Tablet con logo de EconoBlog

Guía para Dar la Baja en Ingresos Brutos por Internet

Ingresos brutos de la provincia de Buenos Aires presentaciones mensuales o que están incluidos en el padrón de ARBAnet, que están regulados por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ARBA, se dan de baja obligatoriamente cuando el contribuyentes produce un cese total de actividades por cualquier motivo que fuese, abandonando su actividad gravada en dicho impuesto. Dicha baja del Impuesto se debe realizar por Internet. Antes de realizar la baja en el Impuestos sobre los Ingresos Brutos el contribuyente deberá tener presente que la legislación vigente que impone que estén cumplidos los deberes formales como son la presentación de las declaraciones juradas mensuales y anuales con los respectivos pagos de las obligaciones hasta el mismo día […]

Ingresos brutos de la provincia de Buenos Aires presentaciones mensuales o que están incluidos en el padrón de ARBAnet, que están regulados por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, ARBA, se dan de baja obligatoriamente cuando el contribuyentes produce un cese total de actividades por cualquier motivo que fuese, abandonando su actividad gravada en dicho impuesto. Dicha baja del Impuesto se debe realizar por Internet.

Antes de realizar la baja en el Impuestos sobre los Ingresos Brutos el contribuyente deberá tener presente que la legislación vigente que impone que estén cumplidos los deberes formales como son la presentación de las declaraciones juradas mensuales y anuales con los respectivos pagos de las obligaciones hasta el mismo día del cese de actividades.

Guía para dar la baja en Ingresos Brutos por Internet:

Esta guía sirve para ser utilizada por bajas de contribuyentes locales y no del Convenio Multilateral.

Es importante que el contribuyente, apoderado o sucesor según corresponda, cuente con la Clave Unificada de Identificación Tributaria, CUIT, y la Clave de Identificación Tributaria, CIT.

  • Ingresar a la página de ARBA, hacer clic aquí.
  • Ir a sesión Ingresos Brutos// “Alta, modificación y Baja de IIBB” (Trámites Web).
  • Sesión Trámites // ese // Ingrese aquí.
  • Colocar CUIT y CIT luego Iniciar Sesión.
  • Trámites en la Web//sesión Gestión//Cese de Actividad.
  • Datos a Informar para el Cese de Actividad:
  1. En la pantalla visualiza CUIT y nombre y Apellido del Contribuyente.
  2. Motivo del Cese, que puede ser Pase a Convenio Multilateral, Fallecimiento, Fin de Actividad independiente, etc.
  3. Fecha del Cese.
  4. Luego de acuerdo al motivo del cese el sistema le ira requiriendo datos a informar.

Al finalizar de cargar los datos requeridos el sistema le da la opción a imprimir la Constancia de Presentación de DDJJ del trámite, donde figura un Nº Identificador, el cual es importante tenerlo presente para luego hacer el seguimiento del trámite por Internet, para saber si el trámite esta terminado o necesita una presentación en el Distrito que se le indica también en esta constancia. E imprimir el Cese de Actividades.

El formulario también le indica en los casos en que luego de las 48 horas de presentado se verifique por Internet por el Nº de Identificación se deba concurrir al Distrito o Municipio, la documentación a acompañar.

En cuyo caso, la documentación respaldatoría deberá presentarse en original y fotocopia.

Seguinos

236 comentarios en “Guía para Dar la Baja en Ingresos Brutos por Internet”

  1. Cómo presento el cese retroactivo? Cuando quiero hacerlo me pide que la fecha no sea mayor a 15 días anteriores. Dejé la actividad en 2014 y nunca me dieron de baja, ahora tengo multas y me recomiendan presentar la baja retroactiva.

    1. María quien te recomienda eso?? Tenes que hacer presentaciones en 0 (mensuales y anuales ) y dar la baja las multas no te las perdonan

  2. Hola, hace un mes me di de alta como Monotributista pero por cuestiones personales tuve que darme de baja, El tramite en Arba lo inicie pero no lo termine o sea solo lo hice por la Web. El tema es que, aun siendo que no concluí el tramite, me están debitando una Alicuota del 3.5% por cada ingreso en mi cuenta bancaria. Intente darme de baja por la web Arba y no puedo, Estoy confundida, no se que hacer. Me podría ayudar? Gracias

    1. Rocio Acercate a ARBA y soluciona el tema, ya que teniendo ingresos en tu cuenta bancaria deberías justificarlo

  3. Hola, perdón la molestia, mi señora dejó la actividad, se dio de baja en afip pero en ARBA en su momento no pudo. Ahora, a parte de gran cantidad de multas, debe hacer las presentaciones de DDJJ que no hizo, pero al iniciar cada DDJJ le pone un importe mínimo de 175, y no puedo modificarlo, en realidad me dice que si lo modifico a Cero tengo que elegir el motivo… y no se cual es o si alguno corresponde… Agradezco la ayuda…..

  4. Estoy inscripta en IIBB por un local en alquiler. Dejaré de alquilarlo pronto y tengo que darme de Baja en Ingresos Brutos. Aparte de dar la baja en ARBA. Necesito realizar algún trámite en AFIP.?

  5. Buen día, tengo una deuda de IIBB y ya presenté todas las DJ que faltaban. Aún así para el cese me dice que falta presentar declaraciones. Estimo que es porque no se pagó la deuda aún.
    Para los períodos donde no se tuvo actividad porque ya estaba de baja en AFIP, igualmente debo presentar las DJ con el importe mínimo que calcula ARBA? O debería modificarlo y presentarlas en cero? Ya que no estaba ectivo en la actividad, sino que pasó el tiempo y nunca se dio de baja el impuesto.
    Gracias!

    1. Nícolas si no tenes actividad se presentan en 0 se espera 72 horas y se presenta la anual y se espera 72 horas y se presenta la baja Luego comenta como te resuelto

      1. Hola, tengo el mismo problema y creì que podìa deber a una deuda de multas por falta de presentación. La persona jamás llegò a operar, por lo que todas las DDJJ para regularizar su situaciòn están en cero.
        Quise presentar la anual, pero indica que estoy en un período activo, quise hacer el cese y me dice que «tengo declaraciones pendientes de presentar», quise hacer adelantado 12.2018, a ver si así me dejaba luego presentar la anual y me indica que no puedo presentar algo con fecha posterior a la que lo genero.

        Tendrá que ver con las multas? O a què podrà deberse?

        Gracias de antemano!

      2. Gabriela Por ejemplo presentas DDJJ noviembre y esperas 72 horas para dar la baja y esperas 72 horas para presentar DDJJ anual

Los comentarios están cerrados.