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Trabajadores Presentar Declaración Jurada Informativa Ganancias y Bienes Personales

El día 2 de julio de 2012 opera el vencimiento para que los trabajadores en relación de dependencia las  ganancias brutas que percibieron durante el año calendario 2011, sean iguales o superen los $96.000.- ó los $144.000.- deberán presentar la Declaración Jurada Informativa de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, ante la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP. Los empleados que trabajan bajo dependencia y que sus ganancias durante el año 2011 hayan sido iguales o superaron los $96.000.- ó los $144.000.- el 2 de julio de 2012 es el vencimiento de presentar la Declaración Jurada Informativa de ganancias  y bienes personales, según lo indica la Resolución General Nº 2.437/2008. Se contemplan dos parámetros a […]

El día 2 de julio de 2012 opera el vencimiento para que los trabajadores en relación de dependencia las  ganancias brutas que percibieron durante el año calendario 2011, sean iguales o superen los $96.000.- ó los $144.000.- deberán presentar la Declaración Jurada Informativa de los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, ante la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP.

Los empleados que trabajan bajo dependencia y que sus ganancias durante el año 2011 hayan sido iguales o superaron los $96.000.- ó los $144.000.- el 2 de julio de 2012 es el vencimiento de presentar la Declaración Jurada Informativa de ganancias  y bienes personales, según lo indica la Resolución General Nº 2.437/2008.

Se contemplan dos parámetros a considerar:

  1. Cuando las ganancias brutas percibidas anuales alcancen o superen la suma de $96.000.- Presentar Declaración Jurada  del Impuesto Sobre los Bienes Personales, confeccionando el Formulario F.762/A, donde deben brindar el detalle de sus bienes al 31/12/2011, valuados de conformidad a las normas del Impuesto. Dicha declaración jurada es de carácter informativo, lo que significa que, no determina un impuesto a ingresar. Pero si estos bienes informados, superan la suma de $ 305.000, o bien, si el contribuyente ya se encontrara inscripto en el impuesto, el empleado se encontraría incluido en el régimen general del Impuesto, en virtud de lo cual su declaración jurada pasa a ser determinativa de impuesto, y su vencimiento ya operó en abril o mayo de 2012, dependiendo de la existencia en su patrimonio de participaciones en sociedades.
  2. Cuando las ganancias brutas percibidas anuales alcancen o superen la suma de $144.000.- además, de la obligación mencionada anteriormente, se le suma una Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias, que se debe confeccionar en el Formulario F.711, en la que se informa el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas, y retenciones sufridas, entre otros datos, de acuerdo siempre a la Ley del Impuesto a las Ganancias. En el caso de que el empleado se encontrase inscripto en el Impuesto, por ejemplo, por ser beneficiario de otras rentas distintas a la de su trabajo personal en relación de dependencia, o surgiera de la Declaración Jurada un importe a favor o a pagar, la obligación de presentar una declaración jurada determinativa de impuesto, con vencimiento en abril o mayo de 2012. dependiendo de la existencia en su patrimonio de participaciones en sociedades.

Si este trabajador se encuentra inscripto en el Impuesto Sobre los Bienes Personales o Impuesto a las Ganancias, y ya cumplió con su obligación anteriormente y presentó las respectivas Declaraciones Juradas, la obligación de de informar, objeto del presente, se considera cumplida.

Estas Declaraciones Juradas Informativas se deben presentar a través de la página de la AFIP, con su CUIL y su “Clave Fiscal” cargando el detalle mediante el programa aplicativo denominado “Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales – v.13.0” el que deberá ser descargado desde el sitio web del Organismo Fiscal.

Si no se cumple con esta obligación la AFIP le aplicará las multas como sanción.

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1 comentario en “Trabajadores Presentar Declaración Jurada Informativa Ganancias y Bienes Personales”

  1. Como se valua en bienes personales una propiedad que fue comprada en abril 2002 por $55.000 y para el impuesto inmobiliario al 31/12/2011 está valuada a $42.500

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