La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, informa que se puede tramitar la contención o el subsidio por fallecimiento de un jubilado y/o pensionado por Internet o personalmente en una delegación del organismo. Los herederos o cualquier persona que comunique y acredite haberse echo cargo de los gastos del sepelio, presentado la factura respectiva, podrán tramitar este beneficio cuyo monto se fija en $1.800.-
La ANSES recuerda que ante el fallecimiento de los jubilados y pensionados, paga un Subsidio de Contención Familiar, a los herederos o a cualquier persona que comunique el fallecimiento del beneficiario y acredite haber abonado los gastos del sepelio con una factura a su nombre.
La acreditación para hacerse acreedor del beneficio se hace mediante la presentación de una factura extendida por la empresa funeraria que realizó el servicio, a nombre de la persona, para acceder al cobro de dicho subsidio.
El derecho prescribe dentro del plazo de 1 año, contado a partir de la fecha de fallecimiento del causante. El subsidio se puede tramitar presencialmente, con un turno previo o desde Internet.
Para realizar dicho trámite se requiere tener los datos acreditados en la base de registro de ANSES, y es muy importante que el Código Postal del domicilio se encuentre bien cargado, y contar con la “Clave de la Seguridad Social”.
Recordamos que este trámite solamente se realiza de manera personal en las delegaciones de ANSES o por Internet, previa obtención de un turno. No se hace por Correo Argentino.
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mi mama fallecio mi hermana es apoderada el seguro es por única ves
luis
Que seguro? No entiendo
Mi marido, jubilado, falleció hace unos dias. Que es lo que debo cobrar? Voy directamente a ANSES?
Gracias
ELBA
Si se hace en ANSES o bien si vas a tramitar la pensión directa lo haces todo junto
mi hermano fallecio en agosto del 2014, y la viuda solo cobro $ l.800 por sepelio, nunca me informo anses del subsidio. Se puede reclamar?
maria luisa
Si decis que cobro que queres reclamar?
mi mama fallecio hace 13 años y mi hermano 10 años fui apoderada de los 2 … pero nunca tuve conocimiento que se podia cobrar un seguro , ademas anses nunca me notifico de nada se puede cobra ahora ?
PERLA
NO ES UN SEGURO ES UN SUBSIDIO Y YA NO PODES RECLAMAR SE PUEDE ANTES DEL AÑO
mi padre fallecio ace mas de 10años y no cobre nada puedo reclamar
pedro
No el plazo es de un año