En la Capital Federal y según información del sector turístico, existen cerca de unas 60.000 camas hoteleras y unos 20.000 departamentos de alquiler temporario que son utilizados para los extranjeros, de los cuales muchos de ellos fueron edificados para estos fines, turistas. El Gobierno de la Ciudad a través de la Legislatura porteña, aprobó una Ley para regular este negocio que hasta el momento no contaba con ningún control, y estableció que este tipo de alquileres deberán registrarse y pagar IVA e Ingresos Brutos.
La Ley que aprobaron desde la Legislatura porteña le pone un regulación a los muchísimos alquileres que existen en la Capital Federal y desde ahora deberán registrarse y pagar Impuestos al Valor Agregado, IVA, e Ingresos Brutos.
En esta primera instancia, convierte en una actividad económica a los propietarios que posean más de tres departamentos y a las empresas o personas que gerencien o comercialicen un grupo de inmuebles y por lo tanto, están obligados al pago de los tributos.
Los legisladores porteños, Jorge Garayalde del PRO, Delia Bisutti de Nuevo Encuentro y Silvina Pedreira, Partido Justicialista, con mandato cumplido, son los autores de esta Ley, que según opinó Hernán Lombardi, ministro de Cultura de la Ciudad y titular del Ente de Turismo:
- “La ley viene a ponerle un marco legal a una actividad que compite de manera desleal con los hoteles. Estamos viviendo una situación macroeconómica muy difícil, por eso es necesario apuntalar actividades como el turismo, que pueden ser el motor económico de una ciudad”.
- “El tema central es que regula una actividad que a partir de ahora es pública, está reglamentada y sujeta a normas de calidad. Pero además genera más seguridad, para los turistas y para los vecinos que viven en edificios donde hay este tipo de departamentos en alquiler”.
Con la nueva legislación y entre otras cosas, se deberá:
- Inscribir al departamento en un registro público.
- Cumplir con las normativas vigentes en la Ciudad en relación a la colocación de planos de evacuación, sistemas de iluminación auxiliar y disposiciones de seguridad (como las referentes a personas con discapacidades o movilidad reducida).
- Pagar los Impuestos sobre Ingresos Brutos (en relación directa a las ventas y sin importar cuál es la ganancia) y el IVA, que desde el año 1990 pagan todos los alquileres.
Graciela Fresno, de la Asociación de Hoteles, Restaurantes, Confiterías y Cafés de Buenos Aires, AHRCC, comentó al Diario Clarín que: “La implementación de esta regulación se viene hablando desde 1998. Es vital igualar a todos ante la ley. Me parece que a la larga, este tipo de leyes llegarán a todas las ciudades importantes del país”.
La Cámara de Hoteles y a la Asociación de Hoteles de Argentina, impulsaron este registro para igualar la oportunidad de negocios.
Los edificios que fueron especialmente construidos para ser explotados como alquiler temporario con fines turísticos, deberán contar con la habilitación que corresponda a la clase de servicio que fije la ley de alojamiento turístico. Por lo que, serán fiscalizados por la Agencia Gubernamental de Control, ente que será el encargado de realizar los registros y reglamentar una habilitación.
Este registro es el que deberán utilizar los propietarios o encargados que tengan cuatro ó más departamentos. Fuentes del sector turístico le dijeron al matutino que: “La idea es que puedan promocionarse a través de la web de la Ciudad ”. Por ese motivo, la ley contempla que los departamentos puedan ser “favorecidos con la inclusión en la publicidad oficial y en programas de difusión, promoción y ofertas”, promovidos por el Gobierno porteño.
Ahora que ya se aprobó la Ley el Poder Ejecutivo porteño, dispone de 180 días para reglamentarla, para que luego de 30 días entre en vigencia. Y después los que deberán adecuarse a la nueva normativa tendrán un plazo de 90 días para hacerlo.
Además, la Legislatura aprobó otra ley que reemplaza a una vieja ordenanza y pasa a regular y ordenar los nuevos tipos de alojamiento como hostels y hoteles boutique.
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