Jubilado en Anses

ANSES: ¿Cuándo y Cómo cobro mi Primer Haber Jubilatorio o de Pensión?

Cuando inicias los trámites para el cobro de la jubilación o de pensión a  través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, realizas el seguimiento por medio de la página oficial del organismo en el servicio de “Mi ANSES”, Accede a tus Trámites, “Tramites en Línea” en la opción de “Jubilados y Pensionados” ir a “Seguimiento de Expedientes”, “Iniciar Consulta” y allí cargar el Nº de DNI y seleccionar el tipo de trámite, copie el código de imagen y luego “Consultar”. Una vez que haya realizado los pasos previos, antes indicados y el sistema le indica que su jubilación o pensión fue aprobado, le aparece que debe hacer el seguimiento a través de la Web, siguiendo los mismos […]

Cuando inicias los trámites para el cobro de la jubilación o de pensión a  través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, realizas el seguimiento por medio de la página oficial del organismo en el servicio de “Mi ANSES”, Accede a tus Trámites, “Tramites en Línea” en la opción de “Jubilados y Pensionados” ir a “Seguimiento de Expedientes”, “Iniciar Consulta” y allí cargar el Nº de DNI y seleccionar el tipo de trámite, copie el código de imagen y luego “Consultar”.

Una vez que haya realizado los pasos previos, antes indicados y el sistema le indica que su jubilación o pensión fue aprobado, le aparece que debe hacer el seguimiento a través de la Web, siguiendo los mismos pasos anteriores y seleccionar “Donde Cobro?, colocar su Nº de Beneficio o su CUIL, copiar imagen e indicar “Consultar ”, es allí donde le confirman el día y la boca de pago.

Esto no sucede automáticamente sino que le sistema en cargar los datos requiere de un cierto tiempo, es por eso que a veces el trámite indica que esta aprobado pero no aparecen los datos de cobro.

Otro dato a tener en cuenta es de que ANSES envía una carta de notificación, la que deberá ser presentada por el beneficiario el día de cobro, en la boca de pago que el beneficiario deberá dirigirse para percibir su primer haber, ya que la entidad pagadora podrá requerir la notificación para hacer el pago.

Si la entidad pagadora cuenta con su haber en algunas oportunidades no le requieren la nota emitida por ANSES pero puede variar de acuerdo a la modalidad de trabajo de cada banco.

Con el cobro de su primer haber jubilatorio o pensión recibirá el retroactivo correspondiente por los meses que duró el trámite.

Para este tipo de trámite, ANSES tomará como referencia para el pago del retroactivo, a fecha en que el interesado solicito el turno, ya sea pro teléfono o por internet.

Recién, una vez que haya cobrado su primer haber podrá realizar cambio de banco, pudiendo optar por cualquiera de las entidades bancarias habilitadas por ANSES para efectuar los pagos, así como en alguno de los Centros de Pago exclusivos, o sucursales del Correo Argentino.

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469 comentarios en “ANSES: ¿Cuándo y Cómo cobro mi Primer Haber Jubilatorio o de Pensión?”

  1. Hola ,pagué cuota de moratoria en setiembre 2015. Ahora cobrare en abril. Me pagarán retroactivamente? Gracias

  2. El tramite me salio aprobado el dia 07/03/16, cuanto tiempo pasa hasta que salga en donde y cuando cobro?

  3. Hola , inicie mi tramite el 17/12/15, y el 07/03/16, me aparecio la leyenda del cod. 94, cuanto debo esperar aprox., gracias

  4. Pagué la primera cuota de moratoria el 04/01/2016. Hoy me pagaron por primera vez pero enero no
    lo liquidaron ¿Es correcto?

    1. que tal beatriz, despues que aparecio el art. 94 y la leyenda que estaba el tramite resuelto, y ya tenias numero de beneficiario, cuanto tardaron en darte fecha de cobro ? GRACIAS

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