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ANSES: Multa por no Dar la Baja al Cobro del Fondo de Desempleo

Los trabajadores en relación de dependencia al ser despedido de sus lugares de trabajo deben gestionar y cobrar el Fondo de Desempleo a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. Pero si durante el transcurso donde perciben el beneficio consiguen un nuevo empleo, donde son registrados formalmente es indispensable que gestionen la baja en el tiempo estipulado, ya que de no hacerlo y al producirse el intercambio de aportes deberán pagar una multa. La baja al cobro del Fondo de Desempleo es un trámite sencillo y obligatorio, ya que de no realizarlo se paga una multa y debe hacerse antes de os cinc (5) días de haber ingresado al nuevo empleo. La multa por no cumplir en […]

Los trabajadores en relación de dependencia al ser despedido de sus lugares de trabajo deben gestionar y cobrar el Fondo de Desempleo a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. Pero si durante el transcurso donde perciben el beneficio consiguen un nuevo empleo, donde son registrados formalmente es indispensable que gestionen la baja en el tiempo estipulado, ya que de no hacerlo y al producirse el intercambio de aportes deberán pagar una multa.

La baja al cobro del Fondo de Desempleo es un trámite sencillo y obligatorio, ya que de no realizarlo se paga una multa y debe hacerse antes de os cinc (5) días de haber ingresado al nuevo empleo.

La multa por no cumplir en tiempo y formo es un recargo que va del 10% al 40% del total de las remuneraciones que abone el empleador.

El porcentaje varia según se trate de realizarla después del quinto día hábil, o se se llega al estado de “Suspensión por Probable Percepción Indebida”, que se da cuando ANSES al realizar el cruce de información saltan los nuevos aportes previsionales del beneficiario.

La baja de la prestación la puede realizar el beneficiario en la sede de ANSES más cercana al domicilio, o bien enviando una notificación por medio postal como un telegrama, carta documento o una nota presentada a través de una persona autorizada, en la que debe figurar:

  • Apellido y nombre, del hasta ese momento beneficiario.
  • Documento Nacional de Identidad, DNI.
  • Fecha en la que se incorporó al nuevo empleo.
  • Firma y la aclaración.

Recordamos que como todo trámite administrativo presentado es importante conservar copia sellada y firmada de la prestación realizada, la cual servirá de comprobante ante cualquier inconveniente que se presente en el futuro.

De no realizar la baja respectiva en el lapso estipulado, cinco (5) días hábiles, luego de haber ingresado a un nuevo empleo registrado, deberá hacerlo y pagar la multa de la infracción, caso contrario el monto actualizado le será descontado de las cuotas de una posible nueva solicitud de la prestación por desempleo, o sobre el cobro de las Asignaciones Familiares, hasta que cancele lo adeudado, o inclusive del haber jubilatorio.

Muchas consultas son del porque no cobro las Asignaciones Familiares y es precisamente por la deuda que se mantiene con ANSES por el cobro indebido que no se realizarán hasta el momento de haber cancelado  la deuda contraída y puede llegar hasta afectar el cobro de la jubilación.

Seguinos

208 comentarios en “ANSES: Multa por no Dar la Baja al Cobro del Fondo de Desempleo”

  1. consulta nunca m dijieron que tenia que dar de baja el fondo de desempleo y no cobre nada de mi hijo ,mi hijo nacio en el 2014 y ahora llamo y m dicen que tengo que pagar una multa del 10 o 40% de mi sueldo por no dar de baja un fonde de desempleo no lo entiendo mi problema es que yo tuve un accidente y el 28 de noviembre tengo la junta medica y posiblemente me jubilen y ahora me dicen que si no soluciono eso no voy a poder cobrar la jubilacion como es y cuanto es el monto de la multa ya que no m alcanza mi sueldo menos el que voy a tener si me jubilan

  2. Yo debo haber sido de los primeros que cobraron desempleo en 1999. En ese momento habia poca informacion, no habia pagina de Anses ni nada, nadie te avisaba del tramite de baja, etc .Yo cobre 4 de los 6 meses. Llame hoy para ver cuando voy a cobrar Asignaciones Familiares ya que me inscribi como monotributista y me dijeron que tengo una “Suspensión por Probable Percepción Indebida” porque parece que se superpuso un mes de aportes cuando volvi a conseguir empleo en 1999. Me dijeron que pida un turno en Desempleo. Ahora yo no tengo papeles ni nada de hace 17 anios, que es lo que puedo esperar que hagan? Alguien paso por un tema similar? Agradecere compartan su experiencia.

      1. Gracias por tu respuesta Graciela! Sabes por casualidad si puedo ir sin turno o tengo que sacar un turno? ( no se si sacar para Desempleo o AAFF ) Gracias nuevamente por tu tiempo.

      2. Veronica Saca para AAFF y lleva un escrito con la baja del fondo, pero averigua bien como hacerlo. La baja del fondo de desempleo, también se da por telegrama pero esto es muy viejo

    1. Si tienes deuda. La misma ya caduco. Deberías sacar turno e ir y tener todo en orden . No debes pagar nada. Igualmente aunque debas de pagar lo digo por los demás casos dicho 10 o 40% es descontado de la asignatura acion. Así ve y pon en reglas todo. Y has como yo todos los papeles de andes por más pedorro que te resulte archiva lo al igual que los recibos de sueldo eso es tu prueba para q cuando te jubile no te jodan. Suerte

  3. Hola que tal, mi pareja estaba cobrando fondo de desempleo y el martes 16 de agosto empezo a trabajar en blanco
    Hoy va a dar la baja porque antes no pudo Mi pregunta es, se pasó solo un dia, cuanto le corresponde de multa y si el mes que viene ya se puede cobrar salario familiar
    Gracias

    1. Hola que tal, mi pregunta es como ingreso para sacar turno para regularizar la percepción indevida, hace mas de un año que no cobro los salario.

  4. Consulta yo cobre un día después que fui incorporado y en el trabajo no me dijeron que iba a ingresar inmediatamente ; cuando me inscribí ;el problema era que ya estaba casi a fin de mes y el alquiler no puede esperar!! Porque pagar una multa si es mi derecho y ya estaba en fecha para cobrar y si me descuentan. Quien piensa en mi si me alcanza a fin de mes para pagar mis impuestos y mi alquiler e expensas cuando mi sueldo es de $8000 creo que si alguien está en mi lugar se preguntaría porque me tendrían que descontar todo esto paso el último día viernes del mes de julio y yo tenía fecha de cobro el 31 Pero caía domingo. Como puede ser? Tengo fotos del comprobante.

  5. Buenas tardes como hago para sacar turno para solucionar un cobro indebido de desempleo ,me dijeron q hasta q no solucione ese problema no puedo cobrar el salario de mis hijos y q debo sacar un turno .. tengo q entrar en la opción sacra turno x desempleo ??

      1. Una vez solucionado el problema con el fondo de desempleo se cobra retroactivo sobre el salario familiar no cobrado?

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