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ANSES: Nuevo Subsidio por Fallecimiento de un Jubilado o Pensionado

Entre las seis medidas anunciadas por la presidenta,  Cristina Fernández, donde aumenta las Asignaciones Familiares por Hijo, embarazo, especiales, de pago mensual y por única vez, montos y topes para su cobro,  pago de subsidios para madres esta también el incremento del subsidio de contención social ó del pago por el fallecimiento de un jubilado y/o pensionado a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. a partir del mes de junio dicho monto pasa de los actuales $ 1.800.- a $4.000.-. El último anuncio realizado por la presidenta desde la Casa Rosada fue el relacionado con el aumento del subsidio de contención familiar, que pasa desde junio de 2013 de $1800.- a $4.000.- Al fallecer un jubilado […]

Entre las seis medidas anunciadas por la presidenta,  Cristina Fernández, donde aumenta las Asignaciones Familiares por Hijo, embarazo, especiales, de pago mensual y por única vez, montos y topes para su cobro,  pago de subsidios para madres esta también el incremento del subsidio de contención social ó del pago por el fallecimiento de un jubilado y/o pensionado a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. a partir del mes de junio dicho monto pasa de los actuales $ 1.800.- a $4.000.-.

El último anuncio realizado por la presidenta desde la Casa Rosada fue el relacionado con el aumento del subsidio de contención familiar, que pasa desde junio de 2013 de $1800.- a $4.000.-

Al fallecer un jubilado o pensionado ANSES abona un subsidios denominado de Contención Familiar a los herederos del causante o bien a la persona física que denuncie el fallecimiento y acredite haber abonado los gastos de sepelio, presentado ante las autoridades del organismo la respectiva factura que debe ser extendida a su nombre por la empresa funeraria que realizó el servicio.

ANSES indica que en el caso de corresponder el cobro de una pensión derivada de la muerte del causante, este subsidio será liquidado sin realizar ningún trámite previo junto al beneficio otorgado. De existir coparticipación en el cobro de la pensión, el monto será pagado proporcionalmente   al porcentaje que corresponda.

El plazo para el reclamo pertinente es de un (1) año contado desde el fallecimiento del jubilado y/o pensionado.

Tendrán derecho al cobro de este Subsidio por Contención Familiar los que se encuentren percibiendo al momento de su fallecimiento un haber de los siguientes regímenes previsionales:

  • Sistema Integrado Previsional Argentino, SIPA.
  • Cajas provinciales de previsión transferidas al ámbito nacional (excepto del Régimen de Policía y Penitenciaría).
  • Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.

Este subsidio comprende también a los beneficiarios del PAMI no jubilados, como a los familiares a cargo de un jubilado o excombatiente de Malvinas adherente al PAMI. En estos casos, el subsidio lo pagará la obra social de jubilados, con la presentación del certificado de defunción. Por lo tanto, estarán a cargo de dicho instituto las condiciones de otorgamiento y liquidación.

Dicho trámite se puede gestionar por Internet debiendo para ello contar con la Clave de la Seguridad Social, para obtenerla haga clic aquí.

Es necesario que el fallecimiento del causante figure acreditado en la base de datos de la ANSES con la presentación de la partida de defunción del causante.

Se solicita un turno previo y en le día y hora se debe concurrir con la siguiente documentación:

  • Solicitud, el turno.
  • Documento Nacional de Identidad, DNI.
  • Factura de sepelio (con los datos del fallecido y fecha de defunción).
  • Certificado de defunción.

168 comentarios en “ANSES: Nuevo Subsidio por Fallecimiento de un Jubilado o Pensionado”

  1. Yo pregunto : porque el subsidio que abona el pami o ANSSES por sepelios de un jubilado su presentación debe ser dentro de un año : si por diferentes in convenientes personales del heredero no lo pudo hacer dentro del año estamos frente a una trampa si la legislación por problemas de un accidente o reclamos por lesiones de un accidente contemplan las presentaciones de reclamo ante la justicia de 2 años a que se debe que Anses ponga el máximo de un año y a su vez los valores que abonan no son del 100% porque hoy en la actualidad abona $ 6000,00 cuando bien sabemos que un servicio esta en $ 12000,00 pero las facturas que se emiten son por $ 6000,00 seguimos en el dar vuelta la cara de los directivos de Anses politicos de turno

  2. mi suegra fallecio el 02.08.2016 YA LE SALIO LA PENSIÒN DE VIUDEZ QUE LO TRAMITO HACE YA 8 MESES .PUEDO COBRARLO YO SOY APODERADA Y /O EL HIJO ?

  3. Mi padre fallecio 24 de junio como apoderada yo cobre su sueldo de junio si depositaran julio y lo cobro.que sancion legal corresponde no tengo ningun ingreso soy desocupada

    1. Maria Si cobraste dinero después del día de su fallecimiento, ANSES o el banco te van a pedir que lo devuelvas mas los intereses

  4. hola ,mi papa fallecio el 7 de julio de 2016,yosoy su hija y apoderada.necesito saber que tramite hay que hacer .mi papa hace mas de 25 años que estaba separado de palabra . quien tiene que hacer tramites ?gracias.

    1. Maria El subsidio lo cobra quien se hizo cargo de los gastos de sepelio y tiene la factura a su nombre

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