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Planilla Excel: Liquidación Empleados de Comercio Sueldo Junio de 2012

Según estipula el último acuerdo salarial de los Empleados de Comercio encuadrados dentro del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, firmado el día 24 de mayo de 2012 y homologado en el Ministerio de Trabajo bajo el Nº 829/2012, se debe otorgar un incremento del 24% a pagar con la denominación de “Acuerdo de Mayo de 2012” como suma no remunerativa, 15% a partir del 1º de mayo y un 9% desde el mes de noviembre de 2012. Publicamos la planilla Excel para liquidar el sueldo del mes de junio de 2012. Como es nuestra costumbre publicamos una planilla Excel para que los interesados puedan realizar la liquidación del mes de junio de 2012, no hace falta sin liquidador […]

Según estipula el último acuerdo salarial de los Empleados de Comercio encuadrados dentro del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, firmado el día 24 de mayo de 2012 y homologado en el Ministerio de Trabajo bajo el Nº 829/2012, se debe otorgar un incremento del 24% a pagar con la denominación de “Acuerdo de Mayo de 2012” como suma no remunerativa, 15% a partir del 1º de mayo y un 9% desde el mes de noviembre de 2012. Publicamos la planilla Excel para liquidar el sueldo del mes de junio de 2012.

Como es nuestra costumbre publicamos una planilla Excel para que los interesados puedan realizar la liquidación del mes de junio de 2012, no hace falta sin liquidador de sueldos y jornales, ya que la misma es muy fácil y esta preparada para que cualquier persona la pueda utilizar.

Para la confección de la planilla Excel se debe utilizar los básicos de convenio que se deben bajar de la Web del sindicato Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, FACEyS,Escala Salarial Mayo 2012”, hacer clic aquí.

Para poder realizar la liquidación recomendamos que primero baje la planilla Excel a la computadora y observe si el ejemplo cargado no coincide con los datos a liquidar. Se trata de un Empleado de Comercio con Categoría Administrativo “A” con tres (3) años de antigüedad, y solamente en los casos en que no coincidan con el aquí planteado, deberán modificar unas pocas celdas de la planilla de cálculo.

Como ya dijimos anteriormente los básicos a utilizar para la liquidación se obtienen de la página del sindicato “Escala Salarial Mayo 2012”, haciendo clic AQUI.

Si su liquidación no concuerda con los datos del ejemplo, se deberá modificar la celda que corresponda:

  • Celda F-10 corresponde al básico de la categoría que se  puede obtener de AQUI.
  • Celda C-12 corresponde la categoría del trabajador.
  • Celda C-14 corresponde poner la cantidad de años de Antigüedad en la Empresa.

Como ven el procedimiento es muy fácil y no se requiere tener mayores conocimientos en liquidación de Sueldos y Jornales, solamente debe tener en cuenta que debe bajar los básicos de la página Web del sindicato FACEyS, “Escalas Salarial Mayo 2012”, para modificar la celda F-10.

Como es nuestra costumbre quedamos a la espera de su comentario o consulta para saber si la planilla Excel publicada te es de utilizad y fácil manejo.

Bajar Planilla Excel Liquidación Empleados de Comercio mes de Junio de 2012.

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14 comentarios en “Planilla Excel: Liquidación Empleados de Comercio Sueldo Junio de 2012”

  1. Hola Graciela:
    Yo siempre separe el feriado del sueldo solo en los casos de que el feriado se trabajara….. a partir de ahora tengo que realizar las liquidaciones separándolo? aunque no se trabaje? se cobra un poquito más por que lo divido por 25?..tengo que volver a leer el acuerdo…. y en el caso de trabajarlo al feriado…iria el doble de lo que vos pusiste?

  2. Queria consultarte si a partir de este mes para los mensuales hay que discriminar el feriado.

    Gracias

    1. Marcela

      Si bien anteriormente ya se debia hacer ahora el acuerdo salarial especifica claramnete que se debe pagar el feriado en su articulo 3º

  3. No estoy de acuerdo con la forma de liquidar el feriado en la planilla. Los trabajadores mensualizados cobran el sueldo completo independientemente del numero de feriados que haya, mientras no lo trabajen y por lo tanto no deberian figurar por separado los 29 dias y el feriado, sino solo el sueldo por los 30 dias. Fijate Graciela que contradice la guia que subiste el 12/11/2011
    «Sepa como Liquidar y día de Descanso y Feriado» donde dice
    «Personal Mensualizado: Si no trabaja cobra el mes como lo hace habitualmente, ya que es día esta incluido en su sueldo.»

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