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Julio Alak aclaró que no Habrá Pesificación de Contratos

Ayer martes, Julio Alak, Ministro de Justicia, en declaraciones a la televisión pública,  aclaró que en la reforma del Código Civil y Comercial «no hay pesificación de contratos» . Destacando que en el proyecto que unifica   ambos códigos, «Si se plantea un cumplimiento de pago en   moneda extranjera, los pagos se harán de esa forma» ya que la reforma no habilita sean    pesificados los documentos preexistentes de moneda extranjera a pesos. El ministro de Justicia,  aclaró que «no hay pesificación de contratos en moneda extranjera ni hay pesificación de ahorros en moneda extranjera» en el proyecto que unifica los códigos Civil y Comercial. En declaraciones televisivas, el ministro explicó sobre la iniciativa que: «Si el contrato elaborado por la voluntad […]

Ayer martes, Julio Alak, Ministro de Justicia, en declaraciones a la televisión pública,  aclaró que en la reforma del Código Civil y Comercial «no hay pesificación de contratos» . Destacando que en el proyecto que unifica   ambos códigos, «Si se plantea un cumplimiento de pago en   moneda extranjera, los pagos se harán de esa forma» ya que la reforma no habilita sean    pesificados los documentos preexistentes de moneda extranjera a pesos.

El ministro de Justicia,  aclaró que «no hay pesificación de contratos en moneda extranjera ni hay pesificación de ahorros en moneda extranjera» en el proyecto que unifica los códigos Civil y Comercial.

En declaraciones televisivas, el ministro explicó sobre la iniciativa que: «Si el contrato elaborado por la voluntad de los particulares en moneda extranjera plantea una ejecución, un cumplimiento de pago en moneda extranjera, los pagos se harán en moneda extranjera».

Esa fue la forma en que,  Alak aclaró que la reforma incluida en el proyecto no habilita la pesificación de contratos o deudas preexistentes de moneda extranjera a pesos, sino que da la posibilidad de que aquellos que han contraído una deuda o un contrato en dólares puedan pagarlo en moneda local, «siempre y cuando el contrato lo prevea».

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