Empleada del servicio doméstico

Servicio Doméstico: Pagar Licencia por Maternidad

El Ministerio de Trabajo tiene listo un proyecto de ley para cambiar el régimen laboral del personal doméstico, el mismo, prevé que tengan derecho a la licencia por maternidad,  beneficio que es pagado por la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSeS, a todas las trabajadoras, ampliar los días de vacaciones y al pago de una indemnización adicional por despido durante el período del embarazo o por matrimonio. Impulsan igualar los beneficios de las mujeres.  Además, Noemí Rial, Secretaria de Trabajo informó que se propone modificar el régimen de despido de licencia por enfermedad y de indemnizaciones, equiparándolos al de los trabajadores en relación de dependencia. El Estatuto del Servicio Doméstico se rige en la actualidad por el Decreto Nº […]

El Ministerio de Trabajo tiene listo un proyecto de ley para cambiar el régimen laboral del personal doméstico, el mismo, prevé que tengan derecho a la licencia por maternidad,  beneficio que es pagado por la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSeS, a todas las trabajadoras, ampliar los días de vacaciones y al pago de una indemnización adicional por despido durante el período del embarazo o por matrimonio. Impulsan igualar los beneficios de las mujeres. 

Además, Noemí Rial, Secretaria de Trabajo informó que se propone modificar el régimen de despido de licencia por enfermedad y de indemnizaciones, equiparándolos al de los trabajadores en relación de dependencia.

El Estatuto del Servicio Doméstico se rige en la actualidad por el Decreto Nº 326 del año 1956 el cual establece que la empleada doméstica trabaja bajo relación de dependencia si se desempeña durante no menos de 4 días a la semana, a razón de 4 horas diarias.

Si no cumple ese requisito, se encuentra comprendida en Autónomos o Monotributista. No obstante, las que están bajo relación de dependencia están excluidas de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), del régimen de asignaciones familiares y de la Ley de Empleo. Así, en toda una serie de cuestiones, como vacaciones o despido, rigiéndose por Estatuto.

Desde el año 2000 se estableció un régimen especial de Seguridad Social por el que a cambio de una suma fija -que pagan entre el empleador y el empleado- ese personal tiene derecho a la jubilación y pensión y a recibir la atención médica de una obra social. Actualmente esa cuota es de $81,75 ($35 de jubilación y $46,75 de Salud).

La Ministra, Rial estimó en declaraciones al diario que «con una suba mínima de la cuota mensual a cargo del empleador -que estimó en $8 por mes- se podría garantizar a las empleadas el cobro de la licencia por maternidad. Así durante 3 meses cobrarían el sueldo básico, que hoy es de casi 1.200 pesos».

El  Estatuto no prevé ese beneficio, además, fija que en caso de enfermedad la empleada tiene derecho a 30 días por año. Si vencido ese plazo, no se reintegra a la actividad, el empleador puede rescindir el contrato sin indemnización. Agregando, la Ministra que en todas las demás cuestiones, la propuesta es que se equipare con la del resto de los trabajadores.

Al momento de realizar los cambios también se tendrá en cuenta ampliar los días de vacaciones, que hoy sólo rigen para el personal doméstico si tiene una antigüedad de un año; y es de 10 días hábiles por cinco años de antigüedad; de 15 días entre seis y diez años, y 20 días con más de 10 años de antigüedad. En este punto la equiparación implica un aumento de los días de vacaciones y el otorgamiento proporcional de vacaciones en caso de tener una antigüedad menor a un año.

Clarín

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61 comentarios en “Servicio Doméstico: Pagar Licencia por Maternidad”

  1. LA CONSULTA ES QUE TENGO UNA EMPLEADA DOMEST Q TRABAJ 4 HS DE LUNES A VIERNES, AHORA ESTA EMBARAZADA, LE CORRESPONDE LIC POR MATERNIDAD Y COBRAR DURENTE ESOS 3 MESES Y TB SE CASA, LE CORRESP LIC POR MATRIM Y DEBE COBRAR ALGO MAS
    GRACIAS

  2. Estimada
    Buenoas Días, es un gusto saludarlos
    El motivo de mi consulta es para saber si las empleadas domesticas pueden acceder a las asignaciones por maternidad. En la e}actualidad se paga $81.79.
    Si es así, como se realiza el tramite.
    Desde ya, muchas gracias
    Leandro

  3. Hola, les comento que tengo 45 años y por esas cosas de la vida me veo como empleada doméstica luego de haber cumplido diferentes tareas(administrativa hospitalaria), no les hablo como resentida, sino como que esta tarea me deja ver lo desprotegida que se encuentra un personal doméstico, diría que en algunos casos, y lo digo por experiencia, ante empleadores gubernamentales, se olvidan que somos personas, que tenemos familia, que somos de carne y hueso como todas, con la sola diferencia de posición laboral, tambien se olvidan que cumplimos un rol fundamental en sus vidas, ya que todos somos engranajes para que siga la maquinaria, pero claro, recibimos desperdicios y debemos mover la cola como gesto de agradecimiento. Somos integrantes de un país, somos madres, y en mi caso, con dos hijas adolescentes, marido en tratamiento prolongado y a cargo de una hermana ezquisofrénica, pero que no se le caen los anillos para sostener el techo de lo que es mi familia. Por favor sres. todos nos necesitamos, se olvidan de los mas desprotegidos, nos marginan, y se acuerdan solamente cuando necesitan hacer números. Sancionen lo que deban sancionar, que no se quede en proyecto. Los argentinos necesitamos leyes de verdad, que igualen espectativas, el trabajo dignifica, pelean por otras cosas y se apuran por sancionar leyes que no traen otra cosa que números a favor de quién?, de los humildes no, por supuesto, basta de generar en los pobres muertos vivientes, que piensan que nos conducen como a las masas, basta de creer que con promesas seguiremos haciendo morisquetas.

  4. Por otro lado, si trabaja embarazada y tiene un accidente paseando al perro o haciendo fuerza indebida que perjuicios tiene el empleador?
    Se puede pagar licencia por maternidad? porque tengo entendido que la ley todavia no lo contempla y si se pudiera, cuanto?

  5. Necesitaria saber cuantas horas/dias maximo puede trabajar una empleada por semana para no tener reclacion de dependencia.
    La segunda consulta es, si la empleada queda embarazada, como se suele manejar el tema, que se hace generalmente si hay tareas que ya no las puede realizar, por ejemplo correr muebles para limpiar, levantar peso como baldes de agua, pasear a un perro grande y que tira con fuerza…

    1. Mara

      Para tener realcion de depencia tiene que trabajar 4 horas como minimo 4 dias se deben cumplir como minimo las dos condiciones. Si queda embarazada y vos la enes contratada para esas tareas pesadas, lo mejor es que llegues a un arreglo con ella y renuncie

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