El Ministerio de Trabajo a través de la Resolución Nº 886 ya publicada en el Boletín Oficial estableció que a partir del 1º de septiembre de 2013 un aumento salarial del 25% para los trabajadores del Servicio Doméstico. Se les aplicó una suba similar a la inflación anual que dan las Consultoras independientes, que eleva el valor hora de $ 19,74 a los $ 25.- y para el personal que trabaja 8 horas con retiro de $2.589,85 a $3.220.-.
Hoy la cartera laboral publicó el aumento salarial septiembre 2013 para el servicio doméstico de un 25%, que eleva el valor hora a $ 25.- mientras que el trabajador de casas particulares que realice sus tareas con retiro por 8 horas cobrará $3.220.-
Por otra parte, la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, indicó que comenzara a realizar las fiscalizaciones en las casas de aquellos que ya fueron intimadas por presunción del fisco de que poseen personal doméstico y no respondieron. Esta medida esta dirigida a quienes registran ingresos anuales de $500.000, tiene un patrimonio de $305.000 y no pagan aportes por ningún empleado por tareas del hogar.
La AFIP anunció que en estos últimos días del año y comienzos del 2014, inspectores concurrirán directamente a los domicilios de quienes presume que tienen personal doméstico no declarado.
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Tengo hace mucho una chica que trabaja por horas (4 horas por día lunes, miércoles y viernes= 12 hs/sem) Le hago los aportes y aguinaldo desde 2006, le pago sus vacaciones. Quisiera saber si cuando falta porque necesita el día o porque es feriado (generalmente los lunes) le tengo que pagar igual, aunque no venga. ¿Qué es lo que corresponde? Muchas gracias.
Maria Elena
Cuando falta no el feriado si pero podes arreglar con ella que venga otro dia, siempre y cuando ya no se lo estes pagando entedes?
Perdón con mi insistencia, pero el sueldo para por ejemplo 6 horas por días, acá mismo se calculaba como la parte proporcional del el sueldo mensual en 6/8, siempre lo hice así. El importe por hora era para calcular horas extras o para los que trabajaban muy pocas horas por semana, por ejemplo 2 horas por semana, ¿o estoy equivocado? Gracias por responder.
eduardo
Yo lo entiendo así, por ejemplo si trabaja 6 horas diarias o sea aprox. 120 al mes el calculo es 120×25=$3.000 y si trabaja 8 horas es de $3220.- antes de las modificaciones de Ley no te especificaban los valores horarios por categoría que ahora si para tenerlos en cuenta por horas extras
hola yo quiero saber cuanto le pagan x hijo a un gubilado x discapaciadad visual,gracias
claudia
Presento certificado de discapacidad? Hizo los tramites?
Acá aparecen categorías distintas, dice «resulta conveniente fijar las categorías laborales del personal con alcance nacional». La duda que tengo es que la persona no trabaja 8 horas por día (40 horas por semana), sino 32 horas por semana, si hago la cuenta con el valor que dice la hora ahí, da más que si trabajara 8 horas por día. ¿La cuenta para por ejemplo 6 horas al día se hace con el sueldo mensual que dice ahí para 8 horas y se tomaría la parte proporcional, osea 6/8?. Gracias.
eduardo
Muchas gracias ahora subo el articulo. Siempre fue así si le calculas por hora da mas que si trabaja menos por lo que conviene que trabaje la s8 horas o le pagas por 8 y trabaja menos entendes
Hola, una pregunta, se recategorizaron las categorías? Una persona que cuida un anciano que está como «dama de compañía» cómo se categorizaría?’ gracias.
eduardo
La recategorización no es para servicio domestico