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¿Cómo y donde Tramitar la Pensión Contributiva por Discapacidad?

En la República Argentina la Pensión Nacional Contributiva por Discapacidad se debe iniciar en en el Ministerio de Desarrollo Social más cercano a su domicilio,  pero antes dirigirse a la Municipalidad, sesión de Desarrollo Social,  para que lo orienten el lugar donde tramitar el Certificado Médico de Discapacidad. por lo general se hace en los   hospitales o Centros Médicos Públicos y deben como mínimo establecer un 76% de imposibilidad laboral. Para averiguar los pasos a seguir para iniciar una pensión no contributiva dirigirse al área de Acción Social de la Municipalidad, aclaramos que NO  se realizan en la Administración Nacional de la seguridad Social, ANSES, con el respectivo DNI del discapacitado y solicitar los requisitos y documentación a presentar para […]

En la República Argentina la Pensión Nacional Contributiva por Discapacidad se debe iniciar en en el Ministerio de Desarrollo Social más cercano a su domicilio,  pero antes dirigirse a la Municipalidad, sesión de Desarrollo Social,  para que lo orienten el lugar donde tramitar el Certificado Médico de Discapacidad. por lo general se hace en los   hospitales o Centros Médicos Públicos y deben como mínimo establecer un 76% de imposibilidad laboral.

Para averiguar los pasos a seguir para iniciar una pensión no contributiva dirigirse al área de Acción Social de la Municipalidad, aclaramos que NO  se realizan en la Administración Nacional de la seguridad Social, ANSES, con el respectivo DNI del discapacitado y solicitar los requisitos y documentación a presentar para el trámite.

¿Cómo y donde tramitar la pensión no contributiva  por discapacidad? se deben seguir los siguientes pasos:

  1. Iniciar el trámite en el Centro de Atención Local del Ministerio de Desarrollo Social más cercano al domicilio del solicitante, con su DNI. Para localizar el mapa, puede hacer clic aquí.
  2. Completar la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las normativas vigentes que regulan este tipo de pensión.
  3. Un trabajador social, matriculado y avalado por autoridad competente, confeccionará una encuesta socioeconómica.
  4. La Comisión Nacional de Pensiones, CNP,  solicitará a los organismos competentes informes para certificar la condición respecto de pensión o jubilación en el orden nacional, provincial y/o municipal, como así también los antecedentes sobre bienes muebles e inmuebles, entre otros, del o la solicitante, su cónyuge y/o concubino y en los casos de tratarse de menores de dieciocho (18)  de los padres.
  5. El trámite es personal y gratuito no se aceptan gestores.

Documentación a Presentar:

  • DNI del solicitante si se trata de un menor de dieciocho (18) años el DNI de los padres.
  • Constancia de CUIL del solicitante y de los padres es menor o apoderado si es incapaz.
  • Certificado Médico Oficial, CMO, el que debe ser  expedido por un profesional de un Hospital Público.
  • Si el certificado médico lo requiere se debe designar un curador.
  • Tener en cuenta que podrá ser visitado por asistente social en la vivienda del discapacitado para comprobar la situación declarada antes de obtener la pensión.

Las condiciones necesarias de acuerdo a la Ley Nº 18.910 y Decreto Nº 432/97, para obtener una pensión no contributiva por discapacidad son:

  • Tener una incapacidad total y permanente. Se presume Incapacidad Total cuando la Invalidez produzca una disminución del setenta y seis (76%) por ciento o más de la capacidad laboral.
  • No tener el peticionante ni su cónyuge ninguna pensión n contributiva ni jubilación y/o pensión.
  • No tener bienes, ingresos ni recursos de cualquier tipo que permitan la subsistencia del solicitante y de su grupo familiar.
  • Ser argentino o naturalizado. Los naturalizados deben contar con una residencia continuada en el país de por lo menos cinco (5) años anteriores al pedido de la pensión.
  • Los extranjeros deberán acreditar una residencia mínima y continuada en la República Argentina de veinte (20) años inmediatamente anteriores al pedido de la pensión.
  • No encontrarse privado de su libertad.

El Certificado Médico Oficial, CMO, deberá reunir las siguientes condiciones:

  • Ser expedido por hospital o establecimiento sanitario público nacional, provincial o municipal.
  • Contener:
    • Tipo y grado de incapacidad.
    • Resumen de historia clínica firmada por autoridad competente.
    • Sello del establecimiento sanitario (hospital público, servicio o unidad sanitaria).
    • Firma y sello del médico que lo extiende.
    • Firma y sello del director del hospital, jefe de servicio o responsable de unidad sanitaria.

Cuando el CMO determine que el peticionante necesita poseer un curador, deberá acompañar la constancia de inicio de trámite de la respectiva curatela donde figuren:

  • Datos del juzgado interviniente.
  • Caratulación y N° de expediente o sentencia definitiva de insania con designación de curador y aceptación del cargo.

Este trámite es totalmente gratuito y no requiere gestores y no se aceptan presentaciones grupales.

La pensión por discapacidad no caduca, es vitalicia en tanto se mantengan las condiciones que dieron lugar a su otorgamiento.

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202 comentarios en “¿Cómo y donde Tramitar la Pensión Contributiva por Discapacidad?”

  1. Yo tengo problemas en una pierna x una mala praxis. Edtoy separada .que posibilidad de tener pension hay

  2. YO LE QUIERO HACER LA PENCION A MI NENE CON SINDROME DE DOWN PERO QUIERO IOMA O PAMI COMO PEDO HACER PARA QUE TENGA LA OBRA SOCIAL Y QUE NO SE LA HAGO XQ EN LAS SEDES TE DAN PROFE Y NO SIRVE XQ NO LE CUBRE ESCUELAS NI CLINIAS

  3. Hola soy diabetica hace 25 años soy insulino dependiente y quería saber si me corresponde la pension ? Y como debo hacer el tramite

  4. Hola yo soy diabetica hace 25 años soy insulino dependiente quería saber si me corresponde la pensión

  5. Hola, tengo una sobrina que con muchísimo esfuerzo y después de una ardua y fatigante lucha ha logrado tramitar su pensión por discapacidad. Ella sólo tiene discapacidad física, (paraplejia), e intelectualmente está perfecta y necesita y quiere trabajar! Pero la ley prohíbe que personas discapacitadas que tienen el beneficio de una pensión por discapacidad puedan trabajar, lo que considero MUY injusto.
    Porqué anclarse y limitarse de por vida a una pensión muy reducida monetariamente que sólo le permitirá saldar apenas algunos impuestos? Sres políticos, por qué se ríen de éstas personas?
    Afortunadamente hay UNO que TODO LO VE! Apelo a la Justicia Divina para ellos!

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