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Moratoria Jubilación Ama de casa

Recordamos que la moratoria para poder jubilarse como ama de casa esta vigente, no fue derogada. Las mujeres que vayan cumpliendo 60 años pueden inscribirse en la moratoria y cancelar servicios anteriores al mes de septiembre de 1993, desde el momento que cumplieron los 18 años hasta septiembre de 2009. Y los años que le faltan para completar los 30 años de servicios lo pueden pagar al contado o inscribirse en la otra moratoria de la AFIP, pero hay que tener presente que hasta el momento de no pagar esos años faltantes no le saldrá la jubilación. Por ejemplo una mujer que nació en septiembre del año 1949 cumplió 18 años en el año 1967, en septiembre cumple los 60 […]

Recordamos que la moratoria para poder jubilarse como ama de casa esta vigente, no fue derogada. Las mujeres que vayan cumpliendo 60 años pueden inscribirse en la moratoria y cancelar servicios anteriores al mes de septiembre de 1993, desde el momento que cumplieron los 18 años hasta septiembre de 2009. Y los años que le faltan para completar los 30 años de servicios lo pueden pagar al contado o inscribirse en la otra moratoria de la AFIP, pero hay que tener presente que hasta el momento de no pagar esos años faltantes no le saldrá la jubilación.

Por ejemplo una mujer que nació en septiembre del año 1949 cumplió 18 años en el año 1967, en septiembre cumple los 60 años pero si entra en la moratoria, SICAM,de ama de casa  puede incluir desde septiembre del 1967 hasta septiembre de 1993, o sea 26 años de aportes. Faltándole para poder jubilarse 4 años de aportes.

Esos 4 años que le faltan los puede pagar al contado o incluir en la moratoria de la AFIP «Mis Facilidades» pero hasta el momento de no pagar esta de «Mis Facilidades» no le sale la jubilación y debe pagar ambas cuotas.

Las personas que ya obtuvieron el beneficio deben tener en cuenta que el importe de la moratoria se descuenta directamente del haber jubilatorio, siempre y cuando ese importe no supere los $600.- Aquellas personas que si lo superan deben cobrar el haber jubilatorio y pagar la cuota en ventanilla. Es importante tener en cuenta que si ANSeS no descuenta la cuota se debe pagar pero ventanilla de lo contrario se suspende el pago de  haber jubilatorio hasta el momento que la afiliada no regularice la situación.

Hay varias personas que no sabían  o no entendieron y se encuentran con el haber jubilatorio suspendido, porque ANSeS les dio la baja por no pagar la moratoria. En estos casos se debe pagar los meses adeudados al contado así ANSeS retoma nuevamente los pagos.

El organismo se encuentra tratando de reglamentar alguna forma para que se pueda pagar en cuotas peor hasta el momento si no paga la deuda total no se retoma el pago.

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320 comentarios en “Moratoria Jubilación Ama de casa”

  1. Hola cuando ingreso con el cuil para pagar en facilidades los años que debe osea 4 me dice que es un cuil y no un cuit el numero que hago? gracias…

  2. Pagué la moratoria como jubilada de personal doméstico,(no tenía los 30 años de aporte) ya salió el beneficio pero todavía no cobro.
    Cuánto será mi sueldo y cuál sería el desc. que me harán durante 5 años?

  3. Graciela: en Anses le dijeron que debe reactivar la jubilación, (a ella se la suspendieron por el decreto 884 por tener 1 pensión mínima).
    Averiguaremos en Afip si ya tiene la clave fiscal, si es que la tiene. (Calculo que por teléfono no se la darán no?).
    ¿Con esa clave tendría que tramitar en Afip en pago por Sicam no??, ¿teniendo 79 años, debe pagar todo en 1 solo pago o se lo pueden ir descontando cuando empiece a cobrar la jubilación??. Perdón por tantas preguntas, es un tema totalmente desconocido y difícil para nosotras!, y como a ella le cuesta mucho andar, y yo tengo 4 hijos, (una bebita), se nos complica ir y estar horas para averiguar cada cosa! gracias por tu paciencia!.

  4. Graciela, trato de seguir entendiendo…mi madre dice que ya pagó la 1ª de las 60 cuotas de la moratoria, que luego llegó la notific. que en abril del 2007 Ansés depositó el retroactivo y el 1º mes de jubilación, pero como mi madre no se enteró, el banco lo devolvió a Anses año después. en Anses le dijeron que debe «reactivarla»…¿éste trámite debe hacerlo en Ansés, o en Afip a través del Sicam?, y si es por Sicam, debe 1º concurrir a la Afip para pedir la clave fiscal?, ¿puede ir a cualquier agencia Afip a pedirla o sólo a la del domicilio del DNI?.
    No entiendo la última parte de tu rta. donde me decís que algunos años quedarán fuera de la moratoria..¿cuáles serían?…Muchísimas gracias!

    1. Mariel

      Leiste el informe te cubre ciertos años y desde el momento que cumplio los 18.
      en ANSES le dijeron que debe reactivar la moratoria? o la jubilación? Si ya hizo la mopratoria tiene clave fiscal- La puede pedir en cualquier AFIP o centro aveces depende donde vivis y a cual agencia vas, pero la tienen que dar en cualquier agencia AFIP

  5. Graciela, gracias por contestar, me quedaron unas dudas…
    …mi madre aún NO comenzó a pagar esa moratoria, ¿dónde tiene que tramitarla?.
    …Cuando termine de pagar la moratoria, ¿le pagarán todo el retroactivo desde que fue acordada, en el 2007?, y si es así, ese retroactivo se lo pagan de 1 sola vez, o lo van sumando mes a mes junto con el importe de la jubilación??, (y si es de ésta última forma, ¿en cuántas cuotas liquidarían ese retroactivo?, Muchas gracias por su asesoramiento!

    1. Mariel

      No la jubilación sale desde el momento que ella vuelve a presentar los papeles del tramite, retroactivo desde tiempo atras no le corresponde. Se tramita por SICAM pero vana quedar unos años que no se pueden incluir en la moratoria que los puede ir pagando hasta que termine la moratoria

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