Ya se puede obtener por Internet el nuevo formulario para los aportes y contribuciones y que además sirve como recibo de sueldos y Jornales para los Trabajadores del Servicio Doméstico, que contiene las modificaciones de la Ley que deja establecido este trabajo como el de relación de dependencia. Es que desde mayo de 2013 hubo cambios en los aportes elevando de los $95.- a $135.- para tener cobertura social y jubilatoria, los que prestan servicios por más de 16 horas en la semana.
Este nuevo formulario F 102/B tiene incorporado los cambios que surgen de la nueva Ley del Servicio Doméstico:
Ya no se dice más “Dador de Trabajo”, ahora quién contrata personal doméstico es un “Empleador”. El trabajador es considerado en relación de dependencia, con nuevos derechos laborales.
Se modificó en el Formulario F102/B ya que ahora la relación laboral existe desde el primer momento en que se ingresa a trabajar, y no como decía antes desde seis (6) horas semanales, la leyenda se reemplazó por “Menos de doce (12) horas.
Los aportes desde mayo de 2013 son los siguientes:
HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE | IMPORTE A PAGAR | IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA | |
APORTES | CONTRIBUCIONES | ||
Menos de 12 Horas | $ 20.- | $ 8.- | $ 12.- |
Desde 12 a menos de 16 Horas | $39.- | $ 15.- | $ 24.- |
16 Horas o más | $ 135,00 | $ 100,00 | $ 35.- |
Menores de 18 años y Mayores de 16 años:
HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE | IMPORTE A PAGAR | IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA | |
APORTES | CONTRIBUCIONES | ||
Menos de 12 Horas | $ 8.- | $ 8.- | —- |
Desde 12 a menos de 16 Horas | $ 15.- | $ 15.- | —– |
16 Horas o más | $ 60.- | $ 60,00 | —– |
Trabajador Jubilado:
HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE | IMPORTE A PAGAR | IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA | |
APORTES | CONTRIBUCIONES | ||
Menos de 12 Horas | $ 12.- | $ 12.- | |
Desde 12 a menos de 16 Horas | $ 24.- | $ 24.- | |
16 Horas o más | $ 35.- | $ 35.- |
También se modificó la parte inferior del Formulario 102/B que sirve como recibo de Sueldos y Jornales:
Figuran los datos del Empleador con el domicilio donde se presta servicio y los del trabajador; Apellido y Nombre, CUIL y Fecha de Ingreso, Puesto Desempeñado y fechas desde y hasta cuando lo desempeño. Modalidad de Contratación y cantidad de Horas por semana.
Se debe detallar la remuneración que percibe, básicos, otros conceptos, poner horas extras, adicionales, etc., Aguinaldo, Vacaciones, Lugar y Fecha de Pago.
Continua vigente colocar los detalles del concepto que compone el tique del pago bancario de los aportes y contribuciones; Banco, cajero automático o Internet para que quede la constancia del pago.
Se debe imprimir por duplicado y firmar por ambos, trabajador y empleador, entregar l copia firmada por el empleador al trabajador.
Si el trabajador no completa los aportes por la suma de $135.- por trabajar menos de 16 horas semanales, podrá juntar otros empleadores o realizar aportes voluntarios con Formulario 575, para tener derecho a la obra social y futura jubilación.
El mismo formulario 575 debe utilizar en el caso de que desee incorporar familiares adherentes a la Obra Social, por los cuales pagará $100.- por cada uno.
Bajar Formulario Aportes Voluntarios F575B
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Buenas tardes Graciela:
La felicito por la pagina, es realmente de mucha ayuda para muchos! Le consulto por favor, tengo una empleada domestica en blanco que trabaja 3 1/2 hs de lunes a sabado (antes de las 13 hs del sabado), un total por semana de 21 hs.
Le abono los 1294,93 entiendo que es de L a V o sea 20 hs semanales(fijados para una labor maxima de 4hs diarias) y como hace 1 hora adic por semana ( 4 horas al mes ) a $19,74. Por la nueva ley, ya no hay hora adicional a 19,74? se cambia por hs extras al 50% del valor de L a v y 100% sabado despues de las 13? y como se calcularia? sobre los 1294,93? En mi caso, esa hora extra adicional como la calculo? entiendo que es del sabado? y el resto de las horas que trabaja el sabado 2 1/2 (para llegar a las 20 sem) como se la liquido? tambien las tendria que considerar como 50% o como entran en las 20 semanales no corresponde adicional? Desde ya mil gracias por su ayuda
Paola
Muchas gracias!!!
Si trabaja 21 horas esta dentro del límite ya que la ley dice 8 diarias o 48 semanales, o sea si trabaja 21 esta bien O no entendi tu consulta?
Buenas tardes y ante todo gracias por su ayuda. Tengo una consulta: la nueva resolución indica como jornada diaria un maximo de 8 horas y un tope de 48hs semanales.
El problema es que tanto mi marido como yo trabajamos 9 horas y necesitamos una hora de ida y otra de regreso para trasladarnos… la persona que trabaja en casa está 11 horas por dia, un total de 55hs semanales.
Antes le pagabamos un monto final acordado con ella pero ahora tengo entendido que debo sumarle las horas extra… Debo pagar 7 horas extra por semana? o debo pagar 3hs extra por dia? perdon, pero es confuso y no quiero faltar a la ley, pero tampoco tenemos un presupuesto como para pagar tantas horas extra!!
Muchas gracias nuevamente
Valeria
El maximo es 48 horas si trabaja 55 tiene 7 extras
Hola, buen día, la Provincia de Córdoba sigue con su escala o se amolda a la de todo el pais? muchas gracias!
maria sol
Es nacional
Me olvidaba, qué iría en la parte de descripción? Gracias.
Eduardo
Donde estan los renglones vacios pone Descuento Obra Social y le descontas los $100.- Donde dice descripción podes poner Sueldo mes de Junio, 1ra. quincena o si pagas por semana, 1er. semana, etc. Entendes?
Hola, una pregunta, el sueldo de la empleada doméstica que tengo es 2587 pesos bruto, como a la empleada le corresponden los 60 pesos de la obra social, yo le hacía firmar el recibo por 2587 pesos, pero le pagaba 2527 porque le descontaba los 60, que yo ya había pagado antes. ¿Cómo sería la liquidación en la parte que dice «remuneración», y cómo sería en la parte de «pesos»? gracias.