Fondo de desempleo de la Anses

Requisitos para Cobrar el Fondo de Desempleo de ANSES – Bajar Formulario P.S. 3.2

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, paga una prestación por Desempleo a los trabajadores en relación de dependencia que hayan sido despedido,  siempre que su empleador haya aportado al Fondo Nacional de Empleo en los últimos tres (3) años anteriores al cese o despido laboral, con un mínimo de 1 año. Las cuotas a pagar dependerán de los años aportados, pudiendo ser de 4; 8 o 12. La Prestación del Fondo de Desempleo es un importe que paga ANSES mensualmente de manera transitoria a los trabajadores que fueron despedidos y hasta que consigan un nuevo trabajo o se cumplan las cuotas que le correspondan de acuerdo a las contribuciones pagadas por el empleador al Fondo Nacional de Empleo. […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, paga una prestación por Desempleo a los trabajadores en relación de dependencia que hayan sido despedido,  siempre que su empleador haya aportado al Fondo Nacional de Empleo en los últimos tres (3) años anteriores al cese o despido laboral, con un mínimo de 1 año. Las cuotas a pagar dependerán de los años aportados, pudiendo ser de 4; 8 o 12.

La Prestación del Fondo de Desempleo es un importe que paga ANSES mensualmente de manera transitoria a los trabajadores que fueron despedidos y hasta que consigan un nuevo trabajo o se cumplan las cuotas que le correspondan de acuerdo a las contribuciones pagadas por el empleador al Fondo Nacional de Empleo.

Adicionalmente al importe a cobrar se recibirán otros beneficios relacionados con asistencia médica, asignaciones familiares, reconocimiento de antigüedad y obtienen apoyo en la búsqueda de un nuevo empleo.

Los requisitos para que el trabajador pueda recibir el beneficio del cobro del Fondo de Desempleo de ANSES debe:

  • El empleador haber ingresado los aportes y contribuciones al Fondo Nacional de Empleo.
  • Solicitar un turno en ANSES y acudir el día y la hora citada con toda la documentación, datos y certificaciones que son:
    • Documento Nacional de Identidad, DNI.
    • Intercambio Telegráfico (Telegramas recibidos y enviados).
    • Último 3 recibos de sueldo en el caso de ser mensualizado ó 6 si es quincenal.
    • Formulario completo y debidamente firmado y certificado F P.S. 3.23 de ANSES, para bajarlo hacer clic aquí.

Es una prestación por Desempleo lo que significa que si nuevamente consigue un empleo debe darla de baja al momento de incorporarse a una nueva empresa.

Las cuotas que debe percibir el trabajador depende de los años que este haya aportado al Fondo Nacional de Empleo:

  • 12 a 23 meses trabajados: cobrará  4 cuotas.
  • 24 a 35 meses trabajados: cobrará 8 cuotas.
  • 36 o mas meses trabajados: cobrará 12 cuotas.

El monto también dependerá de las remuneraciones que haya percibid, se tomará un promedio de loas últimos seis meses anteriores al despido, no pudiendo ser inferior a $250.- ni superior a $400.- cuyo monto va bajando a medida que transcurre el tiempo.

  1. 1er. cuatrimestre percibe el 100% del monto.
  2. 2do. cuatrimestre el 85% del monto.
  3. 3er. cuatrimestre el 70% del monto.

Además, percibirá:

  • Cobertura médico asistencial.
  • Pago de las Asignaciones Familiares.
  • Reconocimiento de la antigüedad a efectos previsionales.
  • Orientación laboral o apoyo en la búsqueda de empleo en cualquier Oficina de Empleo.

Para tener derecho al cobro del Fondo de desempleo el trabajador debe:

  • Haber quedado sin empleo por alguna de las siguientes razones:
    • Despido sin causa justa.
    • Despido por fuerza mayor o por falta o disminución de trabajo de la empresa, no imputable al empleador.
    • Resolución del Contrato por denuncia del trabajador, fundada en justa causa.
    • Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador.
    • Extinción del contrato, por finalización del tiempo convenido, realización de la obra, tarea asignada o del servicio objeto del contrato.
    • Muerte, jubilación o invalidez del empresario individual, cuando estas causas determinen el cese de la relación contractual.
    • No reiniciación o interrupción del contrato de trabajo de temporada, por causas ajenas al trabajador.
    • Extinción colectiva total por motivo económico o tecnológico de los contratos de trabajo.
  • Debe acreditar que fue contratado bajo el régimen de la Ley de Contrato de Trabajo y justificar un período mínimo de trabajo de doce meses, como mínimo, con cotización al Sistema de Seguridad Social – Fondo Nacional de Empleo.
  • No percibir prestaciones previsionales o pensiones no contributivas. Se exceptúa de este requisito a los beneficiarios de la Pensión Vitalicia Ex-Combatientes del Atlántico Sur, Ley Nº 23.848.
  • No encontrarse en situación de incapacidad laboral temporaria o incapacidad laboral permanente provisoria establecida por la Ley de Riesgos del Trabajo Nº 24.557.
  • Debe realizar los trámites para su cobro en un plazo no mayor a los noventa (90) días posteriores a la fecha de cese o despido. Si se presenta fuera de ese plazo, el tiempo transcurrido se descontará del total del período de prestación que le corresponda.

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983 comentarios en “Requisitos para Cobrar el Fondo de Desempleo de ANSES – Bajar Formulario P.S. 3.2”

  1. Andrea del valle

    Hola me llamo Andrea despues de trabajar 2 años como empleada domestica y niñera, trabajaba de 7:20 a 16:30 hs. fui despedida sin motivo ni previo aviso ni telegrama.Fue el 17 de 2016 mi empleadora q es abogada se presento ese dia junto a una escribana nacional y me dijo q quedaba desbinculada laboralmente y me pago la indemnisacion .Yo quisiera saver si me corresponde cobrar el fondo de desempleo.por q no consigo trabajo solo a veces me llaman para trabajar x hr.gracias

  2. Hola buenas tardes, les hago una consulta. Me encuentro cobrando el fondo de desempleo voy por la 5º cuota sobre un total de 12 cuotas. Por ejemplo en el caso de volver a trabajar solo por un periodo de prueba de 3 meses. Puedo volverlo a tramitarlo por el resto de las cuotas?. o definitivamente me quedo sin dicho beneficio. Muchas gracias

  3. Hola yo estoy x renunciar ya q eĺlos no quieren despedirme!!!trabaje 6 años!!me corresponde cobrar fondo de desempleo?espero una respuesta gracias

  4. Hola que tal yo quería saber si puedo cobrar el fondo de desempleo ya que a mi me despidieron supuestamente con causa según ellos. Porque dicen que no presente trabajarme después de mi licencia por maternidad, por ley te corresponden 90 días de licencia, 30 días antes del parto y 60 días después, yo los primeros 30 días antes del parto no me los tome porque estuve con parte medico y cada control que la obstetra me daba mas días de reposo yo le llevaba los certificados a mi trabajo a los 60 dias de haber nacido mi hijo ellos me echan mi bebe tiene ahora 3 meses, y ahoraellos no me quieren reconocer eso y tampoco quieren pagarme mi liquidacion yo hace 1 año y 6 meses estaba trabajando ahi. Yo me asesore con una abogada y me dijo que ellos se están equivocando
    que no es asi, me gustaría saber si puedo cobrarlo siendo así mi situacion.

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