De acuerdo a lo confirmado por el Sindicato de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, FACEyS, y las Cámaras Empresarias del Sector, llegaron a un acuerdo salarial para este año del 24%. El mismo será percibido en dos tramos 15% en mayo y el resto en octubre de 2012. Aún resta firmarlo en el Ministerio de Trabajo, pero confían en que sea homologado sin ningún problema. Está previsto reunirse el próximo lunes para redactar el acuerdo.
Los empleados de comercio acordaron un aumento salarial del 24%, según lo confirmado por sindicatos y cámaras empresarias. Se percibirá en dos cuotas:
- Mayo 2012 un 15%.
- Noviembre 2012 un 9%.
Tendrá carácter no remunerativo no acumulativo y el básico mínimo llegaría a $5.011.
Armando Cavalieri, secretario general del Sindicato de Comercio, confirmó que el 1.048.000 de empleados mercantiles tendrá un 24% de aumento en dos cuotas.
Carlos De la Vega, presidente de la Cámara Argentina de Comercio, aclaró que el acuerdo por ahora «es solo verbal. Aún falta redactarlo».
Las negociaciones se llevaron a cabo en el sindicato y en la cámara patronal, es decir fuera del ámbito del Ministerio de Trabajo. Está previsto que el próximo lunes las partes vuelvan a reunirse para avanzar en la redacción del acuerdo.
Armando Cavalieri, comentó que Carlos Tomada, Ministro de Trabajo, ya estaba «al tanto» del acuerdo y que lo va a «homologar sin poner ningún reparo». Entre distintos gremios circula hace rato la versión de que el Ministerio de Trabajo no está dispuesto a homologar acuerdos salariales que sean mayores a las pretensiones del Gobierno.
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Hola quisiera saber si es legal abonar solo por dias trabajados en el caso de una persona que tiene categoria de «maestranza a» segun convenio colectivo de comercio, y como se abonaria su sueldo, ya que le dijeron que solo le abonan por dias trabajados, recientemente ha cobrado el sueldo de enero, y no se le han abonado los dias de descanso obligatorio, y solo se le han abonado los dias efectivamente trabajados, (sabado y domingo no) y el calculo para dicho pago ha sido del sueldo que establece la escala salarial / 30. ademas han tomado como sueldo el que estaba vigente antes de mayo de 2012 por lo que no le han abonado los aumentos establecidos en el acuerdo de dicho mes (15 % y 9 %). Espero me entiendas porque el salario percibido es muy bajo, el trabajo se realiza de lunes a viernes de 10 a 18, con una hora de descamso para comer, y muchas veces se hacen hs extras entrando una hora antes y saliendo 2 hs depues del horario habitual..
silvia
Esta mal liquidado dividis por 30 y se multiplica por cantidad de dias hasta el trabajado contando sabado domingo feriados y francos
Hola queria saber como es el cálculo de sac sobre no remunerativos para el segundo semestre 2012 de empleados de comercio. Tenindo en cuenta que cambio la suma no remunerativa en noviembre y la anterior paso a ser remunerativa.
ANDREA
Voy a publicar una planilla excel para el aguinaldo, pero lo no remunerativo es el aumento de noviembre
Hola Graciela: a mi también podrías darme el cálculo aprox. x despido s/causa?
Ingreso: 1/05/2008
total neto: $5.786 (jornada completa a oct.2012)
muchas gracias!
romina
Se necesita el total bruto no el neto y pregunta completa por favor
buenos dias una consulta..
yo trabajo de lunes a viernes de 9:00 a 19:00
y sabado por medio de 8:00 a 12:30
tengo una hora para comer esta bien el horario
nos son solamente 48 horas semanales ???
daniel
Los empleados de comercio tienen un acuerdo que el horario lo debe regular el empleador y el Ministerio de Trabajo, la planilla de horarios del personal debe estar a la vista
Muhcas gracias Graciela!!! Encanto total respondiendo a nuestras dudas!