La Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, pus a disposición de los trabajadores en relación de dependencia un servicio denominado Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias, SiRADIG Trabajador, que les permite informarle a su empleador los datos de los conceptos que le debe deducir cuando le practique la Retención del impuesto a las Ganancias, además de informar los ingresos que obtiene en otros empleos.
Los trabajadores en relación de dependencia que se encuentren obligados a informar a su empleador cualquier deducción a practicar en la Retención del Impuesto a las Ganancias deben obligatoriamente utilizar el SiRADIG.
Guía para Declarar Deducciones de Ganancias Formulario 572 – SiRADIG
- Ingresar a la página de la AFIP www.afip.gob.ar.
- Colocar Nº CUIT y su «Clave Fiscal«.
- Se desplegara el listado de sistemas que tiene habilitados. Si es que no tiene habilitado el servicio “SiRADIG – Trabajador” deberá dar de alta al mismo ingresando en la misma página al “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”.
- Ingresar a través del servicio Administrador de relaciones. En caso que el usuario sea Administrador de relaciones de un tercero, en la siguiente pantalla deberá seleccionar para qué contribuyente desea habilitar el servicio.
- Seleccione la opción «Nueva relación».
- Desde la opción «Buscar».
- Opción AFIP “Servicios Interactivos” .
- Seleccionar por abecedario, el sistema SiRADIG Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias, Trabajador. Recuerde que para poder habilitar este servicio deberá contar con como mínimo con el nivel de seguridad 2 o superior.
- Seleccione la opción «Confirmar«.
- En el campo «Representante» presione «Buscar» y luego ingrese la CUIT/CUIL/CDI del usuario a quien le delega la utilización del servicio, que puede ser el mismo Administrador o un usuario interno o externo, siempre que el servicio sea delegable.
- Presione el botón «Buscar».
- Tilde la opción «El usuario es Externo (Podrá delegar este servicio)» sólo en caso que corresponda.
- Si todos los datos son correctos, presione el botón «Confirmar», para la habilitación de la relación.
- Se abrirá una nueva ventana con el F. 3283/E.
- Cierre todas las ventanas y vuelva a ingresar con su CUIT y Clave Fiscal, para que figure en el menú principal de su “Clave Fiscal”, el nuevo servicio habilitado.
- Ingresar al Servicio «SiRADIG Trabajador».
- Hacer clic sobre el Nombre.
- El sistema le da la opción de “Crear nuevo Borrador” o de “Consulta de Formularios Enviados”.
- Si su intención es la de “Crear nuevo Borrador” el sistema la ira pidiendo que vaya cargando los datos personales, cargas de familia, Retenciones Bancarias, Ingresos de otros empleos, etc.
- Luego deberá enviar la información electrónicamente al empleador a fin de proveerle de los datos necesarios a efectos de realizar las retenciones que correspondan y si desea imprimir el Formulario.
Recuerde que el trabajar tiene tiempo hasta el 31 de enero del año siguiente al que se declara para ingresar en el SiRADIG los datos correspondientes a los conceptos que correspondan ser tenidos en cuenta para su liquidación del Impuesto a las Ganancias.
El trabajador es responsable por lo que declara y debe conservar la documentación que respalde los datos informados en el formulario de declaración jurada F. 572 Web, de la misma manera que guarda los comprobantes de la liquidación anual y/o final, Formulario de la DDJJ F 649 o borradores confeccionados manualmente o mediante sistemas computadorizados, que entrega su empleador.
Los empleadores podrán ingresar y tener a su disposición para practicar las retenciones, los datos cargados por los trabajadores mediante el servicio denominado “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) – EMPLEADOR”, donde encontrarán la siguiente información:
- La que suministre el beneficiario de la renta, en el servicio «SiRADIG Trabajador».
- La que brinden los agentes de retención que fueran sustituidos como tales. A tal efecto se indicarán, respecto de cada beneficiario, los datos correspondientes al nuevo agente de retención.
Por lo que todos los meses el empleador que actúa como agente de retención deberá, previo a determinar el importe a retener, realizar la consulta a través del mencionado servicio, a fin de conocer las últimas novedades ingresadas por sus trabajadores.
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como cargar a mi hija discapacitada en el SiRADIG
Buenas tardes Graciela,
Necesito que me saques una duda al igual que los que preguntan por la deducción de OSDE.
Trabajo en rr.dd, derivo los aportes de obra social ya que mi empleador no me cubre ninguna prepaga.
Puedo deducir los importes de las cuotas que pago de osde mensualmente??
En caso de poder agregar los comprobantes, para completar el periodo no hay problema. Pero el nº de comprobante que va? «Otros comprobantes-exeptuados» o el Id de Emisión que aparece en talón de pago?
Espero tu respuesta. Muchas gracias
Estimada, yo tengo la misma duda que Marcelo. Tengo OSDE y pago $4.000 por sobre la derivación de mis aportes. Lo pago yo por débito automático. No me dan factura, solo un talon de pago. Como declaro eso en el SIRADiG que me pide nro de factura?