Los empleados del servicio Doméstico ya tienen una nueva Ley Nº 26.844 que los protege y les da mayores beneficios, ahora se comparan con los que rige para los trabajadores en relación de dependencia Ley Nº 20.744 y sus modificatorias. Los sueldos y categoría deberán indicarse a través de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares o mediante un Convenio Colectivo de Trabajo, CCT. Pero hasta tanto se establezca lo fijará el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, MTEySS.
La Ley indica que el Salario Mínimo será fijado por tipo, modalidad y categoría profesional mediante un CCT, la jornada laboral no podrá pasar de las 8 ó a lo sumo 9 horas diarias o ben no exceder las 48 horas semanales, caso contrario se deberán pagar horas extras.
La remuneración que fije el CCT será de validez para toda la República Argentina y deberá pagarse para los mensualizados antes del cuarto día hábil, jornalizados o semanales dependiendo de cada caso en particular.
Hasta tanto se fijen los nuevos pisos salariales los sueldos para el año 2013, continua la misma escala y categorías anteriores:
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | Desde Noviembre de 2012 | |
Personal Con Retiro 8 horas | Personal Sin Retiro | ||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 3184.01 | $ 3549.13 |
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. | $ 2954.95 | $ 3292.86 |
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 2886.93 | |
CUARTA | Aprendices en general de 16 y 17 años de edad | $ 2.589.85 | |
QUINTA | Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias | $ 2.589.85 | |
Por hora | $ 19.74 | ||
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarios. | $1294,93 | ||
Por cada hora de excedencia | $ 19.74 |
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Hola , ante todo gracias por la ayuda que brindas con este tema, que es lo que se debe hacer si queremos cambiar el regimen horario de la Sra. que trabaja en casa, pasandolo de 3 veces por semana 6 horas a 2 veces por semana 7.5 horas. Es obligatorio ir a la conciliacion de la afip?
Desde ya muchas gracias.
Cynthia
cynthia
Si la conciliación es el Ministerio de Trabajo no en la AFIP
Hola Graciela, si, respondiste todo y te agradezco muchisimo los consejos y recomendaciones. Le voy a seguir pagando los aportes hasta que renuncie ella, y me voy buscando otra persona porque en cualquier momento seguro no vendra mas. Saludos!!!
Hola Graciela, disculpa la demora en responderte. Trabaja conmigo desde Sep 2012, y si, la debi haber puesto en blanco inmediatamente, y tuve la intencion, pero el tiempo paso y no lo hice. Ahora ella me lo esta pidiendo porque necesita la obra social por su embarazo, y sinceramente no la quiero dejar sin trabajo porque estando embarazada nadie la va a tomar. Lo que quiero saber es a que me puedo enfrentar en un par de meses cuando empiece a faltar, la puedo despedir? y que le deberia pagar? o me conviene esperar a que ella renuncie sola?
Y durante su licencia, como ella trabaja por hora (2 veces por semana, un total de 14 horas x semana) solo debo continuar pagandole los aportes? gracias por tu ayuda Graciela! Saludos, Mariana
Mariana
Despedir si esta embarazada no podes o si lo haces tenes que pagarle hasta que termine su embarazo mas un año mas de indemnización, no conviene despedirla por eso es preferible llegar a un arreglo y que renuncie Si le tenes que pagar los aportes y ella puede hacerle juicio a ANSES para que le pague la licencia
http://www.econoblog.com.ar/22584/anses-debera-pagar-a-una-empleada-del-servicio-domestico-la-licencia-por-maternidad/
No se si respondi todo?
Hola Graciela,
como estas? tengo una chica que trabaja en casa 2 veces por semana, 7 horas cada dia. La estaba poniendo en blanco y me avisa que esta embarazada de 3 meses. Si la pongo en blanco, y luego empieza a faltar con o sin certificado, la ley me protege de alguna manera si la tengo que despedir por que no cumple? o le debo pagar los aportes X cantidad de meses hasta despues de que tenga el bebe? Gracias por tu ayuda. Mariana
Mariana
Hace cuanto que trabaja? En junio 2013 tenias que haberla blanqueado? La Ley desde la modificación se equiparo servicio domestico con los demas trabajadores y ahora por juicio hasta obligaron a ANSES apagar la licencia por maternidad. Te puedo aconsejar que trates de llegar a un arreglo y mande telegrama de renuncia pero depende de ella si esta de acuerdo
Graciela, mi empleada trabaja desde hace 7 años, siempre registrada. Trabaja de lunes a viernes 6 hs x dia, aunque yo le pago por la cuarta categoría $ 2590. Necesito reducirle las horas a 4 x dia, pero tengo entendido que según la nueva ley debo indemnizarla, yo soy empleada administrativa sostén de mi casa y si esto es asi, me parte económicamente al medio. De cualquier manera, necesito me dígas como seria la liquidación, y cuanto seria en $.Gracias y saludos!
Marit
La indemnización es solo po rla diferencia que va a cobrar menos Se llega a un Acuerdo en el ministerio de Trabajo