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Pensión por el fallecimiento del beneficiario por internet

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSeS, cuenta con el servicio de Internet para poder tramitar la pensión derivada por el  fallecimiento de un beneficiario jubilado, ingresando a la página Web del organismo anses.gor.ar; «Tramites en línea» Destacados «Pensión por Fallecimiento de un beneficiario». A través de este medio usted podrá tramitar la Pensión Derivada del Beneficio jubilatorio del titular fallecido.  Es necesario contar con los datos que le serán requeridos por el sistema. Para poder acceder a esta prestación usted deberá tener, al momento de la solicitud, acreditados los datos, que a continuación se detallan : Datos personales. Relaciones con el beneficiario fallecido ( Parentesco ). Fecha de defunción del beneficiario fallecido ( Partida de defunción ). Por […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSeS, cuenta con el servicio de Internet para poder tramitar la pensión derivada por el  fallecimiento de un beneficiario jubilado, ingresando a la página Web del organismo anses.gor.ar; «Tramites en línea» Destacados «Pensión por Fallecimiento de un beneficiario». A través de este medio usted podrá tramitar la Pensión Derivada del Beneficio jubilatorio del titular fallecido.  Es necesario contar con los datos que le serán requeridos por el sistema.

Para poder acceder a esta prestación usted deberá tener, al momento de la solicitud, acreditados los datos, que a continuación se detallan :

  • Datos personales.
  • Relaciones con el beneficiario fallecido ( Parentesco ).
  • Fecha de defunción del beneficiario fallecido ( Partida de defunción ).

Por medio de su solicitud se detectarán los datos a corregir en las bases de ANSeS, para lo cual se le informará los pasos a seguir.

La acreditación de datos, es un trámite sencillo que usted puede realizar sin solicitar turnos es cualquiera de nuestras dependencias, acompañando la documentación necesaria para cada caso que le será informada por este medio.

Tenga en cuenta que por este medio no se podrán tramitarse las solicitudes de pensión por fallecimiento de beneficiarios:

  • Fallecimiento que hayan ocurrido hace más de 4 meses atrás de la fecha actual.
  • Ex – Cajas Transferidas con marca de retiro de Policía o Penitenciaría.
  • Derivado de una pensión Honorifica de Veterano de Guerra del Atlántico Sur.
  • Separado/a judicialmente o divorciado/a
  • Si el solicitante extravió su Documento Nacional de Identidad.

Quedarán asimismo, excluidas aquellas solicitudes:

  • Las cuales deban darse intervención a las Comisiones Médicas ( Hijos mayores de 18 años incapacitados ).
  • Cuyos hijos solicitantes, a la fecha de petición tengan cumplidos los 18 años.
  • En el caso de que el solicitante es titular de una prestación por edad avanzada.

Personas que no se encuentran habilitados para solicitar por este medio la prestación:

  • Viuda/o del beneficiario fallecido ( Cónyuge o concubino/a previsional ), y sus hijos/as solteros hasta 18 (dieciocho) años y que no gocen de otro beneficio.

En el momento de realizar el trámite tener a disposición los siguientes datos, los que serán exigidos a continuación para iniciar la tramitación de la pensión:

  • Número de Beneficiario y Expediente de otro beneficio que percibe el solicitante.
  • Número de CUIL del Fallecido (causante). Puede verificarlo desde ésta página Web, haciendo click en “Constancia de CUIL”.
  • Número de CUIL del Solicitante. Puede verificarlo desde ésta página Web, haciendo click en “Constancia de CUIL”.
  • En el caso de tener hijos menores, le sistema le pedirá los datos de los chicos y deberá informar el CUIL del menor o de los menores.
  • Domicilio del solicitante (allí recibirá la notificación de pago): Calle, número, piso, Dpto., localidad, provincia, Código postal, teléfono de contacto, dirección de correo electrónico, número de beneficio del fallecido.

Recuerde que los datos informados por el solicitante revisten carácter de declaración jurada, debiendo ser cumplimentados sin omitir ni falsear ningún dato.

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66 comentarios en “Pensión por el fallecimiento del beneficiario por internet”

  1. Mabel
    Hola buenas tardes¡¡ hace un mes y medio que falleció mi papa,cuando empezaría a cobrar mi mama muchas gracias

    1. Mabel cuando hizo el tramite?? Pasame Nº de expediente? Sino hay complicaciones demoran 120 días a 150 días

  2. buenos dias , en el sistema de anses no sale la persona fallecido , debo hacerlo en una delegacion de anses o se puede realizar por medio del sitio??

    Es para realizar la pension derivada automatica

    Desde ya gracias por su tiempo

    1. Gustavo como que no sale, la persona a tramitar la pensión saca el turno y lleva la documentación, acreditación del vinculo, certificado de defunción

  3. buenas tardes mi mama cobro el retroactivo por fallecimiento pero x mes le depositan solo su jubilacion la pension no.hay que esperar algun tiempo o como se cobra

  4. Hola buenos dias! Mi hija cobra una pensión de su padre fallecido y ya está por cumplir los 18 quisiera saber si se extiende la pensión si ella esta estudiando porque quiere seguir la facultad. Muchas gracias

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