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ANSES: Multa por no Dar la Baja al Cobro del Fondo de Desempleo

Los trabajadores en relación de dependencia al ser despedido de sus lugares de trabajo deben gestionar y cobrar el Fondo de Desempleo a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. Pero si durante el transcurso donde perciben el beneficio consiguen un nuevo empleo, donde son registrados formalmente es indispensable que gestionen la baja en el tiempo estipulado, ya que de no hacerlo y al producirse el intercambio de aportes deberán pagar una multa. La baja al cobro del Fondo de Desempleo es un trámite sencillo y obligatorio, ya que de no realizarlo se paga una multa y debe hacerse antes de os cinc (5) días de haber ingresado al nuevo empleo. La multa por no cumplir en […]

Los trabajadores en relación de dependencia al ser despedido de sus lugares de trabajo deben gestionar y cobrar el Fondo de Desempleo a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. Pero si durante el transcurso donde perciben el beneficio consiguen un nuevo empleo, donde son registrados formalmente es indispensable que gestionen la baja en el tiempo estipulado, ya que de no hacerlo y al producirse el intercambio de aportes deberán pagar una multa.

La baja al cobro del Fondo de Desempleo es un trámite sencillo y obligatorio, ya que de no realizarlo se paga una multa y debe hacerse antes de os cinc (5) días de haber ingresado al nuevo empleo.

La multa por no cumplir en tiempo y formo es un recargo que va del 10% al 40% del total de las remuneraciones que abone el empleador.

El porcentaje varia según se trate de realizarla después del quinto día hábil, o se se llega al estado de “Suspensión por Probable Percepción Indebida”, que se da cuando ANSES al realizar el cruce de información saltan los nuevos aportes previsionales del beneficiario.

La baja de la prestación la puede realizar el beneficiario en la sede de ANSES más cercana al domicilio, o bien enviando una notificación por medio postal como un telegrama, carta documento o una nota presentada a través de una persona autorizada, en la que debe figurar:

  • Apellido y nombre, del hasta ese momento beneficiario.
  • Documento Nacional de Identidad, DNI.
  • Fecha en la que se incorporó al nuevo empleo.
  • Firma y la aclaración.

Recordamos que como todo trámite administrativo presentado es importante conservar copia sellada y firmada de la prestación realizada, la cual servirá de comprobante ante cualquier inconveniente que se presente en el futuro.

De no realizar la baja respectiva en el lapso estipulado, cinco (5) días hábiles, luego de haber ingresado a un nuevo empleo registrado, deberá hacerlo y pagar la multa de la infracción, caso contrario el monto actualizado le será descontado de las cuotas de una posible nueva solicitud de la prestación por desempleo, o sobre el cobro de las Asignaciones Familiares, hasta que cancele lo adeudado, o inclusive del haber jubilatorio.

Muchas consultas son del porque no cobro las Asignaciones Familiares y es precisamente por la deuda que se mantiene con ANSES por el cobro indebido que no se realizarán hasta el momento de haber cancelado  la deuda contraída y puede llegar hasta afectar el cobro de la jubilación.

Seguinos

208 comentarios en “ANSES: Multa por no Dar la Baja al Cobro del Fondo de Desempleo”

  1. hola, quería hacer una consulta, yo estoy cobrando el fondo de desempleo y quiero darle de baja, si lo mando por telegrama lo tengo que enviar al anses en el que yo realice el trámite?, gracias

  2. Hola ya cobre las cuotas asignadas x anses. Ahora debo dar de baja i es automatico ya tambien cobraba salario tambien y ahora me pasaron a universal?

    1. El paso del Fondo de Desempleo a la Asignación Universal por Hijo debería ser automático.

  3. Me suena suspendieron el fondo de desempleo por cobro indebido .me llega una carta de rt que me precenste el día 21 me presento y me da el alta a las dos semanas cobro ese día y cuando voy a buscar el fondo me lo sacan

  4. Hola mi consulta es ,yo tramite los papeles para la asignación x embarazo mi marido esta empleado en relación de dependencia, pero salio que años atrás cobro el fondo de desempleo y no dio de baja , hace un mes atrás pagamos la multa , que tiempo tarda para reactivarte anses

  5. QUE PASA SI SE GESTIONO EL TRAMITE PERO NUNCA SE LLEGO A COBRAR??? PORQUE DEBERIA PAGAR MULTA???SINO PERCIBI NINGUN HABER POR SUBSIDIO…????

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