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Vence Recategorización del Monotributo 1er. Cuatrimestre del año 2013

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, recuerda que el próximo lunes, 20 de mayo vence la recategorización del Monotributo, 1er. cuatrimestre del año 2013, y la próxima semana la presentación de la Declaración Jurada Informativa, DJI, que corresponde a la categorías más altas. Es importante recordar que el fisco nacional posee datos por los cruces y por los sistemas informáticos y que los pequeños contribuyentes pueden ser excluidos y pasados al Régimen General de “oficio”. Se acercan las fechas claves donde la AFIP cruza la información brindada por los Monotributistas con las que posee en las bases de datos por los cruces y sistemas informáticos, la diferencia con otras época es que ahora, los pequeños contribuyentes por la información […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, recuerda que el próximo lunes, 20 de mayo vence la recategorización del Monotributo, 1er. cuatrimestre del año 2013, y la próxima semana la presentación de la Declaración Jurada Informativa, DJI, que corresponde a la categorías más altas. Es importante recordar que el fisco nacional posee datos por los cruces y por los sistemas informáticos y que los pequeños contribuyentes pueden ser excluidos y pasados al Régimen General de “oficio”.

Se acercan las fechas claves donde la AFIP cruza la información brindada por los Monotributistas con las que posee en las bases de datos por los cruces y sistemas informáticos, la diferencia con otras época es que ahora, los pequeños contribuyentes por la información que posee el fisco y legalmente,  pueden llegar a pasar a ser Responsables Inscriptos, derivados automáticamente a tener que pagar los impuestos impositivos y de la seguridad social que le correspondan por su categoría.

Recordamos los vencimientos importantes a tener en cuenta por los Monotributistas:

Vencimientos Monotributistas
  L.20 L.27 M.28 M.29 J.30 V.31
Monotributo 05/2013 Todos          
Recategorización Monotributo 1er. Cuatrimestre 2013 Todos          
DDJJ Informativa Monotributo 1er. Cuatrimestre 2013   0-1 2-3 4-5 6-7 8-9
 

La Recategorización alcanza a los contribuyentes  inscriptos en el Régimen Simplificado, RS, o Monotributo, que durante el último cuatrimestre, enero a mayo registren variación, se tiene en cuenta la anual, de los parámetros, ya sea, ingresos brutos devengados y la energía eléctrica -consumida en los doce meses inmediatos anteriores-, los alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad.

Los parámetros, categoría a tener en cuenta para la recategorización son los siguientes:

Montos MONOTRIBUTO Servicios y/o Locaciones
Categoría Parámetros Aportes Cuota mensual
Facturación Superficie Afectada Energía Eléctrica Consumida en el año Alquiler Impuesto Previsional Salud
B 24.000.- 30 m2 3.300 Kw 9.000.- 39.- 157.- 100.- 296.-
C 36.000.- 45 m2 5.000 Kw 9.000.- 75.- 157.- 100.- 332.-
D 48.000.- 60 m2 6.700 Kw 18.000.- 128.- 157.- 100.- 385.-
E 72.000.- 85 m2 10.000 Kw 18.000.- 210.- 157.- 100.- 467.-
F 96.000.- 110 m2 13.000 Kw 27.000.- 400.- 157.- 100.- 567.-
G 120.000.- 150 m2 16.500 Kw 27.000.- 550.- 157.- 100.- 807.-
H 144.000.- 200 m2 20.000 Kw 36.000.- 700.- 157.- 100.- 957.-
I 200.000.- 200 m2 20.000 Kw 45.000.- 1600.- 157.- 100.- 1.857.-
 
Montos MONOTRIBUTO Resto de las Actividades
Categoría Parámetros Aportes Cuota mensual
Facturación Superficie Afectada Energía Eléctrica Consumida en el año Alquiler Anual Hasta Impuesto (*) Previsional Salud
B 24.000.- 30 m2 3.300 Kw 9.000.- 39.- 157.- 100.- 296.-
C 36.000.- 45 m2 5.000 Kw 9.000.- 75.- 157.- 100.- 332.-
D 48.000.- 60 m2 6.700 Kw 18.000.- 118.- 157.- 100.- 375.-
E 72.000.- 85 m2 10.000 Kw 18.000.- 194.- 157.- 100.- 451.-
F 96.000.- 110 m2 13.000 Kw 27.000.- 310.- 157.- 100.- 557.-
G 120.000.- 150 m2 16.500 Kw 27.000.- 405.- 157.- 100.- 662.-
H 144.000.- 200 m2 20.000 Kw 36.000.- 505.- 157.- 100.- 762.-
I 200.000.- 200 m2 20.000 Kw 45.000.- 1240.- 157.- 100.- 1.497.-
J 235.000.- 200 m2 20.000 Kw 45.000.- 2000.- 157.- 100.- 2.257.-
K 270.000.- 200 m2 20.000 Kw 45.000.- 2350.- 157.- 100.- 2.607.-
L 300.000.- 200 m2 20.000 Kw 45.000.- 2700.- 157.- 100.- 2.957.-
Categoría Facturación Cantidad Mínima de Empleados en Relación de Dependencia
J 235.000.- 1
K 270.000.- 2
L 300.000.- 3

Las obligaciones de pago resultantes de la nueva categorización deberán abonarse a partir del mes de junio de 2013.

Si no ha transcurrido un cuatrimestre calendario completo desde el mes de inicio de actividad, inclusive, hasta el presente, no se está obligado a cumplir con la recategorización.

Por su parte, los contribuyentes que no hayan tenido modificaciones pueden permanecer en la misma categoría abonando el importe que corresponda a la misma.

Mientras que la presentación de las Declaraciones Juradas Informativas, DJI, corresponden a quienes facturan por mas $ 6.000.- al mes o bien que dentro del régimen sean empleadores.

Desde el 25 y hasta el 31 de mayo de 2013, de acuerdo a la terminación del CUIT, deberán presentar la DJI, cuyos ingresos superen los $72.000.- anuales o sean empleadores dentro del RS.

Por lo tanto los contribuyentes encuadrados dentro de  las categorías F, G, H, I, J, K o L y los Monotributistas empleadores están obligados a informar los datos de los principales clientes y proveedores, los datos referidos al consumo de energía eléctrica y del local o establecimiento en el que se desarrolla la actividad.

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1 comentario en “Vence Recategorización del Monotributo 1er. Cuatrimestre del año 2013”

  1. Hola Graciela, tenes idea respecto de si el Saldo al 31/12 de la Cuenta Sueldo de un empleado(cta cte en pesos) está gravada en el impuesto a los bienes personales ??
    He escuchado distintas opiniones al respecto y me gustaria saber la tuya.
    Gracias

Los comentarios están cerrados.

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