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ANSES: Nuevo Subsidio por Fallecimiento de un Jubilado o Pensionado

Entre las seis medidas anunciadas por la presidenta,  Cristina Fernández, donde aumenta las Asignaciones Familiares por Hijo, embarazo, especiales, de pago mensual y por única vez, montos y topes para su cobro,  pago de subsidios para madres esta también el incremento del subsidio de contención social ó del pago por el fallecimiento de un jubilado y/o pensionado a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. a partir del mes de junio dicho monto pasa de los actuales $ 1.800.- a $4.000.-. El último anuncio realizado por la presidenta desde la Casa Rosada fue el relacionado con el aumento del subsidio de contención familiar, que pasa desde junio de 2013 de $1800.- a $4.000.- Al fallecer un jubilado […]

Entre las seis medidas anunciadas por la presidenta,  Cristina Fernández, donde aumenta las Asignaciones Familiares por Hijo, embarazo, especiales, de pago mensual y por única vez, montos y topes para su cobro,  pago de subsidios para madres esta también el incremento del subsidio de contención social ó del pago por el fallecimiento de un jubilado y/o pensionado a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. a partir del mes de junio dicho monto pasa de los actuales $ 1.800.- a $4.000.-.

El último anuncio realizado por la presidenta desde la Casa Rosada fue el relacionado con el aumento del subsidio de contención familiar, que pasa desde junio de 2013 de $1800.- a $4.000.-

Al fallecer un jubilado o pensionado ANSES abona un subsidios denominado de Contención Familiar a los herederos del causante o bien a la persona física que denuncie el fallecimiento y acredite haber abonado los gastos de sepelio, presentado ante las autoridades del organismo la respectiva factura que debe ser extendida a su nombre por la empresa funeraria que realizó el servicio.

ANSES indica que en el caso de corresponder el cobro de una pensión derivada de la muerte del causante, este subsidio será liquidado sin realizar ningún trámite previo junto al beneficio otorgado. De existir coparticipación en el cobro de la pensión, el monto será pagado proporcionalmente   al porcentaje que corresponda.

El plazo para el reclamo pertinente es de un (1) año contado desde el fallecimiento del jubilado y/o pensionado.

Tendrán derecho al cobro de este Subsidio por Contención Familiar los que se encuentren percibiendo al momento de su fallecimiento un haber de los siguientes regímenes previsionales:

  • Sistema Integrado Previsional Argentino, SIPA.
  • Cajas provinciales de previsión transferidas al ámbito nacional (excepto del Régimen de Policía y Penitenciaría).
  • Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.

Este subsidio comprende también a los beneficiarios del PAMI no jubilados, como a los familiares a cargo de un jubilado o excombatiente de Malvinas adherente al PAMI. En estos casos, el subsidio lo pagará la obra social de jubilados, con la presentación del certificado de defunción. Por lo tanto, estarán a cargo de dicho instituto las condiciones de otorgamiento y liquidación.

Dicho trámite se puede gestionar por Internet debiendo para ello contar con la Clave de la Seguridad Social, para obtenerla haga clic aquí.

Es necesario que el fallecimiento del causante figure acreditado en la base de datos de la ANSES con la presentación de la partida de defunción del causante.

Se solicita un turno previo y en le día y hora se debe concurrir con la siguiente documentación:

  • Solicitud, el turno.
  • Documento Nacional de Identidad, DNI.
  • Factura de sepelio (con los datos del fallecido y fecha de defunción).
  • Certificado de defunción.

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168 comentarios en “ANSES: Nuevo Subsidio por Fallecimiento de un Jubilado o Pensionado”

  1. Hola mi madre falleció en el 2012,tenia todo para realizar el cobro y se me extravió, encontré toda la documentación, puedo presentarme?,me corresponde agencia PAMI leones(CBA).por favor que alguien me responda,soy su hijo.

  2. Disculpe queria saber si tengo derecho a la pension deribada de mi difunto marido el era jubilado ya ise los tramites corespondientes y nada

  3. Ace 3 meses que espero respuestas si me van a dar la pencion de mi difunto marido y nada tuvimos 8 años de conbivencia y nos casamos pero lamentablemente alas dos semanas el fallecio mi pregunta la anses me va pagar la pension quisiera saber si tengo derecho a cobrarla ya que legalmente nos casamos espero su respuesta gracias

  4. Hola mi mama fallesio hace una semana y en anses no es una persona fallesida si voy y cobro estos tres meses q susede .y q sucede con los del rejistro civil q no destrullen el dni y niciquiera le ponen un seyo q la persona es fallesida creo q deverian dejar q cobremos por tres meses almenos y tendrian q bijilar a los rejistro civil

  5. HOLA, MI MADRE FALLECIÓ HACE UNA SEMANA, SOY SU HIJO, FIGURO COMO APODERADO, SE QUE ESTO CADUCA CON LA MUERTE, TENGO MAS DE 18 AÑOS Y TENGO ENTENDIDO NO PUEDO COBRAR SU JUBILACIÓN A PENSIÓN, LA PREGUNTA ES: ¿PUEDO HACER EL TRAMITE DE SUBCIDIO DE CONTENCIÓN FAMILIAR QUE ES DE $4000 Y SI SE COBRA UNA SOLA VEZ O COMO ES POR FAVOR?GRACIAS

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