El senado aprobó y sancionó por unanimidad la Ley de reformas en ganancias cuarta categoría, que eleva el mínimo no imponible del impuesto a las ganancias para los trabajadores en relación de dependencia.
Según el texto sancionado, la base a partir de la cual se tributará el impuesto a las Ganancias se estableció en $ 3346.- de ingresos mensuales netos para los trabajadores solteros y $ 4577.- para los casados y con dos hijos.
La iniciativa completa, además, la exención en la aplicación de la denominada «tablita de Machinea» a los trabajadores con ingresos anuales inferiores a los $91.000.-. También se incrementan las deducciones en las cargas de familia.
Nuevos montos:
CONCEPTO | ANTES | AHORA |
Deducción Especial | $ 28.500.- | $ 36.000.- |
cónyuge | $ 6.000.- | $ 8.000.- |
Hijos | $ 3.000.- | $ 4.000.- |
Otro familiar a cargo | $ 3.000.- | $ 3.000.- |
EJEMPLOS
Un soltero con un sueldo neto mensual de $ 6.000.-
Total sueldo anual $ 78.000.-
Pago de Ganancias anual Antes $ 9.444.- Ahora $ 5.235.- Gana $ 4.209.- + anuales
Un casado con sueldo neto mensual de $ 6.000.-
Total sueldo anual $78.000.-
Pago de Ganancias anual Antes $ 7.512.- Ahora $ 2.090.- Gana $ 5.422.- + anuales
Según el nivel de ingresos se puede deducir el total de estos gastos o solo una parte:
Según los ingresos anuales se deduce:
Ingresos Anuales $ | hasta $ | Porcentaje |
$ 0.00 | $ 91.000.- | 100 % |
$ 91.000.- | $ 130.000.- | 50 % |
$ 130.000.- | $ 195.000.- | 30 % |
$ 195.000.- | $ 221.000.- | 10% |
$ 221.000.- | en adelante | 0 % |
La Nación 23/08/2007
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Graciela, gracias por la respuesta sobre la obligatoriedad o no de presentar comprobantes. Al final decis, pero si la emrpresa lo pide??? O sea, sin ser obligación de mi parte, a lo sumo lo que puede aludir la empresa es que si no los presento, no me va a tomar como validas las deducciones supongo. Digamos que yo puedo negarme a riesgo que las deducciones sean ignoradas por quien liquida.
Es correcta mi apreciación?
Hola Jose Luis:
Corresponde hasta 130.000.- se deduce el 50%
gracias
Graciela, es $120000.- o $130000.- para dejar de estar en el 50%, yo ya llevo $115000.- estoy en el 50% de deduxxión a tomar, per me falta el aguinaldo, y seguro que me paso tipo a $122000.- O sea corresponderá el 50 o 30%…Por favor decime una buena noticia. Gracias josell.at.argentina.com
Hola Martin:
En realidad no corresponde presentar certificados vos sos el responsable de lo que declaras pero si la empresa lo pide???
Hola, queria hacer una consulta. Hasta donde es obligacion mia presentar en la empresa donde trabajo comprobantes respaldatorios de lo que declaro en el F572? La empresa donde estoy ahora, reclama la presentacion de estos pero siendo el F572 una DDJJ me los pueden exigir? Obviamente mi duda se refiere a que algunos comprobantes no los tengo a pesar de tener algunas cosas declaradas…