Los trabajadores en relación de dependencia al ser despedido de sus lugares de trabajo deben gestionar y cobrar el Fondo de Desempleo a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. Pero si durante el transcurso donde perciben el beneficio consiguen un nuevo empleo, donde son registrados formalmente es indispensable que gestionen la baja en el tiempo estipulado, ya que de no hacerlo y al producirse el intercambio de aportes deberán pagar una multa.
La baja al cobro del Fondo de Desempleo es un trámite sencillo y obligatorio, ya que de no realizarlo se paga una multa y debe hacerse antes de os cinc (5) días de haber ingresado al nuevo empleo.
La multa por no cumplir en tiempo y formo es un recargo que va del 10% al 40% del total de las remuneraciones que abone el empleador.
El porcentaje varia según se trate de realizarla después del quinto día hábil, o se se llega al estado de “Suspensión por Probable Percepción Indebida”, que se da cuando ANSES al realizar el cruce de información saltan los nuevos aportes previsionales del beneficiario.
La baja de la prestación la puede realizar el beneficiario en la sede de ANSES más cercana al domicilio, o bien enviando una notificación por medio postal como un telegrama, carta documento o una nota presentada a través de una persona autorizada, en la que debe figurar:
- Apellido y nombre, del hasta ese momento beneficiario.
- Documento Nacional de Identidad, DNI.
- Fecha en la que se incorporó al nuevo empleo.
- Firma y la aclaración.
Recordamos que como todo trámite administrativo presentado es importante conservar copia sellada y firmada de la prestación realizada, la cual servirá de comprobante ante cualquier inconveniente que se presente en el futuro.
De no realizar la baja respectiva en el lapso estipulado, cinco (5) días hábiles, luego de haber ingresado a un nuevo empleo registrado, deberá hacerlo y pagar la multa de la infracción, caso contrario el monto actualizado le será descontado de las cuotas de una posible nueva solicitud de la prestación por desempleo, o sobre el cobro de las Asignaciones Familiares, hasta que cancele lo adeudado, o inclusive del haber jubilatorio.
Muchas consultas son del porque no cobro las Asignaciones Familiares y es precisamente por la deuda que se mantiene con ANSES por el cobro indebido que no se realizarán hasta el momento de haber cancelado la deuda contraída y puede llegar hasta afectar el cobro de la jubilación.
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Hola, mi nombre es Candela.
Estoy separada, mi ex tiene deuda, dio de baja el fondo de desempleo. Pero yo no puedo cobrar la Asignación y no me dejan pagar la deuda en Anses. Qué hago?
Candela Tenes que arreglarlo con él
Buenas tardes, si hoy 18/7 consigo empleo y lo notifico a anses me corresponde cobrar loq iba a cobrar el 1/8 q seria el dia de pago de este mes julio?
VEronica no te lo pagan y si lo hacen vas a tener deuda con ANSES
Hola quiero saber como saco un turno para hacer el plan de pago de cobro indebido ppr que en la pagina de anses no aparece nada relacionado y llame por telefono y no me supieron decir para que tengo que sacar el turno. Muchas gracias!
Walter si es Pago indebido del Fondo de Desempleo? la sesión es Desempleo
quiero saber si mi esposo pago una deuda que tenia por el fondo de desempleo,,pero tardo en pagarla es por eso no le habilitan el salario de mi hijo??
susana Si pago la deuda hace el tramite nuevamente o por lo menos reclama
Conseguís un nuevo trabajo y lo primero que tenes que hacer es pedir permiso para faltar para ir a la ANSES. No me parece.
Hola yo estaba cobrando y empese a trabajar en blamco y tenia turno para el 15 y no puedo ir entonse yame al anses y me dijieron q mande un telegrama q se cobra