Los trabajadores en relación de dependencia cuyos empleadores se encuentran dentro del Sistema Único de Asignaciones Familiares, SUAF, tiene derecho al cobro de una Asignación Familiar por Hijo y por Prenatal, que consiste en el pago de una suma de dinero mensual que es abonada en el mes de ocurrido el nacimiento y los meses de embarazo, siempre y cuando no excedan de los nueve (9), son pagados por la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES.
Si bien la Asignación por Prenatal es un cobro directo para las trabajadoras embarazadas, también si ellas no prestan servicios en relación de dependencia y para registrarla la pueden gestionar:
- Cónyuge, presentando Original y fotocopia del Acta de Matrimonio.
- Concubino: Original y copia de la Información Sumaria Judicial o Policial de Convivencia.
Requisitos para el cobro de la Asignación Prenatal
Los más importante es tener cargados en la base de datos del ANSES los datos del trabajador y su grupo familiar, en el caso de que no sea así, el trámite es sencillo y no requiere tener turno previo ante el organismo previsional, bastara con que se acerque a cualquier oficina con su DNI y la documentación que acredito los parentescos, Acta de Matrimonio, Nacimiento, etc, y que este bien cargado el domicilio y su código postal, ya que serán válidas todas la notificaciones enviadas allí. De producirse alguna modificación deberá dar la respectiva alta, baja ó modificación que además es importante se haga con copia a su empleador, ya que este será el encargado de cargar los datos de cada trabajador a través de Internet, sistema “Mi Simplificación” de la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP.
Otro de los requisitos es tener una antigüedad mínima y continuada de tres (3) meses a la fecha de concepción, pudiendo acreditar antigüedad inmediata anterior en otros empleos del régimen de Asignaciones Familiares o con la Prestación por Desempleo.
Tener en cuenta que para la percepción íntegra de esta Asignación Familiar, la acreditación del embarazo debe efectuarse entre el tercer y sexto mes cumplido de gestación.
Montos
Los montos y topes para el cobro de las Asignaciones Familiares desde septiembre de 2012, son:
Asignaciones Familiares -Tabla y Montos Vigentes a partir de Septiembre de 2012 | |||||
Asignaciones Familiares | Valor General | Zona 1 | Zona 2 | Zona 3 | Zona 4 |
Asignación por Hijo | |||||
IGF entre $ 200.- y $ 3.200.- | $ 340.- | $ 340.- | $ 733.- | $ 680.- | $ 733.- |
IGF entre $ 3.201.- y $ 4.400.- | $ 250.- | $ 331.- | $ 497.- | $ 662.- | $ 662.- |
IGF entre $ 4.401.- y $ 6.000.- | $ 160.- | $ 318.- | $ 477.- | $ 635.- | $ 635.- |
IGF entre $ 6.001.- y $ 14.000.- | $ 90.- | $ 179.- | $ 269.- | $ 357.- | $ 357.- |
Asignación por Prenatal | |||||
IGF entre $ 200.- y $ 3.200.- | $ 340.- | $ 340.- | $ 733.- | $ 680.- | $ 733.- |
IGF entre $ 3.201.- y $ 4.400.- | $ 250.- | $ 331.- | $ 497.- | $ 662.- | $ 662.- |
IGF entre $ 4.401.- y $ 6.000.- | $ 160.- | $ 318.- | $ 477.- | $ 635.- | $ 635.- |
IGF entre $ 6.001.- y $ 14.000.- | $ 90.- | $ 179.- | $ 269.- | $ 357.- | $ 357.- |
Asignación por Hijo con Discapacidad | |||||
IGF hasta $ 3.200.- | $ 1.200.- | $ 1.200.- | $ 1.800.- | $ 2.400.- | $ 2.400.- |
IGF entre $ 3.201.- y $ 4.400.- | $ 900.- | $ 1.200.- | $ 1.800.- | $ 2.400.- | $ 2.400.- |
IGF superior a $ 4.401.- | $ 600.- | $ 1.200.- | $ 1.800.- | $ 2.400.- | $ 2.400.- |
Asignación por Ayuda Escolar Anual | |||||
IGF entre $ 200.- y $ 14.000.- | $ 170.- | $ 340.- | $ 510.- | $ 680.- | $ 680.- |
Asignación por Ayuda Escolar Anual para Hijo Discapacitado | |||||
Sin Tope de IGF | $ 170.- | $ 340.- | $ 510.- | $ 680.- | $ 680.- |
Asignación por Maternidad | |||||
Sin Tope de IGF | Remuneración Bruta | ||||
Asignación por Nacimiento | |||||
IGF entre $ 200.- y $ 14.000.- | $ 600.- | $ 600.- | $ 600.- | $ 600.- | $ 600.- |
Asignación por Adopción | |||||
IGF entre $ 200.- y $ 14.000.- | $ 3.600.- | $ 3.600.- | $ 3.600.- | $ 3.600.- | $ 3.600.- |
Asignación por Matrimonio | |||||
IGF entre $ 200.- y $ 14.000.- | $ 900.- | $ 900.- | $ 900.- | $ 900.- | $ 900.- |
Documentación
Para acreditar el embarazo a fin de poder cobrar el prenatal y si se trata de trabajadora embarazada la Licencia por Maternidad:
- Original del Formulario PS.2.55 “DDJJ Novedades Unificadas – Sistema Único de Asignaciones Familiares”. completado en el Rubro 6 del formulario con
- “Datos del Certificado Médico y Médico Certificante (Prenatal / Maternidad)” puede ser reemplazado por un certificado médico original que contenga todos los datos requeridos en el citado rubro detallando además: Nombre y Apellido y Tipo y Número de Documento de Identidad de la embarazada.
- El certificado médico que obre en el Rubro 6 o aquel que lo reemplace tiene una validez de treinta (30) días contados a partir de la fecha de emisión.
En caso de gestionar el cobro un trabajador y si la relación con la mujer embarazada no se encuentra declarada ante ANSES deberá presentar:
- Concubino: Original y copia de la Información Sumaria Judicial o Policial de Convivencia.
- Cónyuge: Original y copia del Acta de Matrimonio.
- Ambos y Trabajadora Embarazada:
- Original y fotocopia del Certificado de Nacimiento o Defunción dentro de los ciento veinte (120) días de ocurrido el mismo.
- En caso de interrupción del embarazo debe presentarse certificado médico.
- Ambos y Trabajadora Embarazada:
Reiteramos todo se presenta con turno previo en ANSES y con COPIA al empleador, ya que este carga los datos por Internet, e no cumplimentarse esto es factible que tenga inconvenientes en el cobro de la Asignación Familiar.
Para presentar documentación es necesario solicitar un turno previo, comunicándose con el número telefónico gratuito línea 130 o por Internet, en la sección Trámites en línea, hacer clic aquí.
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Tengo 27 semanas de embarazo y recién estoy haciendo los trámites del embarazo x q no tenía ningún síntoma de embarazo y aún trabajo…..estoy en una coop de trab soy monotributista y aún estoy trabajando que tengo que hacer en este. Caso?