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Planilla Excel para Liquidar Aguinaldo 1er. SAC 2012

Recordamos que si bien la fecha de pago del aguinaldo o del Sueldo Anual Complementario, SAC, primer, 1er. semestre es el 30 de junio de cada año, pero por cuestiones operativas generalmente por no contar con los datos específicos de la liquidación de junio se paga respectando la Ley de Contrato de Trabajo, LCT, el cuarto día hábil del mes de julio. Publicamos la planilla Excel para liquidar el aguinaldo correspondiente al 1er. semestre del 2012. Si bien nuestra ejemplo esta basado en la liquidaciones por econoblog.com.ar publicadas en el semestre desde enero a junio de 2012 para los Empleados de de Comercio encuadrados dentro del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, la mis sirve para cualquier otro convenio […]

Recordamos que si bien la fecha de pago del aguinaldo o del Sueldo Anual Complementario, SAC, primer, 1er. semestre es el 30 de junio de cada año, pero por cuestiones operativas generalmente por no contar con los datos específicos de la liquidación de junio se paga respectando la Ley de Contrato de Trabajo, LCT, el cuarto día hábil del mes de julio. Publicamos la planilla Excel para liquidar el aguinaldo correspondiente al 1er. semestre del 2012.

Si bien nuestra ejemplo esta basado en la liquidaciones por econoblog.com.ar publicadas en el semestre desde enero a junio de 2012 para los Empleados de de Comercio encuadrados dentro del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, la mis sirve para cualquier otro convenio modificando o quitando lo que corresponde a la Suma No Remunerativa pagada específicamente en este gremio según el acuerdo salarial firmado el día 24 de mayo de 2012 y homologado en el Ministerio de Trabajo bajo el Nº 829/2012.

Informamos que de acuerdo a lo estipula en el articulo 3, segundo párrafo del acuerdo antes mencionado, el aguinaldo se deberá pagar de la misma manera que el anterior acuerdo de junio 2011.

O sea, las sumas no remunerativas que surgen del 15% abonado a partir de mayo de 2012 será proporcional. Es decir que representa el 16.67% del aumento en esta oportunidad. Por que no establece nada en relación al próximo incremento del 9% a pagase en noviembre se deduce que en diciembre corresponderá pagarlo al 50%.

Como ya dijimos anteriormente para el pago de este aguinaldo se deberán tener en cuenta los recibos de cobro desde enero a junio de 2012, ambos meses incluidos, y comparar el mejor mes  y dividirlo por dos siempre y cuando el periodo sea trabajado completo, los seis meses. No interesa la jornada que estén los seis meses.

El ejemplo planteado muestra a un Empleado de Comercio de categoría Administrativo “A” con tres años de antigüedad, pero se puede utilizar para cualquier otro caso e inclusive otro gremio.

Tener en cuenta que la planilla del ejemplo muestra trabajador que haya trabajado meses completos, desde enero a junio de 2012. En el caso que por cuestiones de licencias no pagas gozadas sin goce de haberes, o no remunerativas como son las de Maternidad, Aseguradora de Riesgo del Trabajo, ART, (lo paga la ART juntamente con el sueldo), o bien que haya ingresado posterior al mes de enero de 2012, la liquidación será diferente: Mejor sueldo percibido (siempre durante enero a junio, meses trabajados) divido dos por la cantidad de días trabajados dividido 180, de esta forma te da el importe a poner en la parte superior de la planilla, luego se realizan los descuentos.

En nuestro ejemplo pusimos los casos prácticos que liquidamos durante el semestre, realizado sobre la base de un empleado de comercio categoría Administrativo A con 3 (tres) años de antigüedad en la empresa, sueldo compuesto por básico, antigüedad, presentismo. Por un lado la parte remunerativa y por el otro la No Remunerativa.

Un poco mas abajo de la planilla donde figuran los totales cobrado desde enero a junio realizo un ejemplo de un trabajador que gozo su licencia de vacaciones del año 2011 de 14 días desde el 27 de febrero hasta el 11 de marzo inclusive, pro lo que cobro en febrero 11 días de marzo, el aguinaldo se debe prorratear  los días de febrero en febrero y los de marzo en marzo, tal cual muestro la planilla y no tomando el mes de febrero que por cobrar días de marzo cobra más.

Esta liquidación de aguinaldo no es tan sencilla pero recordá que no es imposible, solamente hay que modificar algunas celdas.

Lo más importante bajar la planilla Excel a la computadora, tener a mano los seis recibos de sueldo desde enero a junio de 2012 y en la parte donde figuran los meses comenzando desde la celda I20 coloca los importes de tu recibo por un lado Remunerativos y por el otro los No Remunerativos, compara el mejor mes si es Junio y de Empleado de Comercio,  el cálculo se hace sólo. De lo contrario, si tu mejor mes no es junio  de 2012, busca el mejor y dividirlo por dos y colócalo en la celda: O20. Siempre se suman ambos Remunerativos y o Remunerativos para buscar el mejor mes y no uno por cada lado.

Quedamos a la espera de tu comentario o duda para saber como te resulta esta planilla.

Bajar Planilla Excel Liquidación Aguinaldo 1er. SAC de 2012.

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22 comentarios en “Planilla Excel para Liquidar Aguinaldo 1er. SAC 2012”

  1. Hola, Graciela existe alguna diferencia entre el recibo de sueldo del mes de julio 2012 y el mes de agosto en los empleados de comercio?. Creería que no. Espero tu respuesta, muchas gracias

  2. Graciela.tengo una empleada de comercio Adm.B ,media jornada de lunes a viernes,estaba en OSECAC,pasó a OSPRERA,no está afiliada al sindicato.Como tengo q´liquidarle el recibo sueldo?
    Muchas gracias.

    1. MARIA MARTA

      El recibo igualpones obra social y haces los descuentos lo que tenes que cambiar es en Mi Simplificación y Liquidaciones online o Siap y poner el codigo de la obra social OSPRERA

  3. trabaje 13 dias de junio, con un basico de $5000, cobre $2166 de junio y $66 de aguinaldo el cual me parecio poco, que cuenta tengo que hacer para saber cuanto cobrar realmente??

  4. Hola, queria consultar como hago para calcular el proporcional de aguinaldo que tiene que cobrar una emplada en negro?. Ella cobra una parte en blanco y el resto para llegar al monto acordado en negro y necesito sacar el aguinaldo de esa parte que cobra en negro.
    Aguardo respuesta , gracias.

    1. Lucia

      La proporción es siempre igual, vos tenes que sumar parte en blanco y parte en negro y determinar el mejor mes cobrado y allí tomas la parte en blanco que realmente corresponde observando el mejor sueldo (en blanco) lo liquidas en el recibo y la diferencia (mejor sueldo sumand ambos) y se lo pagas en negro Quiero que me confirmes si lo entendiste?

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