La baja del Certificado de Transferencia del Automotor, CETA, en la respectiva página de la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, le corresponde al vendedor ya que este es parte de la documentación que debe entregar al momento de una venta, para que el comprador pueda terminar los trámites y ponerlo a su nombre. La persona que vende debe hacer el CETA con su Clave Unificada de Identificación Tributaria o Laboral, CUIT o CUIL, y “Clave Fiscal”, cuando la venta supera los $30.000.- en automotores y $8.000.- en motos.
Los pasos a seguir para dar una baja cuando se vende un automotor por un monto mayor a $30.000.- o una moto $8.000.- son los siguientes:
- Ingresar a la página de la AFIP, www.afip.gov.ar.
- Colocar el Nº CUIT y la “Clave Fiscal“, se necesita como mínimo de nivel 2. Si la persona no tiene la “Clave Fiscal” deberá concurrir a la AFIP con el DNI para tramitarla, dado que si bien esta se puede obtener por Internet, no alcanza el nivel de seguridad.
- Ingresar a través del servicio Administrador de relaciones. En caso que el usuario sea Administrador de relaciones de un tercero, en la siguiente pantalla deberá seleccionar para qué contribuyente desea habilitar el servicio.
- Seleccione la opción “Nueva relación”.
- Seleccione la opción “Buscar”.
- AFIP, opción Sistema Interactivo”.
- Seleccione “Transferencia de Bienes Muebles Registrables”. Recuerde que este servicio exige que el usuario tenga un mínimo Nivel 2 de seguridad.
- Seleccione la opción “Confirmar” y habilita el servicio.
- Se abrirá una nueva ventana con el F. 3283/E.
- Cierre todas las ventanas y vuelva a ingresar con su CUIT y Clave Fiscal, para que figure en el menú principal de su clave fiscal, el nuevo servicio habilitado.
Una vez que ya tiene el servicio de “Transferencia de Bienes Muebles Registrables” debidamente habilitado deberá ingresar los datos requeridos por el sistema e imprimir el correspondiente Certificado CETA.
Recuerde que al completarlo, usted esta comunicando a la AFIP, con carácter de declaración jurada, los siguientes datos de la operación:
- Identificación del vehículo indicando número de dominio, marca, modelo, tipo y fábrica.
- Monto de la transferencia.
- Identificación de los transferentes y de los adquirentes:
- Nombre y apellido o denominación.
- Clave Única de Identificación Tributaria, CUIT, o Clave Única de Identificación Laboral, CUIL.
- Porcentaje de dominio objeto de la transferencia.
- Una vez cargados todos los datos verificar que todos estén correctos y caso afirmativo “Confirmar” y luego “Aceptar”.
- El sistema le muestra en la pantalla el numero Asignado al “Certificado de Transferencia del Automotor”.
- Ya esta listo y lo puede “imprimir”
Es importante que sepa que el Código de Certificado es el que deberá consignar en el rubro “OBSERVACIONES” de la solicitud que corresponda ser presentada en la Seccional del Registro de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios:
- Formulario 08 – Contrato de Transferencia – Inscripción de Dominio.
- Formulario 15 – Cesión de Derechos
Hasta aquí todo bien, pero a veces no es tan sencillo y al intentar dar la baja surge algún inconveniente uno de los más comunes es la leyenda de: NO se encuentra registrado en RG2032 OTHERS.
La AFIP al ser consultada sobre el tema informó que, esto sucede cuando hay una concesionaria de automóvil que lo tiene dado de alta en el registro que tienen las concesionarias. Por lo que, si la persona entregó el automóvil en comisión a alguna concesionaria o bien compró el automóvil en una de ellas deberá comunicarse y realizar la consulta para ver si lo dieron de baja correctamente.
A veces sucede que existe diferencia entre el CETA y el Formulario 08 en cuanto al valor declarado pero todos los demás datos están bien y coinciden, datos del titular vendedor y CUIT o CUIL, datos del comprador y CUIT o CUIL y los datos del vehículo. En este caso el Registro del automotor no debería negarse a aceptarlo, ya que solamente existe una diferencia de valor y tendría que darlo como presentado.
Si se niegan se les debe presentar el trámite con una nota con copia la cual la deben firmar y entregarla nuevamente a la persona, solicitando se envíe en consulta a la Dirección Nacional de la Propiedad del automotor, con el fin de que autoricen la aprobación del formulario CETA.
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Hola: Necesito formularle una consulta. En el año 2012 compre un vehiculo usado a una consecionaria. Ahora lo vendi, pero cuando quiero generar el CETA, luego de ingresar el dominio, me sale:
» No se puede solicitar el Dominio: [nro de chapa]
se encuantra Activo en RG2032 PART »
Verifique y habilite correctamente el servicio “Transferencia de Bienes Muebles Registrables”.
En la AFIP me mandan de un escritorio a otro y nadie me soluciona el problema.
Sabe que podría hacer o si me referencia a algun articulo para poder solucionar este contratiempo?
Desde ya gracias.
Anibal: Te paso este articulo fijete de tener bien cargado el servicio Transferencia de Bienes muebles Registrables» hay otro que es para las concesionarias, fijate bien y luego comenta si te es de utilidad
http://www.econoblog.com.ar/10110/guia-para-obtener-el-certificado-ceta-por-internet/
Hola buenos dias hice la compra dé un vehiculo e, el cual el vendedor me hizo el ceta q mi nombre y tenia que hacerlo al de mi señora, no lo puedo contactar para que lo modifique, otra cosa el valor esta por debajo de los 30000 pesos que hago? Gracias
martin; si esta por debajo de los $30.000.- no necesitas CETA que tu señora vaya al registro y averigue la documentación a llevar y si no hace falta el CETA no te lo tiene que volver a hacer
Hola, yo vendi mi auto y ahora el comprador quiere q le realice otro formulario porq el lo va a vender y se ve q no hizo su transferencia, quiero saber si le puedo dar de baja porq si nadie hace las transferencias correspondientes (que parece algo habitual) van a seguir llamandome para pedirme el formulario.
laura
Vos cuando vendes un auto tenes que dar la baja en Renta y en el registro
parece que nunca fuiste a dar una baja de vehículo a Rentas, o a Arba. Te exijen requisitos imposibles, si el que te compra el auto piensa revenderlo, ni loco te va a acompañar dentro de los 30 días de firmado el boleto de compra.venta a firmar que te lo compró, que a su vez debe estar sellado en Banco Provincia, etc. Por favor no compliques, opiná para simplificar.
En los registros del Automotor es mucho mas sencillo.
Gustavo no le estoy diciendo que de la baja, solamente que cuando vende un auto debe hacer la denuncia de venta
Compre un auto a una empresa y cuando fui a trasferir resulta que el cuit de la empresa estaba bloqueado porque dejo de operar y no me dejan sacar el formulario ceta que se ase en estos casos
Hola, mi consulta es que hice la transferencia de un auto, en el 08 puse el valor al que lo compre y en el CETA figura por menos. Pero ambos siempre por encima del valor de la tabla fiscal del registro. Me rechazarán el tramite? Gracias.