El Gobierno Nacional a través del Decreto Nº 1.668/2012 publicado hoy en el Boletín Oficial, estableció una nueva modalidad en el sistema del Régimen de las Asignaciones Familiares que contempla la Ley Nº 24.714, que paga la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. Precisando el límite de ingresos mínimo y máximo aplicable a los beneficiarios, el cual, será de $ 200.- y $ 14.000.- respectivamente.
A partir de septiembre de 2012 se modifica el esquema por el cual cobran las Asignaciones Familiares los trabajadores en relación de dependencia. El límite de ingresos mínimo y máximo aplicable a los beneficiarios, será de $ 200 y $ 14.000 respectivamente.
Se establece un Ingreso General Familiar, IGF, en reemplazo de los topes salariales. desde ahora cuando uno de los integrantes del grupo familiar, sea madre o padre supere los $7.000.-, dicho grupo queda excluido del cobro de las Asignaciones Familiares, aún en el caso de que la suma de los ingresos no supere el tope máximo de los $14.000.-
El pago de la Asignación por Hijo con Discapacidad y la Asignación por Maternidad, que cobra la trabajadora embarazada, no tienen tope alguno.
Trabajadores del sector Público Nacional comenzarán a percibir las Asignaciones Familiares establecidas para los trabajadores en forma directa a través de la ANSES.
Debiendo la Jefatura de Gabinete de Ministros reasignar las partidas presupuestarias correspondientes para atender las obligaciones previstas en el presente decreto.
El Decreto que lleva la firma de Cristina Fernández de Kirchner, Presidenta de los argentinos, Juan M. Abal Medina, Jefe de Gabinete, y Carlos A. Tomada, Ministro de Trabajo, comenzará a regir para las Asignaciones Familiares devengadas en el mes de septiembre de 2012, en tanto las previsiones sobre el personal en relación de dependencia comenzarán a regir a partir de las asignaciones familiares devengadas en el mes de enero de 2013.
Montos de las Asignaciones familiares para los Trabajadores en Relación de Dependencia Registrados y para los Beneficiarios de las Aseguradoras de Riesgo del Trabajo, ART, a partir de Septiembre de 2012:
Asignaciones Familiares – Tabla y Montos Vigentes a partir de Septiembre de 2012 | |||||
Asignaciones Familiares | Valor General | Zona 1 | Zona 2 | Zona 3 | Zona 4 |
Asignación por Hijo | |||||
IGF entre $ 200.- y $ 3.200.- | $ 340.- | $ 340.- | $ 733.- | $ 680.- | $ 733.- |
IGF entre $ 3.201.- y $ 4.400.- | $ 250.- | $ 331.- | $ 497.- | $ 662.- | $ 662.- |
IGF entre $ 4.401.- y $ 6.000.- | $ 160.- | $ 318.- | $ 477.- | $ 635.- | $ 635.- |
IGF entre $ 6.001.- y $ 14.000.- | $ 90.- | $ 179.- | $ 269.- | $ 357.- | $ 357.- |
Asignación por Prenatal | |||||
IGF entre $ 200.- y $ 3.200.- | $ 340.- | $ 340.- | $ 733.- | $ 680.- | $ 733.- |
IGF entre $ 3.201.- y $ 4.400.- | $ 250.- | $ 331.- | $ 497.- | $ 662.- | $ 662.- |
IGF entre $ 4.401.- y $ 6.000.- | $ 160.- | $ 318.- | $ 477.- | $ 635.- | $ 635.- |
IGF entre $ 6.001.- y $ 14.000.- | $ 90.- | $ 179.- | $ 269.- | $ 357.- | $ 357.- |
Asignación por Hijo con Discapacidad | |||||
IGF hasta $ 3.200.- | $ 1.200.- | $ 1.200.- | $ 1.800.- | $ 2.400.- | $ 2.400.- |
IGF entre $ 3.201.- y $ 4.400.- | $ 900.- | $ 1.200.- | $ 1.800.- | $ 2.400.- | $ 2.400.- |
IGF superior a $ 4.401.- | $ 600.- | $ 1.200.- | $ 1.800.- | $ 2.400.- | $ 2.400.- |
Asignación por Ayuda Escolar Anual | |||||
IGF entre $ 200.- y $ 14.000.- | $ 170.- | $ 340.- | $ 510.- | $ 680.- | $ 680.- |
Asignación por Ayuda Escolar Anual para Hijo Discapacitado | |||||
