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Guía AFIP Monotributistas: Para Utilizar las Facturas Electrónicas

Los Monotributistas que facturan mas de $10.000.- por mes o bien por la superficie del local y  monto de los alquileres devengados anualmente, que se encuadren en las categorías H, I, J, K están obligados a utilizar las facturas electrónicas desde la página de la Administración Federal delos Ingresos Públicos, AFIP. Debiendo detallar el punto de venta que será específico y distinto a los utilizados para «Controlador Fiscal». Por cada operación de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y obras o perciban señas o anticipos que congelen el precio, que realicen los Monotributistas alcanzados por este régimen  deberán emitir comprobantes electrónicos originales y que por cada punto de venta deberán observar la correlatividad en […]

Los Monotributistas que facturan mas de $10.000.- por mes o bien por la superficie del local y  monto de los alquileres devengados anualmente, que se encuadren en las categorías H, I, J, K están obligados a utilizar las facturas electrónicas desde la página de la Administración Federal delos Ingresos Públicos, AFIP. Debiendo detallar el punto de venta que será específico y distinto a los utilizados para «Controlador Fiscal».

Por cada operación de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y obras o perciban señas o anticipos que congelen el precio, que realicen los Monotributistas alcanzados por este régimen  deberán emitir comprobantes electrónicos originales y que por cada punto de venta deberán observar la correlatividad en su numeración.

Monotributistas excluidos de entregar facturas electrónicas o documentos “C” aquellos que respalden operaciones con consumidores finales a los cuales se les haya entregado el bien o el servicio en el local, oficina o establecimiento.

Guía AFIP Monotributistas: Para Utilizar las Facturas Electrónicas

  • Ingresar a la página de la AFIP www.afip.gob.ar.
  • Colocar la CUIT y la   «Clave Fiscal«.
  • Ingresar a través del servicio Administrador de relaciones. En caso que el usuario sea Administrador de relaciones de un tercero, en la siguiente pantalla deberá seleccionar para qué contribuyente desea habilitar el servicio.
  • Seleccione la opción «Nueva relación».
  • Desde la opción «Buscar».
  • Opción AFIP “Servicios Interactivos”.
  • Seleccionar por abecedario, el servicio “Comprobantes en línea”. Se necesita poseer nivel 2 como mínimo.
  • Seleccione la opción «Confirmar».
  • En el campo «Representante» presione «Buscar» y luego ingrese la CUIT/CUIL/CDI del usuario a quien le delega la utilización del servicio, que puede ser el mismo Administrador o un usuario interno o externo, siempre que el servicio sea delegable.
  • Presione el botón «Buscar».
  • Tilde la opción «El usuario es Externo (Podrá delegar este servicio)» sólo en caso que corresponda.
  • Si todos los datos son correctos, presione el botón «Confirmar», para la habilitación de la relación.
  • Se abrirá una nueva ventana con el F. 3283/E.
  • Cierre todas las ventanas y vuelva a ingresar con su CUIT y Clave Fiscal, para que figure en el menú principal de su clave fiscal, el nuevo servicio habilitado, “Comprobantes en línea”.

Ya tiene el servicio de “Comprobantes en línea” habilitado, los Monotributistas deben utilizar la opción “Facturas en línea – Monotributo”, luego proceder a “Cargar los Datos Adicionales del Comprobante”   y luego determinar el o los puntos de venta.

Recién allí se esta en condiciones de comenzar a cargar el documento a emitir “Generar Documentos”.

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1 comentario en “Guía AFIP Monotributistas: Para Utilizar las Facturas Electrónicas”

  1. Es increible como los Web del Gob NO SABEN EXPRESARSE correctamente. Y no es dificil ver porque. Basta con entrevistar a estos ‘genios’ que hacen los web sites para ver que muchos ni siquieran tienen terminado el secundario. Es decir que ‘Castellano’ no es mas que una palabra, porque el Curso no lo tomaron.
    En la pregunta REPRESENTANTE debio ponerse TRAMITADOR ya que uno mismo puede hacer el tramite y uno mismo NO PUEDE representarse, solo puede ‘presentarse’. Pedir por un REPRESENTANTE es una pregunta mal elaborada, ya que puede no haberlo.
    Fuera del cinismo critico, en General toda la web gubernamental padece de la carencia de expresion y guia apropiada. Se utilizan innumerables ‘contracciones’ sin poner la explicacion de que es lo que significa. La ayuda al usuario es de decima. Faltan cientos de ganchos en los programas para recuperar de errores. Y hay otros cientos de requerimientos de utilizar SOLO productos de Microsoft que reducen el acceso a los usuarios a por lo menos 50% de ellos.

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