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Jubilados: ¿Cómo Hacer el Poder para Trámites en ANSES y Cobro de Prestación?

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, informó que los Jubilados y Pensionados pueden otorgar un poder a una persona física o a una entidad bancaria tanto para hacer los trámites ante el organismo o para cobrar el beneficio previsional. El requisito más importante y fundamental es de que el apoderado sea mayor de 18 años y esté emancipado, y ambos,  representante y titular se deben acercar y presentar en la delegación de ANSES más cercana a su domicilio el DNI más el formulario Carta Poder, que es el P.S. 6.4. Los jubilados y pensionados podrán otorgar un poder a una persona física o entidad bancaria para el cobro de haberes, dicho trámite se debe hacer de forma personal, […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, informó que los Jubilados y Pensionados pueden otorgar un poder a una persona física o a una entidad bancaria tanto para hacer los trámites ante el organismo o para cobrar el beneficio previsional. El requisito más importante y fundamental es de que el apoderado sea mayor de 18 años y esté emancipado, y ambos,  representante y titular se deben acercar y presentar en la delegación de ANSES más cercana a su domicilio el DNI más el formulario Carta Poder, que es el P.S. 6.4.

Los jubilados y pensionados podrán otorgar un poder a una persona física o entidad bancaria para el cobro de haberes, dicho trámite se debe hacer de forma personal, titular acompañado del apoderado ante cualquier delegación de ANSES, llevando el respectivo DNI de ambos y  el formulario Carta Poder, que es el P.S. 6.4.

El poder a una persona física puede otorgárselo a su cónyuge o pariente por consanguinidad, director o administrador de hospitales, sanatorios o asilos, ya sean públicos o privados, o sea al funcionario de estos establecimientos en los que el beneficiario se encuentre internado o cualquier persona hábil si el beneficiario acredita mediante certificado médico que se encuentra imposibilitado para movilizarse.

Solamente para las casos de gestión de trámites, podrá contarse con un abogado o procurador.

En los casos en que el jubilado y/o pensionado no se pueda trasladar hasta ANSES, el futuro apoderado podrá pedir el formulario en la delegación y solicitar a la autoridad policial que presencie la firma y certifique el otorgamiento del poder. Después, el apoderado deberá presentarse nuevamente ante las autoridades del organismo previsional para finalizar el trámite, y firmar el formulario frente al funcionario de ANSES.

En los casos en que  el jubilado o pensionado deberá elegir una entidad bancaria para percibir sus haberes, esta deberá completar, por triplicado, el formulario de Poder de ANSES. Una vez que el banco lo complete, el beneficiario lo presentará ante una delegación del organismo previsional para su aceptación y firma, devolviendo uno al banco para asentar la oficialización del trámite.

El titular deberá dirigirse a ANSES, presentando su DNI y el formulario Carta Poder debidamente cumplimentado por separado.

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189 comentarios en “Jubilados: ¿Cómo Hacer el Poder para Trámites en ANSES y Cobro de Prestación?”

  1. Consultas:

    1)Saqué un turno en Anses para la jubilación y en vez de asignarlo a la sede mas cercana al domicilio (martinez), me lo dieron para tigre. No se puede elegir opción…. es normal o hay algo mal? el 130 no responde y no encuentro ningún mail para consultar.

    2) la ley para la jubilación normal (en el formulario F.558/A es la Ley 24476?

    3) En el F.558/A me figura deuda de aportes/INSSJP (capital e intereses). Yo tengo el aporte de Autónomos en débito de una tarjeta, con lo cual siempre la página va a ver el último período como adeudado porque el pago por DA entra mas tarde… días desp del vencimiento, hasta q el banco lo notifica. Puedo llevar algún resumen de la tarjeta para demostrarlo y q no me lo cobren?

    4) de los aportes bajo relación de dependencia(anteriores, ahora soy Autónomo) tengo q llevar algún comprobante, pasaron muchos años y no se si tengo todos.

  2. hola necesitaria el numero de beneficiaria para las consultas medicas,,,que operacion tengo que hacer en el cajero ya que cobro con tarjeta,,gracias

  3. Debo hacer el tramite de futura apoderada de mi madre, el formulario que mencionan P.S 6.4 donde lo tengo que retirar.
    Y a que numero debo llamar para pedir turno e ir con ella a Anses y hacer el tramite.

  4. Buenas tardes, quería saber como hacer el tramite para ser apoderado de mi papá y asi de esa manera realizar el pedido de los medicamentos correspondientes y el cobro de mes ya que mi papá se encuentra internado y no puede acercarse conmigo a ninguna delegación, se puede hacer algo en casos puntuales? muchas gracias.

  5. Hola, necesito tramitarle la jubilacion al padre de un amigo que me pidio si se la podia tramitar. Necesitaria que me expliquen un poco, con la carta de poder P.S 6.4 ya puedo hacer los tramites? tengo 20 años.

    saludos, espero su respuesta gracias

    1. Federico el tramite ahora es personal pero podes acompañarlo y hacer el tramite con el y seguimiento por la WEb, sacale turno para moratoria sin aportes y junta toda la documentación, pedi una sabana de aportes en ANSES para ver si tiene algunos aportes. Saca la clave Fiscal de la AFIP, por las dudas y pedi la clave de la seguridad social de ANSES, así te resulta mas sencillo seguir los pasos por Intenret.
      Te paso varios link para que mires y cualquier cosa volve a preguntarme suerte
      http://www.econoblog.com.ar/34537/pedir-turno-en-anses-por-internet-www-anses-gob-ar/

      http://www.econoblog.com.ar/24307/requisitos-para-iniciar-la-moratoria-para-una-jubilarme-sin-aportes/

      http://www.econoblog.com.ar/25065/impedimentos-para-jubilarse-sin-aportes-con-la-moratoria-de-la-anses/

      http://www.econoblog.com.ar/25380/sacar-turno-en-anses-por-internet-para-jubilarse-sin-aportes-con-la-moratoria/

      http://www.econoblog.com.ar/24641/como-sacar-la-clave-de-la-seguridad-de-anses-por-internet-www-anses-gob-ar/

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