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Jubilados: ¿Cómo Hacer el Poder para Trámites en ANSES y Cobro de Prestación?

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, informó que los Jubilados y Pensionados pueden otorgar un poder a una persona física o a una entidad bancaria tanto para hacer los trámites ante el organismo o para cobrar el beneficio previsional. El requisito más importante y fundamental es de que el apoderado sea mayor de 18 años y esté emancipado, y ambos,  representante y titular se deben acercar y presentar en la delegación de ANSES más cercana a su domicilio el DNI más el formulario Carta Poder, que es el P.S. 6.4. Los jubilados y pensionados podrán otorgar un poder a una persona física o entidad bancaria para el cobro de haberes, dicho trámite se debe hacer de forma personal, […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, informó que los Jubilados y Pensionados pueden otorgar un poder a una persona física o a una entidad bancaria tanto para hacer los trámites ante el organismo o para cobrar el beneficio previsional. El requisito más importante y fundamental es de que el apoderado sea mayor de 18 años y esté emancipado, y ambos,  representante y titular se deben acercar y presentar en la delegación de ANSES más cercana a su domicilio el DNI más el formulario Carta Poder, que es el P.S. 6.4.

Los jubilados y pensionados podrán otorgar un poder a una persona física o entidad bancaria para el cobro de haberes, dicho trámite se debe hacer de forma personal, titular acompañado del apoderado ante cualquier delegación de ANSES, llevando el respectivo DNI de ambos y  el formulario Carta Poder, que es el P.S. 6.4.

El poder a una persona física puede otorgárselo a su cónyuge o pariente por consanguinidad, director o administrador de hospitales, sanatorios o asilos, ya sean públicos o privados, o sea al funcionario de estos establecimientos en los que el beneficiario se encuentre internado o cualquier persona hábil si el beneficiario acredita mediante certificado médico que se encuentra imposibilitado para movilizarse.

Solamente para las casos de gestión de trámites, podrá contarse con un abogado o procurador.

En los casos en que el jubilado y/o pensionado no se pueda trasladar hasta ANSES, el futuro apoderado podrá pedir el formulario en la delegación y solicitar a la autoridad policial que presencie la firma y certifique el otorgamiento del poder. Después, el apoderado deberá presentarse nuevamente ante las autoridades del organismo previsional para finalizar el trámite, y firmar el formulario frente al funcionario de ANSES.

En los casos en que  el jubilado o pensionado deberá elegir una entidad bancaria para percibir sus haberes, esta deberá completar, por triplicado, el formulario de Poder de ANSES. Una vez que el banco lo complete, el beneficiario lo presentará ante una delegación del organismo previsional para su aceptación y firma, devolviendo uno al banco para asentar la oficialización del trámite.

El titular deberá dirigirse a ANSES, presentando su DNI y el formulario Carta Poder debidamente cumplimentado por separado.

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189 comentarios en “Jubilados: ¿Cómo Hacer el Poder para Trámites en ANSES y Cobro de Prestación?”

  1. hola yo soy concuvina de una persona q esta enferma internado en el hospital italaino yo tengo en mi poder el certificado medico mas el certificado de convivencia i 3 testigos puedo ir a cobrarle el sueldo al banco con estos papeles?

    1. maria elsa

      Si no sos la apoderada no te lo van a pagar en el banco, pero podes consultar que necesitas para cobrarlo. seguro te van mandar a ANSES para asesorarte

  2. Hola mi papa esta internado y le salio la jubilacion quisiera saver como ago para ser apoderada de el. Y si el tiene que estar conciente y si puede firmar con la huella xq no mueve sus brazos. Muchas gracias espero su respuesta

    1. melina

      Pedi al medico una constancia como que esta internado y anda a ANSES averigua como podes hacer el poder si el no esta o por lo menos poder cobrar

  3. buenos dias, mi mama esta interanda en terapia intensiva, ella tiene pension madre de 7 hijos, me podrias decir como podria hacer mi papa para cobrarselo? muchas gracias

    1. leticia

      Deberían haber echo el poder, ahora que averigue en el banco o en el ministerio de Desarrollo Social como puede hacer

  4. En la Carta Poder, siendo cuñada del titular q me otorga poder, debo colocar cruz en:
    OTORGA PODER PARA TRAMITAR?
    O PARA PERCIBIR?
    Muchas gracias.

  5. POR FAVOR!! … Mi madre está internada en condiciones críticas y nunca me hice un poder y necesito saber que debo hacer para cobrarle la pensón y jubilación que tiene en el Superville GRACIAS!!

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