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ANSES: Nuevo Subsidio por Fallecimiento de un Jubilado o Pensionado

Entre las seis medidas anunciadas por la presidenta,  Cristina Fernández, donde aumenta las Asignaciones Familiares por Hijo, embarazo, especiales, de pago mensual y por única vez, montos y topes para su cobro,  pago de subsidios para madres esta también el incremento del subsidio de contención social ó del pago por el fallecimiento de un jubilado y/o pensionado a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. a partir del mes de junio dicho monto pasa de los actuales $ 1.800.- a $4.000.-. El último anuncio realizado por la presidenta desde la Casa Rosada fue el relacionado con el aumento del subsidio de contención familiar, que pasa desde junio de 2013 de $1800.- a $4.000.- Al fallecer un jubilado […]

Entre las seis medidas anunciadas por la presidenta,  Cristina Fernández, donde aumenta las Asignaciones Familiares por Hijo, embarazo, especiales, de pago mensual y por única vez, montos y topes para su cobro,  pago de subsidios para madres esta también el incremento del subsidio de contención social ó del pago por el fallecimiento de un jubilado y/o pensionado a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. a partir del mes de junio dicho monto pasa de los actuales $ 1.800.- a $4.000.-.

El último anuncio realizado por la presidenta desde la Casa Rosada fue el relacionado con el aumento del subsidio de contención familiar, que pasa desde junio de 2013 de $1800.- a $4.000.-

Al fallecer un jubilado o pensionado ANSES abona un subsidios denominado de Contención Familiar a los herederos del causante o bien a la persona física que denuncie el fallecimiento y acredite haber abonado los gastos de sepelio, presentado ante las autoridades del organismo la respectiva factura que debe ser extendida a su nombre por la empresa funeraria que realizó el servicio.

ANSES indica que en el caso de corresponder el cobro de una pensión derivada de la muerte del causante, este subsidio será liquidado sin realizar ningún trámite previo junto al beneficio otorgado. De existir coparticipación en el cobro de la pensión, el monto será pagado proporcionalmente   al porcentaje que corresponda.

El plazo para el reclamo pertinente es de un (1) año contado desde el fallecimiento del jubilado y/o pensionado.

Tendrán derecho al cobro de este Subsidio por Contención Familiar los que se encuentren percibiendo al momento de su fallecimiento un haber de los siguientes regímenes previsionales:

  • Sistema Integrado Previsional Argentino, SIPA.
  • Cajas provinciales de previsión transferidas al ámbito nacional (excepto del Régimen de Policía y Penitenciaría).
  • Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.

Este subsidio comprende también a los beneficiarios del PAMI no jubilados, como a los familiares a cargo de un jubilado o excombatiente de Malvinas adherente al PAMI. En estos casos, el subsidio lo pagará la obra social de jubilados, con la presentación del certificado de defunción. Por lo tanto, estarán a cargo de dicho instituto las condiciones de otorgamiento y liquidación.

Dicho trámite se puede gestionar por Internet debiendo para ello contar con la Clave de la Seguridad Social, para obtenerla haga clic aquí.

Es necesario que el fallecimiento del causante figure acreditado en la base de datos de la ANSES con la presentación de la partida de defunción del causante.

Se solicita un turno previo y en le día y hora se debe concurrir con la siguiente documentación:

  • Solicitud, el turno.
  • Documento Nacional de Identidad, DNI.
  • Factura de sepelio (con los datos del fallecido y fecha de defunción).
  • Certificado de defunción.

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168 comentarios en “ANSES: Nuevo Subsidio por Fallecimiento de un Jubilado o Pensionado”

  1. Hola mi papa fallecio el 29 de junio 2016 era jubilado que tramites tengo que hacer para saber si le corresponde algun subsidio ya que esta casado

    1. Fabiola su esposa debe tramitar la pensión y le pagan el subsidio o bien quien haya pagado el sepelio con la factura a su nombre puede tramitarlo

  2. Fidelina Catalina

    Hola mi apoderada falleció, en ANSES me dijeron que automaticamente le dan de baja, pero hasta este mes sigue apareciendo su nombre en el recibo de haberes, qué trámite tengo que hacer.
    Además quiero saber si tengo tiempo de reclamar reintegro gastos de sepelio y otros, falleció el 2 de junio de 2015.

    Gracias
    Atentamente

    Fidelina

    1. fidelina Si falleció anda a ANSES y realizas la baja y si queres cambio de apoderado. Cuando fallece apoderado no te pagan gastos de sepelios

  3. Buenas tardes, mi madre fallecio el 23 de setiembre del2015 ya tenia los haberes jubilatorios y pension depositadas en el banco, hice un tramite en el anses pero solo me pagaron lo que se llama haberes devengados, pero no me han pagado ese mes que mi madre debia cobrar que debo hacer??

      1. Graciela, en el anses me informan que los haberes devengados es una suma fija….. 2000 pesos, que hago para cobrar su ultimo sueldo que me corresponde, porque yo interpreto como vos, que es su suldo hasta el dia de su fallecimiento, bueno en el anses dicen que no

      2. gladys y si te dicen que no y vas con turno, si queres reclamar tendrás que insistir nuevamente o poner un abogado, pero quizás la suma no lo justifica

  4. Hola mi papá era jubilado de la policia era bígamo se caso dos veces. El fallecio ambas mujeres estan vivas y tiene un hijo discapacitado d 48 años. Para quien quedaria la pension?

Los comentarios están cerrados.

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