Sucede que desde que la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, implementó el plan de facilidades de pago que muchos estaban esperando, de cancelar deudas atrasadas en hasta 120 cuotas, anuló el plan permanente que permitía a los contribuyentes ir cancelando de poco las deudas que vencen a diario, desde el mes de marzo de 2013. Ante esta imposibilidad, los expertos piden que vuelva la posibilidad de ir pagando los tributos que van venciendo en cuotas.
Si bien, el plan de facilidades de la Resolución General Nº 3.451/2013, es algo que muchos esperaban ya que pueden cancelar deudas atrasadas con un plazo de hasta diez (10) años, con él, se anuló el plan permanente que permitía ir pagando los impuestos que vencen día a día, en cuotas.
Empresas y particulares sienten este golpe a su bolsillo y reclaman por una solución que rija de forma permanente, como el anterior de la RG 2.774, que les permitía un plan de facilidades permanente que contemplaba entre 3 y 36 cuotas, con una tasa de interés que variaba entre el 1,25% y el 2%.
Los expertos piden que vuelva el plan de pagos de la AFIP para cancelar impuestos que vencen diarios y que sea permanente.
Algunos consideran injusto que por darles la posibilidad ha aquellos contribuyentes que que tienen deudas atrasadas, se les quite y se deje desprotegido a los que tuvieron una conducta mejor frente a la AFIP, justamente en el primer semestre del año, que es cando operan gran parte de los impuestos
El reclamo de los contadores llegó a oídos de la Federación Argentina de Consejo Profesionales de Ciencias Económicas, FACPCE, desde ya salió una nota dirigida a Ricardo Echegaray,l titular de la AFIP, solicitándole una:
«serie de medidas tendientes a brindar solución a las situaciones que se plantean a las empresas, a partir del dictado del plan de facilidades de pago, respecto a los períodos posteriores a los susceptibles de inclusión en el mismo».
«Al derogarse el plan de pagos permanente, los contribuyentes se encuentran ante la situación de no contar con un plan de facilidades en el cual incluir los períodos devengados y a devengarse, cuyos vencimientos hayan sido posteriores al 28 de febrero del corriente año».
«Consideramos necesario establecer a la brevedad posible algún plan de facilidades de carácter permanente, que posibilite la regularización de las obligaciones vencidas con posterioridad al 28 de febrero».
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.
Se recuerda la vigencia del plan permanente de facilidades, de hasta 60 cuotas (Decreto 606/96).