La Administración Federal delos Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 3.329, publicada en el Boletín Oficial el día 11 de mayo de 2012, adecuó los procedimientos referidos a la determinación de deuda, aplicación de sanciones impugnaciones y vías recursivas en materia de los recursos de la seguridad social. Aprobando una normativa que contiene las nuevas disposiciones y cumplimiento de procedimientos, formas y condiciones.
La AFIP a través de esta normativa dispone que aquellas intimaciones de deudas determinadas, de multas correspondientes a las infracciones constatadas, con relación a los recursos de la seguridad social, y las respectivas impugnaciones que los contribuyentes y responsables planteen, deberán cumplir con ciertos procedimientos, formas y condiciones.
Será de aplicación respecto de:
- Deudas determinadas y las infracciones constatadas que se notifiquen a partir de la fecha de entrada en vigencia.
- Etapas procesales no cumplidas, en aquellos casos en que las notificaciones por los conceptos mencionados se hayan producido con anterioridad a su fecha de vigencia.
Las disposiciones de la presente resolución general entrarán en vigencia a partir del día 1º de Julio de 2012.
Ver anexo con los procedimientos, formas y condiciones, hacer clic aquí.
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