Nuevamente este año se modifica la famosa tablita del impuesto a las ganancias 4ta. categoría, para los trabajadores en relación de dependencia, el senado ya aprobó la Ley.
Se eleva el mínimo no imponible a $ 3.400.- para los trabajadores en relación de dependencia solteros y sin cargas de familia, y a $ 4.600.- para los casados, la nueva Ley se aplicará a partir del 1º de septiembre, pero tiene retroactividad al 1º de enero del 2007.
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Hola, quisiera saber si el seguro de sepelio que para los camioneros se retiene en el recibo el 1,5% se toma como deducción para el cálculo de la ganancia neta. Saludos y gracias
si quieren me pueden escribir a mi correo de mail, tengo un programa muy bueno para ganancias, y cualquier consulta que me quieran realizar.
Un par de consultas sobre impuesto a las ganancias:
1.- Me comentaron (quisiera confirmarlo) que el dinero que me retienen en concepto de imp. a ganancias podría ser utilizado para pagar parte de un crédito inmobiliario que no necesariamente sea para vivienda única.
2.- Soy docente universitario y en mis deducciones se incluye «Contribución Obra Social Jubilados»; es un monto importante y quisiera saber si es deducible para el impuesto a las ganancias.
Saludos,
Darío
hola Marcial.
para el impuesto a las ganancias vos tenes que tener en cuenta la deducción especial de $36.000.- mas los $4.000.- por dos (hijos) y tu concubina si la declaraste como a cargo $8000.- estos valores son anuales.
gracias
necesito saber como afecta la nueva ley de impuestos a la ganancia a un trabajador en dependencia que es soltero pero esta juntado y tiene dos hijos reconocidos