Cuando por error pago dos veces una cuota de Monotributo lo puedo solucionar desde mi casa, oficina u otro lugar que disponga de una computadora con acceso a Internet. Es necesario contar con la Clave de Identificación Tributaria, CUIT, y “Clave Fiscal”, para poder ingresar a la página de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP y de esta manera solucionar la situación imputando los pagos como debería haberlo echo.
Para realizar alguna imputación de un pago mal realizado a los aportes del Monotributo no hace falta ir a la AFIP, basta con ingresar al sistema por Internet y solucionarlo.
Guía: ¿Qué Hacer si pague dos veces una cuota de Monotributo?:
Primero se debe mirar si entre los servicios habilitados para su CUIT se encuentra el de “CCMM Cuenta Corriente de Contribuyente Monotributistas o Autónomos” si ya esta no será necesario que aplique esta guía, continúe las indicaciones obviando este paso.
- Ingresar a la página de la AFIP , hacer clic aquí.
- Colocar Nº CUIT con «Clave Fiscal«.
- Ingresar a través del servicio Administrador de relaciones. En caso que el usuario sea Administrador de relaciones de un tercero, en la siguiente pantalla deberá seleccionar para qué contribuyente desea habilitar el servicio.
- Seleccione la opción «Nueva relación».
- Desde la opción «Buscar» .
- Opción AFIP “Servicios Interactivos”.
- Hacer clic en Buscar.
- Seleccionar por abecedario, el sistema le permitirá elegir el servicio “CCMM Cuenta Corriente de Contribuyentes Monotributistas o Autónomos”.
- Seleccione la opción «Confirmar».
- En el campo «Representante» presione «Buscar» y luego ingrese la CUIT/CUIL/CDI del usuario a quien le delega la utilización del servicio, que puede ser el mismo Administrador o un usuario interno o externo, siempre que el servicio sea delegable.
- Presione el botón «Buscar».
- Tilde la opción «El usuario es Externo (Podrá delegar este servicio)» sólo en caso que corresponda.
- Si todos los datos son correctos, presione el botón «Confirmar», para la habilitación de la relación.
- Se abrirá una nueva ventana con el F. 3283/E.
- Cierre todas las ventanas y vuelva a ingresar con su CUIT y Clave Fiscal, para que figure en el menú principal de su clave fiscal, el nuevo servicio habilitado.
Ahora si ya con el servicio “CCMM Cuenta Corriente de Contribuyentes Monotributistas o Autónomos” habilitado para su Nº de CUIT podrá comenzar a imputar el pago mal realizado.
- Ingresar a la página de la AFIP, hacer clic aquí.
- Colocar Nº CUIT con «Clave Fiscal«.
- Ingresar al Servicio «CCMM Cuenta Corriente de Contribuyentes Monotributistas o Autónomos«.
- En la sesión de Cuenta Corriente realizar al cálculo de la deuda.
- La pantalla mostrará los saldos deudores o acreedores, el contribuyente donde figura el pago doble del mes que realizó podrá verlo y uno de los montos tendrá un saldo a su favor en color “verde” y del lado izquierdo de la pantalla un lápiz, haciendo clic sobre él, el sistema le permitirá imputarlo correctamente al mes que adeuda.
- Deberá seguir los pasos e ir imputando cada concepto al mes siguiente o bien al que tenga letras rojas que es una deuda con la AFIP.
La pantalla le mostrara los pagos de origen que son los que realizo y se deberán imputar correctamente cargando los códigos, del impuesto, concepto y sub concepto en el “Pago Destino”. Luego deberá presionar Agregar y luego mas abajo confirmarlo en Detalle de los Pagos. Debiendo seguir todas las indicaciones que el sistema le va solicitando.
Finalmente la pantalla mostrara los saldos y si bien el deudor figuraba con intereses, al cancelarlo si se realizo en fecha el saldo lo mostrará sin ellos, si no fue en fecha le calcula nuevamente la deuda debiendo el contribuyente pagar los intereses correspondientes hasta el día que realizó el pago.
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Buenas tardes, me sucedió que adherí a débito automático por CBU y el sistema me debitó el importe de enero, que ya había pagado por homebanking.
O sea que aboné dos veces el monotributo de enero. Cuando quiero reafectar el pago ingreso los mismos datos (impuesto, concepto, subconcepto.. y cambio el período de destino por 02/2017), me dice lo siguiente: Reafectacion cancelada. La obligacion DESTINO se encuentra totalmente cancelada. Verifique los campos periodo, impuesto, concepto y subconcepto del pago destino que desea aplicar.
No entiendo si estoy ingresando mal los datos, o es un error del sistema.
Si enero lo tenes en débito automático, febrero también
Buen día, me cobraron por error dos veces el periodo 09/2016 (en realidad debía ser 08/2016 y 09/2016). Se puede imputar estos pagos vía Internet nomas, o debo presentar sí o sí personalmente los f. 406 y 399 en AFIP? Muchas gracias
Se pueden solucionar por Internet, tal como indica el articulo, el único monto que no se puede reimputar es el código 024 de la obra social, pero eso lo podes arreglar en la obra social con ambos pagos
hola , yo acabo de abonar el mes de enero , pero ahora con la nueva ley cambian los montos que se pagan por mes , y me estaria faltando abonar unos 150 pesos , como hago para cancelar esa deuda ? aclaro que todavia estoy dentro del mes , gracias.
Fijate bien si no tenes que recategorizarte, antes de pagar http://www.econoblog.com.ar/50040/afip-formulario-155-para-pagar-diferencia-en-la-cuota-del-monotributo/
Que tal buenas tardes, no tendrán un «Paso a Paso» para pode hacer la multinota del formulario 206 y la del 399?? Muchas gracias
Buenas, para reafectar un pago duplicado al monotributo del próximo mes debo dejar vencer ese mes? Pregunto porque veo que tengo el saldo a favor pero no la deuda del monotributo de este mes (noviembre) que vence el 20. Gracias!
Alejandro si tenes le lápiz podes imputarlo al próximo mes
HOLA Alejandro que tal? pudiste solucionarlo? como hiciste porque yo estoy en la misma situación no me aparece la deuda del proximo mes, y saldo anterior pendiente de pago no tengo.