Sin Tope de IGF | $ 170.- | $ 340.- | $ 510.- | $ 680.- | $ 680.- |
Asignación por Maternidad | |||||
Sin Tope de IGF | Remuneración Bruta | ||||
Asignación por Nacimiento | |||||
IGF entre $ 200.- y $ 14.000.- | $ 600.- | $ 600.- | $ 600.- | $ 600.- | $ 600.- |
Asignación por Adopción | |||||
IGF entre $ 200.- y $ 14.000.- | $ 3.600.- | $ 3.600.- | $ 3.600.- | $ 3.600.- | $ 3.600.- |
Asignación por Matrimonio | |||||
IGF entre $ 200.- y $ 14.000.- | $ 900.- | $ 900.- | $ 900.- | $ 900.- | $ 900.- |
IGF: Ingreso General Familiar, corresponde a ambos padres y es en reemplazo de los topes salariales anteriores, se tendrá en cuenta cuando uno de los integrantes del grupo familiar, supere los $7.000.-, dicho grupo quedará excluido del cobro de las Asignaciones Familiares, aún en el caso de que la suma de los ingresos no supere el tope máximo de los $14.000.-
Valor General: Se tiene en cuenta para todo el Territorio Nacional de la República Argentina, con excepción de las localidades comprendidas en las zonas 1, 2, 3 y 4.
Zona 1: Provincias de La Pampa, Río Negro y Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de los Andes); Departamento San Carlos (Distrito Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Venegas); Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano) en Mendoza; Orán (excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su ejido urbano) en Salta.
Zona 2: Provincia del Chubut.
Zona 3: Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera Catamarca); Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi (Jujuy); Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad de Tartagal y su tejido urbano en Salta.
Zona 4: Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
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O sea que si trabajan los 2 paders, en vez de un aumento es una REBAJA SUSTANCIAL en el cobro de las asignaciones.
Graciela, disculpa, que artículo me pasas ??
Geor
Perdón
http://www.econoblog.com.ar/5764/anses-cobro-de-las-asignaciones-familiares-2010-reformulacion-de-pago-suaf/comment-page-33/
http://www.econoblog.com.ar/580/suaf-obligaciones-de-los-trabajadores/
Graciela, o sea que el empleado no debe realizar ningun tramite adicional p/comenzar a percibir la AAFF x hijo si Anses cuenta con la información del titular y su grupo familiar registrados ??
Si no tuviera registrado en la Base de datos de Anses uno de los hijos recien nacido, que formulario deberia presentar en Anses p/ percibir la AAFF x hijo??
Como en este caso el empleador es una filial no tenemos acceso a Mi Simplificación sino q solo la central lo tiene x eso intentamos q el personal mantenga actualizados sus datos yendo a Anses
Geor
Te paso este articulo para que te guies, siempre Mi simplificacón tene que actualizar los datos. El trabajador debe hacer los trmaites en aNSES con copia a su empleador
Graciela, bs dias
En el caso de aquellos empleados q no venian percibiendo la AAFF x hijo porque superaban el tope pero ahora al aumentar éste si se encontrarian habiliatados a percibir la AAFF, deben realizar algun tramite en Anses p/ empezar a percibirla ??
Gracias !!
Geor
Si los datos no estan cargados en el sistema. Aparte el empleador tambien debe tener actualizado los datos e Mi Simplificación
de terror,lo unico que incrementa la presidenta son las palabras para confundir mas al pueblo, aumento topes de las asignaciones? $7000 no llega a la canasta familiar REAL, seria fantastico el aumento si el tope fuera sobre el neto como el impuesto a las ganancias, todo para su conveniencia.muchas gracias!!