La fecha para el pago del aguinaldo o Sueldo Anual Complementario, SAC, 2do. semestre del año 2012, es el día 31 de diciembre próximo, pero debido a cuestiones operativas,por no contar aún con los datos específicos de la liquidación devengada de este mes, los empleadores optan o bien por darle un adelanto para que cuenten con efectivo antes de las fiestas de fin de año, o por pagarlo tomándose los días que indica la Ley de Contrato de Trabajo, LCT, el cuarto día hábil subsiguiente.
Publicamos como de costumbre la planilla Excel para liquidar el aguinaldo del 2do. semestre del año 2012.
Para hacerlo nos basaremos en las planillas con las liquidaciones realizadas en nuestro sitio, www.econoblog.com.ar, para los Empleados de de Comercio encuadrados dentro del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, pero la misma sirve para cualquier otro convenio modificando o quitando lo que corresponde a la Suma No Remunerativa pagada específicamente en este gremio según el acuerdo salarial firmado el día 24 de mayo de 2012 y homologado en el Ministerio de Trabajo bajo el Nº 829/2012.
Informamos que de acuerdo a lo estipula en el articulo 3º, primer párrafo del acuerdo antes mencionado, las Sumas no Remunerativas se deberán tener en cuenta para liquidar el pago del aguinaldo.
Para la liquidación del aguinaldo, 2do. semestre, se deben tener en cuenta las remuneraciones brutas percibidas entre los meses de julio a diciembre de 2012, ambos meses incluidos, y comparar el mejor mes y dividirlo por dos siempre y cuando, dichos periodos sean trabajados completamente, o sea los seis meses. No interesa la jornada laboral, pero si que se haya prestado servicio durante esos seis meses.
Nuestro ejemplo corresponde a un Empleado de Comercio de categoría Administrativo “A” con tres años de antigüedad, pero se puede utilizar para cualquier otro caso e inclusive otro gremio.
La planilla muestra las liquidaciones mensuales de un trabajador que trabajo los seis meses completos, desde julio a diciembre de 2012. Tener en cuenta, aquellos casos en que el empleado no concurrio a prestar servicos por licencias no pagas gozadas sin goce de haberes, o no remunerativas como son las de Maternidad, Aseguradora de Riesgo del Trabajo, ART, (lo paga la ART juntamente con el sueldo), o bien que haya ingresado posterior al mes de julio de 2012, la liquidación será diferente: Mejor sueldo percibido (siempre durante julio a diciembre, meses trabajados) divido dos por la cantidad de días trabajados dividido 180, de esta forma te da el importe a poner en la parte superior de la planilla, luego se realizan los descuentos.
Como ya dijimos, para nuestro ejemplo utilizamos los casos prácticos que liquidamos durante el semestre, realizado sobre la base de un empleado de comercio categoría Administrativo A con 3 (tres) años de antigüedad en la empresa, sueldo compuesto por básico, antigüedad, presentismo. Por un lado la parte remunerativa y por el otro la No Remunerativa.
Un poco mas abajo de la planilla donde figuran los totales cobrado desde julio a diciembre de 2012. El mejor mes percibido es el de noviembre o diciembre que son iguales, por lo que, cualquiera de ellos se debe utilizar para la liquidación del aguinaldo.
Si el caso a liquidar no es igual al planteado en el ejemplo, se debe bajar la planilla Excel a la computadora, tener a mano los seis recibos de sueldo desde julio a diciembre de 2012 y en la parte donde figuran los meses comenzando desde la celda I20 coloca los importes de tu recibo por un lado Remunerativos y por el otro los No Remunerativos, compara el mejor mes, sumando ambos importes, si en tu cas el mejor sueldo es el del mes de Diciembre, el cálculo se hace sólo. De lo contrario, si tu mejor mes no es Diciembre de 2012, busca el mejor y dividirlo por dos y colócalo en la celda: O20, parte Remunerativa y O21, parte No Remunerativa. Para comprar y elegir el mejor sueldo, siempre se suman ambos Remunerativos y o Remunerativos y se colocan en las mencionadas celdas, la división pero del mismo mes, no un mes para Remunerativa y otro mes para o Remunerativa.
Quedamos a la espera de tu comentario o duda para saber como te resulta esta planilla.
Bajar Planilla Excel para Liquidar el Aguinaldo 2º Semestre de 2012.
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Para calcular el SAC es el mayor sueldo de los últimos 6 meses (pero el neto o el bruto? ). Y Que items se tienen en cuenta para liquidar las vacaciones? Gracias!
Alejandra
http://www.econoblog.com.ar/18789/planilla-excel-liquidacion-empleados-de-comercio-jornada-reducida-enero-2013-y-vacaciones/
Aguinaldo sueldo bruto y se le realizan los descuentos
Hola Graciela
El contador dice que el 24 es feriado y que el 31 tambien . Que por esa razon no puedo salir de vacaciones hasta el dia 7 de enero, vos podes decirme si es eso cierto?
Y otra consulta , que no pude encontrar en el blog, el dia 20 de noviembre que hubo paro, se debia descontar o no?
Desde ya muchas gracias.
Ana
Por paro se descuenta el día. El 24 es feriado punete, pero hasta el momento el 31 no
Hola Graciela:
El 24-12 que esta como feriado puente como se paga?
Inés
Quien dijo que es Feriado puente?
Gracias Graciela, despejada mi duda, y muy bueno el site
Yo habia calculado 4 ( el 8, 24, 25 y el 31) ahora lo corrijo. gracias!
Silvina
Son dos 8 y 25