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Guía: ¿Qué hacer si pague dos veces una cuota de Monotributo?

Cuando por error pago dos veces una cuota de  Monotributo lo puedo solucionar desde mi casa, oficina  u otro lugar que disponga de una computadora con acceso a Internet. Es necesario contar con la Clave de Identificación Tributaria, CUIT, y “Clave Fiscal”, para poder ingresar a la página de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP y de esta manera solucionar la situación imputando los pagos como debería haberlo echo. Para realizar alguna imputación de un pago mal realizado a los aportes del Monotributo no hace falta ir a la AFIP, basta con ingresar al sistema por Internet y solucionarlo. Guía: ¿Qué Hacer si pague dos veces una cuota de Monotributo?: Primero se debe mirar si entre los servicios […]

Cuando por error pago dos veces una cuota de  Monotributo lo puedo solucionar desde mi casa, oficina  u otro lugar que disponga de una computadora con acceso a Internet. Es necesario contar con la Clave de Identificación Tributaria, CUIT, y “Clave Fiscal”, para poder ingresar a la página de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP y de esta manera solucionar la situación imputando los pagos como debería haberlo echo.

Para realizar alguna imputación de un pago mal realizado a los aportes del Monotributo no hace falta ir a la AFIP, basta con ingresar al sistema por Internet y solucionarlo.

Guía: ¿Qué Hacer si pague dos veces una cuota de Monotributo?:

Primero se debe mirar si entre los servicios habilitados para su CUIT se encuentra el de “CCMM Cuenta Corriente de Contribuyente Monotributistas o Autónomos” si ya esta no será necesario que aplique esta guía, continúe las indicaciones obviando este paso.

  • Ingresar a la página de la AFIP , hacer clic aquí.
  • Colocar  Nº CUIT con  «Clave Fiscal«.
  • Ingresar a través del servicio Administrador de relaciones. En caso que el usuario sea Administrador de relaciones de un tercero, en la siguiente pantalla deberá seleccionar para qué contribuyente desea habilitar el servicio.
  • Seleccione la opción «Nueva relación».
  • Desde la opción «Buscar» .
  • Opción AFIP “Servicios Interactivos”.
  • Hacer clic en Buscar.
  • Seleccionar por abecedario, el sistema le permitirá elegir el servicio “CCMM Cuenta Corriente de Contribuyentes Monotributistas o Autónomos”.
  • Seleccione la opción «Confirmar».
  • En el campo «Representante» presione «Buscar» y luego ingrese la CUIT/CUIL/CDI del usuario a quien le delega la utilización del servicio, que puede ser el mismo Administrador o un usuario interno o externo, siempre que el servicio sea delegable.
  • Presione el botón «Buscar».
  • Tilde la opción «El usuario es Externo (Podrá delegar este servicio)» sólo en caso que corresponda.
  • Si todos los datos son correctos, presione el botón «Confirmar», para la habilitación de la relación.
  • Se abrirá una nueva ventana con el F. 3283/E.
  • Cierre todas las ventanas y vuelva a ingresar con su CUIT y Clave Fiscal, para que figure en el menú principal de su clave fiscal, el nuevo servicio habilitado.

Ahora si ya con el servicio  “CCMM Cuenta Corriente de Contribuyentes Monotributistas o Autónomos” habilitado para su Nº de CUIT podrá comenzar a imputar el pago mal realizado.

  • Ingresar a la página de la AFIP, hacer clic aquí.
  • Colocar  Nº CUIT con  «Clave Fiscal«.
  • Ingresar al Servicio «CCMM Cuenta Corriente de Contribuyentes Monotributistas o Autónomos«.
  • En la sesión de Cuenta Corriente realizar al cálculo de la deuda.
  • La pantalla mostrará los saldos deudores o acreedores, el contribuyente donde figura el pago doble del mes que realizó podrá verlo y uno de los montos tendrá un saldo a su favor en color “verde” y del lado izquierdo de la pantalla un lápiz, haciendo clic sobre él, el sistema le permitirá imputarlo correctamente al mes que adeuda.
  • Deberá seguir los pasos e ir imputando cada concepto al mes siguiente o bien al que tenga letras rojas que es una deuda con la AFIP.

La pantalla le mostrara los pagos de origen que son los que realizo y se deberán imputar correctamente cargando los códigos, del impuesto, concepto y sub concepto en el “Pago Destino”. Luego deberá presionar Agregar y luego mas abajo confirmarlo en Detalle de los Pagos. Debiendo seguir todas las indicaciones que el sistema le va solicitando.

Finalmente la pantalla mostrara los saldos y si bien el deudor figuraba con intereses, al cancelarlo si se realizo en fecha el saldo lo mostrará sin ellos, si no fue en fecha le calcula nuevamente la deuda debiendo el contribuyente pagar los intereses correspondientes hasta el día que realizó el pago.

275 comentarios en “Guía: ¿Qué hacer si pague dos veces una cuota de Monotributo?”

  1. hola graciela mi consulta es porque tengo saldo acreedor pero no aparece el lapicito como para refaccionar, ese dinero no es porque pague de mas? muchas gracias

    1. Facundo si pagaste de mas tiene si o si que estar le lápiz para poder imputarlo a otra pago

  2. Hola Graciela!
    Buenas tardes…

    Mi consulta es: debía el mes de enero de 2016 del monotributo. Me di la baja en febrero. El pago lo realizamos en mayo de 2016 por error. Còmo hago para corregirlo? No sale el botòn de reafectar.
    Muchas gracias

    1. natalia No sale porque no pagaste dos veces, hace una multinota para ver si la AFIP te lo corrige

  3. Buenas tardes!! mi padre es monotribustista y jubilado por lo cual no paga obra social, y me comentaron que debe presentar multinota en afip declarando que quiere seguir percibiendo sus aportes jubilatorios porque de lo contrario puede perder su jubilación es cierto??? Gracias.

  4. Buenas, tengo impreso el formulario multinota 206 de la AFIP, qué debería poner para re-imputar el pago de mi obra social (codigo 24) que se pago dos veces un mismo mes? alguien tiene algo para guiarme? ya hice los otros pasos me falta solo el de la obra social. De antemano gracias.

    1. Raul La reimputación se hace con el formulario 399 y la multinota aclarando la reimputación

  5. Buenas tardes. Mi madre es jubilada y monotributista. Estuvo pagando varios años la obra social del monotributo, nunca le dieron de alta y ahora le dicen que no corresponde que pague ese concepto. Mi pregunta es si puede recuperar el monto pagado o utilizarlo de alguna manera. Muchas gracias.

    1. Jose Luis Los jubilados pueden ser Monotributistas pero solo pagan el impuesto, no jubilación ni obra social y el dinero pagado de mas no lo puede recuperar

      1. (fue el costo del lugar donde le llevan los papeles entonces) Muchas gracias Graciela !! Saludos cordiales.

Los comentarios están cerrados.

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