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Nueva tabla de impuesto a las ganancias 4ta.categoría

El senado aprobó y sancionó por unanimidad la Ley de reformas en ganancias cuarta categoría, que eleva el mínimo no imponible del impuesto a las ganancias para los trabajadores en relación de dependencia. Según el texto sancionado, la base a partir de la cual se tributará el impuesto a las Ganancias se estableció en $ 3346.- de ingresos mensuales netos para los trabajadores solteros y $ 4577.- para los casados y con dos hijos. La iniciativa completa, además, la exención en la aplicación de la denominada «tablita de Machinea» a los trabajadores con ingresos anuales inferiores a los $91.000.-. También se incrementan las deducciones en las cargas de familia. Nuevos montos: CONCEPTO ANTES AHORA Deducción Especial $ 28.500.- $ 36.000.- […]

El senado aprobó y sancionó por unanimidad la Ley de reformas en ganancias cuarta categoría, que eleva el mínimo no imponible del impuesto a las ganancias para los trabajadores en relación de dependencia.

Según el texto sancionado, la base a partir de la cual se tributará el impuesto a las Ganancias se estableció en $ 3346.- de ingresos mensuales netos para los trabajadores solteros y $ 4577.- para los casados y con dos hijos.

La iniciativa completa, además, la exención en la aplicación de la denominada «tablita de Machinea» a los trabajadores con ingresos anuales inferiores a los $91.000.-. También se incrementan las deducciones en las cargas de familia.

Nuevos montos:

CONCEPTO ANTES AHORA
Deducción Especial $ 28.500.- $ 36.000.-
cónyuge $   6.000.- $   8.000.-
Hijos $   3.000.-  $  4.000.-
Otro familiar a cargo $   3.000.- $   3.000.-

EJEMPLOS

Un soltero con un sueldo neto mensual de $ 6.000.-

Total sueldo anual $ 78.000.-

Pago de Ganancias anual  Antes    $  9.444.-      Ahora  $  5.235.-      Gana $ 4.209.- + anuales

Un casado con sueldo neto mensual de $ 6.000.-

Total sueldo anual    $78.000.-

Pago de Ganancias anual  Antes    $  7.512.-      Ahora  $  2.090.-      Gana $ 5.422.- + anuales

Según el nivel de ingresos se puede deducir el total de estos gastos o solo una parte:

Según los ingresos anuales se deduce:

Ingresos Anuales  $ hasta $ Porcentaje
$          0.00 $    91.000.-     100   %
$      91.000.- $   130.000.-       50   %
$    130.000.- $   195.000.-        30  %
$     195.000.- $   221.000.-        10%
$     221.000.-  en adelante        0  %

La Nación       23/08/2007

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200 comentarios en “Nueva tabla de impuesto a las ganancias 4ta.categoría”

  1. consulta

    DESDE CUANDO OPERA LAS MODIFICACIONES DE LA RESOLUCION GENERAL 2437, PORQUE VEO EN LA NORMATIVA DE LA AFIP CONCEPTOS NO CLAROS, POR UN LADO SE PRESENTA QUE LAS MODIFICACIONES DE LAS TABLAS OPERARIAN SOBRE LOS HABERES DE SETIEMBRE DEL CORRIENTE, PERO DESPUES PRESENTAN LAS TABLAS CON LOS IMPORTES ACUMULADOS DESDE OCTUBRE.

    REF.www.afip.gov.ar/genericos/novedades/impuestoGanancias.asp

    GRACIAS
    JOSE LUIS.

  2. JUAN PABLO COLOMBO

    PORQUE SE INCREMETO LA TABLA DE GANANCIAS TRES VECEZ EN ESTE AÑO Y LOS SALARIOS UNA SOLA VEZ? NO SERA QUE HAY INFLACION?, ESTA BIEN QUE LA GENTE QUE GANA MAS PAGUE MENOS QUE ANTES Y QUE LOS QUE GANAN MENOS (QUE NI SIQUIERA LLEGAN A TENER LA OBLIGACION DE GANANCIA)SIGAN PAGANDO LOS MISMOS IMPUESTOS, COMO SER UN IVA DE 21% DIRECTO SOBRE CASI TOSDOS LOS PRODUCTOS? PORQUE LA GENTE QUE GANA MAS NO SUBSIDIA CON GANANCIAS AL QUE GANA MENOS QUE LA CANASTA FAMILIAR( DE 5000 SEGUN MIS CALCULOS, NO LOS DEL INDEC). GRACIAS KK!!

  3. Cuales son las deducciones especiales que se pueden presentar para reducir el impuesto a las ganancias?

  4. no es mi caso, por ser docente mi sueldo llega a ser categoria pobre, pero seguimos con la tonica de seguir manteniendo con impuestos extorsivos a la gran cantidad de politicos parasitos que tenemos en el pais.

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