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Nueva tabla de impuesto a las ganancias 4ta.categoría

El senado aprobó y sancionó por unanimidad la Ley de reformas en ganancias cuarta categoría, que eleva el mínimo no imponible del impuesto a las ganancias para los trabajadores en relación de dependencia. Según el texto sancionado, la base a partir de la cual se tributará el impuesto a las Ganancias se estableció en $ 3346.- de ingresos mensuales netos para los trabajadores solteros y $ 4577.- para los casados y con dos hijos. La iniciativa completa, además, la exención en la aplicación de la denominada «tablita de Machinea» a los trabajadores con ingresos anuales inferiores a los $91.000.-. También se incrementan las deducciones en las cargas de familia. Nuevos montos: CONCEPTO ANTES AHORA Deducción Especial $ 28.500.- $ 36.000.- […]

El senado aprobó y sancionó por unanimidad la Ley de reformas en ganancias cuarta categoría, que eleva el mínimo no imponible del impuesto a las ganancias para los trabajadores en relación de dependencia.

Según el texto sancionado, la base a partir de la cual se tributará el impuesto a las Ganancias se estableció en $ 3346.- de ingresos mensuales netos para los trabajadores solteros y $ 4577.- para los casados y con dos hijos.

La iniciativa completa, además, la exención en la aplicación de la denominada «tablita de Machinea» a los trabajadores con ingresos anuales inferiores a los $91.000.-. También se incrementan las deducciones en las cargas de familia.

Nuevos montos:

CONCEPTO ANTES AHORA
Deducción Especial $ 28.500.- $ 36.000.-
cónyuge $   6.000.- $   8.000.-
Hijos $   3.000.-  $  4.000.-
Otro familiar a cargo $   3.000.- $   3.000.-

EJEMPLOS

Un soltero con un sueldo neto mensual de $ 6.000.-

Total sueldo anual $ 78.000.-

Pago de Ganancias anual  Antes    $  9.444.-      Ahora  $  5.235.-      Gana $ 4.209.- + anuales

Un casado con sueldo neto mensual de $ 6.000.-

Total sueldo anual    $78.000.-

Pago de Ganancias anual  Antes    $  7.512.-      Ahora  $  2.090.-      Gana $ 5.422.- + anuales

Según el nivel de ingresos se puede deducir el total de estos gastos o solo una parte:

Según los ingresos anuales se deduce:

Ingresos Anuales  $ hasta $ Porcentaje
$          0.00 $    91.000.-     100   %
$      91.000.- $   130.000.-       50   %
$    130.000.- $   195.000.-        30  %
$     195.000.- $   221.000.-        10%
$     221.000.-  en adelante        0  %

La Nación       23/08/2007

200 comentarios en “Nueva tabla de impuesto a las ganancias 4ta.categoría”

  1. BUEN DIA, MI EMPLEADOR ADEMAS DE COMPUTAR MI SUELDO Y AGUINALDO PARA EL DESCUENTO DE LOS IMPUESTO A LAS GANANCIAS, SUMA UN ADICIONAL DENOMINADO sefho (servicio fuera De horario)QUE SE PERCIBE EN CASO DE EFECTUAR INSPECCIONES FUERA DE LA SEDE Y HORARIO. SI NOP SE REALIZANO SE PERCIBE. ES LEGAL COMPUTAR ESTA PERCEPCIÒN?
    GRACIAS

  2. hola Fernanda:

    El tope sería $ 3.346.- pero eso es un ejemplo. Tenes que tener en cuenta tu sueldo menos los aportes de jubilación, obra social, sindicato, seguro de vida, etc. y descontarle los $ 3000.- deduc. especial y $ 333.33 por cada hijo, ese es tu tope.
    gracias

  3. Si no estoy casada legalmente pero viviendo en pareja y con dos hijos a cargo, en cual tope entro, en el de casada ( $ 4.577 ) o en el de soltera ( $ 3.346 )???

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