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Jubilados y Pensionados deberán Abrir la Caja de Ahorro

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, informó que a partir del mes de marzo de 2012, TODOS los jubilados, pensionados nacionales y beneficiarios de Pensiones No Contributivas perciben sus haberes a través de la Cuenta Sueldo de la Seguridad Social. Se trata de una caja de ahorro gratuita, que podrá o no ser utilizada y será sin costo de mantenimiento ni comisiones, incluyendo una tarjeta de Débito, la cual si quieren será habilitada para ser utilizada  en cualquier cajero automático del país. Jubilados y pensionados deberán abrir la caja de ahorro gratis obligatoriamente, y tendrán una tarjeta de débito que no es obligación que la habiliten. Pudiendo cobrar sus haberes por ajero automático pero sino lo desean podrán […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, informó que a partir del mes de marzo de 2012, TODOS los jubilados, pensionados nacionales y beneficiarios de Pensiones No Contributivas perciben sus haberes a través de la Cuenta Sueldo de la Seguridad Social. Se trata de una caja de ahorro gratuita, que podrá o no ser utilizada y será sin costo de mantenimiento ni comisiones, incluyendo una tarjeta de Débito, la cual si quieren será habilitada para ser utilizada  en cualquier cajero automático del país.

Jubilados y pensionados deberán abrir la caja de ahorro gratis obligatoriamente, y tendrán una tarjeta de débito que no es obligación que la habiliten. Pudiendo cobrar sus haberes por ajero automático pero sino lo desean podrán continuar cobrando en ventanilla. Si habilitan la tarjeta, podrán realizar extracciones libres, compras con reintegros y descuentos, pagos de impuestos y servicios o transferencias por Internet.

Los jubilados y pensionados para poder cobrar el sueldo del mes de marzo, obligatoriamente deben abrir la caja de ahorro, de manera automática y gratuita, en la sucursal donde cobran. Los nuevos beneficiarios, podrán elegir libremente cualquier entidad.

Durante este mes, y por única vez, todos los titulares y/o apoderados ya sean nuevos o no, que no tengan cuentas abiertas, deberán firmar la apertura de la cuenta, debiendo concurrir con los documentos de identidad (DNI, LE, LC) a la misma sucursal en la que perciben los haberes. Aquellos que ya cobran a través de una cuenta bancaria, no deben hacer nada, ya que los bancos transformarán estas cuentas en Cuentas Sueldo de la Seguridad Social.

Diego Bossio, director ejecutivo de ANSES, destacó que: “Los adultos mayores necesitan de estas facilidades para cobrar sus haberes jubilatorios, los cuales, desde hace ocho años, tienen garantizados. Esto es gracias a la gestión del Gobierno nacional que reconoce a nuestros abuelos, que han construido a este país”.

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15 comentarios en “Jubilados y Pensionados deberán Abrir la Caja de Ahorro”

  1. Mi mamá recién empieza a cobrar la jubilación por el Superville y le dijeron que la caja de ahorro tiene costo de mantenimiento de $60.
    A lo cual quisiera saber si eso es correcto, o rige para todos los bancos el que sea gratuita.

    Desde ya muchas gracias

  2. Hola, te hago una consulta.
    Mi mamá tiene su caja de ahorro en el Banco Nación donde le acreditan la jubilación, por una pequeña fracción de campo que alquila anualmente recibió un cheque de 29000$ cruzado para depositar. Aclaro que todo en blanco, inscripta en Afip, con factura, todo en regla.
    Puede depositar ese cheque en esa caja de ahorro?
    No importa que le cobren por ese servicio, nos gustaría saber si puede depositarlo en esa caja de ahorro, ya que el cheque esta a nombre de ella.
    Espero tu respuesta.
    Gracias.

  3. Por favor quisiera saber si puedo seguir cobrando en ventanilla, y si mi hija que es mi apoderada puede realizar cualquier gestion referida con dicha caja de ahorro.Muchas gracias

  4. como me voy a iniciar con el tema cajero necesito por favor video instructivo de utilizacion del mismo para entenderlo.te notifica del haber q te correpode? te da el comprobante oficial? se puede retirar en un unico retiro? si es en extracciones parciales cuando podes retirar el recibo oficial?

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