los datos declarados serán confrontados contra los indicadores que ya posee la AFIP, como por ejemplo:

  • Consumos en tarjetas de crédito y débito.
  • Movimientos bancarios.
  • Declaraciones patrimoniales.
  • Gastos pagados por expensas.
  • Pagos  de las cuotas de colegios privados.
  • Inversiones en fideicomisos.

Si surgen marcadas diferencias la AFIP enviara las intimaciones correspondientes y de no tener respuesta del contribuyente en falta lo recategorizará o bien los excluirá de oficio.

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