Cuaderno con el logo de la Anses

Jubilados: ¿Cómo Hacer el Poder para Trámites en ANSES y Cobro de Prestación?

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, informó que los Jubilados y Pensionados pueden otorgar un poder a una persona física o a una entidad bancaria tanto para hacer los trámites ante el organismo o para cobrar el beneficio previsional. El requisito más importante y fundamental es de que el apoderado sea mayor de 18 años y esté emancipado, y ambos,  representante y titular se deben acercar y presentar en la delegación de ANSES más cercana a su domicilio el DNI más el formulario Carta Poder, que es el P.S. 6.4. Los jubilados y pensionados podrán otorgar un poder a una persona física o entidad bancaria para el cobro de haberes, dicho trámite se debe hacer de forma personal, […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, informó que los Jubilados y Pensionados pueden otorgar un poder a una persona física o a una entidad bancaria tanto para hacer los trámites ante el organismo o para cobrar el beneficio previsional. El requisito más importante y fundamental es de que el apoderado sea mayor de 18 años y esté emancipado, y ambos,  representante y titular se deben acercar y presentar en la delegación de ANSES más cercana a su domicilio el DNI más el formulario Carta Poder, que es el P.S. 6.4.

Los jubilados y pensionados podrán otorgar un poder a una persona física o entidad bancaria para el cobro de haberes, dicho trámite se debe hacer de forma personal, titular acompañado del apoderado ante cualquier delegación de ANSES, llevando el respectivo DNI de ambos y  el formulario Carta Poder, que es el P.S. 6.4.

El poder a una persona física puede otorgárselo a su cónyuge o pariente por consanguinidad, director o administrador de hospitales, sanatorios o asilos, ya sean públicos o privados, o sea al funcionario de estos establecimientos en los que el beneficiario se encuentre internado o cualquier persona hábil si el beneficiario acredita mediante certificado médico que se encuentra imposibilitado para movilizarse.

Solamente para las casos de gestión de trámites, podrá contarse con un abogado o procurador.

En los casos en que el jubilado y/o pensionado no se pueda trasladar hasta ANSES, el futuro apoderado podrá pedir el formulario en la delegación y solicitar a la autoridad policial que presencie la firma y certifique el otorgamiento del poder. Después, el apoderado deberá presentarse nuevamente ante las autoridades del organismo previsional para finalizar el trámite, y firmar el formulario frente al funcionario de ANSES.

En los casos en que  el jubilado o pensionado deberá elegir una entidad bancaria para percibir sus haberes, esta deberá completar, por triplicado, el formulario de Poder de ANSES. Una vez que el banco lo complete, el beneficiario lo presentará ante una delegación del organismo previsional para su aceptación y firma, devolviendo uno al banco para asentar la oficialización del trámite.

El titular deberá dirigirse a ANSES, presentando su DNI y el formulario Carta Poder debidamente cumplimentado por separado.

Seguinos

189 comentarios en “Jubilados: ¿Cómo Hacer el Poder para Trámites en ANSES y Cobro de Prestación?”

  1. Mi consulta es la siguiente Yo siendo apoderada de la cuenta de mi padre, en la cual cobra la pensión de mi madre fallecida. Puedo cobrar con mi dni sin necesidad de presnetar el del titular de la cuenta?! O tengo que presentar mi dni junto con el del titular de la cuenta o sea el de mi padre

  2. Buenas noches. Lo de apoderado ya me quedo claro y el viernes me acercare a una udai a realizarlo. La pregunta es. Mi papa fallecio el 24/12/2015. Y no tenemos la.libreta de matrimomio ( se casaron en bahia blanca Prov. De Bs As), se puede gestionar la pension igual o si o si me van a requerir eso.
    Muchas gracias

  3. Hola, soy apoderado de mi madre y hasta ahora no fue necesario utilizar mi poder. AHora mi madre esta mal de salud como para asistir al banco, como apoderado puedo cobrar su jubilacion, necestio un certificado de supervivencia ? si esto es asi, donde lo obtengo ? Gracias

  4. tengo un tio de mi esposo grave en la casa de galicia que documentacion necesito para poder cobrar su jubilacion el es soltero y no tiene hijos

  5. Hola mi papa es paciente Oncológico y esta internado hace 10dias en el hospital .quiere cobrar su jubilación pero está muy delicado para trasladarse.como puedo hacer? Que certificado me tiene que dar el hospital y que debo hacer en el anses

    1. Yanina Si no tiene apoderado se complica pedí certificado medico y lleva partida nacimiento tuya para demostrar que sos la hija y fijate que solución te pueden dar ellos

Los comentarios están cerrados.