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ANSES: Multa por no Dar la Baja al Cobro del Fondo de Desempleo

Los trabajadores en relación de dependencia al ser despedido de sus lugares de trabajo deben gestionar y cobrar el Fondo de Desempleo a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. Pero si durante el transcurso donde perciben el beneficio consiguen un nuevo empleo, donde son registrados formalmente es indispensable que gestionen la baja en el tiempo estipulado, ya que de no hacerlo y al producirse el intercambio de aportes deberán pagar una multa. La baja al cobro del Fondo de Desempleo es un trámite sencillo y obligatorio, ya que de no realizarlo se paga una multa y debe hacerse antes de os cinc (5) días de haber ingresado al nuevo empleo. La multa por no cumplir en […]

Los trabajadores en relación de dependencia al ser despedido de sus lugares de trabajo deben gestionar y cobrar el Fondo de Desempleo a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. Pero si durante el transcurso donde perciben el beneficio consiguen un nuevo empleo, donde son registrados formalmente es indispensable que gestionen la baja en el tiempo estipulado, ya que de no hacerlo y al producirse el intercambio de aportes deberán pagar una multa.

La baja al cobro del Fondo de Desempleo es un trámite sencillo y obligatorio, ya que de no realizarlo se paga una multa y debe hacerse antes de os cinc (5) días de haber ingresado al nuevo empleo.

La multa por no cumplir en tiempo y formo es un recargo que va del 10% al 40% del total de las remuneraciones que abone el empleador.

El porcentaje varia según se trate de realizarla después del quinto día hábil, o se se llega al estado de “Suspensión por Probable Percepción Indebida”, que se da cuando ANSES al realizar el cruce de información saltan los nuevos aportes previsionales del beneficiario.

La baja de la prestación la puede realizar el beneficiario en la sede de ANSES más cercana al domicilio, o bien enviando una notificación por medio postal como un telegrama, carta documento o una nota presentada a través de una persona autorizada, en la que debe figurar:

  • Apellido y nombre, del hasta ese momento beneficiario.
  • Documento Nacional de Identidad, DNI.
  • Fecha en la que se incorporó al nuevo empleo.
  • Firma y la aclaración.

Recordamos que como todo trámite administrativo presentado es importante conservar copia sellada y firmada de la prestación realizada, la cual servirá de comprobante ante cualquier inconveniente que se presente en el futuro.

De no realizar la baja respectiva en el lapso estipulado, cinco (5) días hábiles, luego de haber ingresado a un nuevo empleo registrado, deberá hacerlo y pagar la multa de la infracción, caso contrario el monto actualizado le será descontado de las cuotas de una posible nueva solicitud de la prestación por desempleo, o sobre el cobro de las Asignaciones Familiares, hasta que cancele lo adeudado, o inclusive del haber jubilatorio.

Muchas consultas son del porque no cobro las Asignaciones Familiares y es precisamente por la deuda que se mantiene con ANSES por el cobro indebido que no se realizarán hasta el momento de haber cancelado  la deuda contraída y puede llegar hasta afectar el cobro de la jubilación.

208 comentarios en “ANSES: Multa por no Dar la Baja al Cobro del Fondo de Desempleo”

  1. buenas tardes, me demore en dar de baja el desempleo y me dijeron que la multa me la iban a sacar del pago de asignaciones que quedo pendiente y ahora me dicen que no me pueden pagar esa asignacion pendiente por no haber dado de baja el desempleo a tiempo. puede ser?
    gracias saludos

  2. buenas tardes..hace mas de 9 años me habian despedido y cobre el fondo de desempleo por un par de meses nada mas porque habia empezado a trabajar nuevamente en blanco…para aquel entonces nunca me informaron que debia dar de baja el fondo de desempleo…y nunca me llego ningun tipo de multa en mi domicilio…y actualmente cuando hice los tramites para la licencia por maternidad al tiempo me informan que me lo rechazan porque tengo una multa por no haber dado de baja el cobro del fondo de desempleo…y queria saber de cuanto seria el monto a pagar.

  3. Una pregunta yo después De dos años le di De Baja Al fondo De desempleo Page La primer cuota De 12 q me hicieron Los dos años q No cobre La asignación Los pierdo o lo depositan todo junto?

  4. Hola mi marido cobra fondo de desempleo, le quedan dos cotas y cuando fue a cobrar no le depositaron, cual es el inconveniemnte? sera que no se presento en anses, nunca nos dimos cuenta que lo citaron en ticket. sera eso? y obviamente lo de hijo tambien se lo sacaron! Si va a anses se lo regularizan y depositan? El no esta trabajando en blanco aun, ya que esta de prueba.

    Gracias
    Responder a la brevedad

    1. Gisela Estas segura que no esta ne blanco?? aún estando a prueba es obligación registrar al trabajador y si no da la baja genera deuda con aNSES

  5. Hola una consulta!! Yo cobre un mes mas de desempleo teniendo trabajo en blanco tengo q pagar una multa pero hasta que el banco no pase la informacion no me dicen nada!! Mi pregunta es todos estos meses que pasaron tengo derecho a reclamar mi asigancion x hijo despues de pagar la multa?

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